ࡱ>  3bjbjss 1:L L 8LB"4" e3g3g3g3g3g3g3$68p3Q)))33...)e3.)e3..r1TQ2+/ * 28Q330"4C289*j89Q289Q2$5>.s!?#J33K+R"4))))89L $ p: PLIEGO DE CLUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIN DE ASISTENCIA DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION INFANTIL Y LIMPIEZA EN EL CENTRO DE PRIMER CICLO DE EDUCACIN INFANTIL PAUSOKA DE UHARTE ARAKIL 1. OBJETO. Es objeto del presente Pliego el establecimiento de los pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones que han de regir en sus aspectos Jurdicos, administrativos y econmicos en la contratacin y ejecucin de la ASISTENCIA de los servicios de de Educacin infantil y limpieza en el Centro de Primer ciclo de Educacin Infantil denominado PAUSOKA y situado en Uharte Arakil, Navarra, cuyo cdigo CPV de conformidad con el Anexo II B de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos y el Reglamento (CE) N 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario Comn de Contratos Pblicos, es: - 80110000 Servicios de enseanza preescolar. La prestacin objeto de esta contratacin se efectuar con arreglo a las condiciones establecidas en este pliego y en su correspondiente de Prescripciones Tcnicas Particulares, quedando las partes sometidas expresamente a lo dispuesto en ambos documentos. El rgano de contratacin es el Pleno del Ayuntamiento de Uharte Arakil y la Unidad Gestora es la Alcalda Municipal. 2. VALOR ESTIMADO Y PRESUPUESTO DEL CONTRATO. El valor estimado del contrato asciende a 259.177,12 euros, en este clculo se han incluido las posibles prrrogas de que puede ser objeto el contrato. Esta cantidad incluye tanto los gastos de personal, seguridad social y sustituciones, como los gastos derivados de gastos de gestin de la empresa, seguros de responsabilidad civil, planes de prevencin de riesgos, (en general gastos derivados de la gestin administrativa y econmica del centro, contratos y nminas del personal, gastos del banco, asesora o asistencia jurdica, etc.), as como los correspondientes a vestuario, (batas o chndal de educadoras y personal de limpieza). El presupuesto del contrato que ha de servir de base a la licitacin, para el curso 2018/2019 asciende a la cantidad de 64.794,28 euros, con el siguiente desglose: Mdulo: Centro de horario completo: 1 unidad jornada de 7 horas abierto al da 1 Direccin Jornada completa Salario y Seguridad Social: 31.773,94 1 Educadora Jornada completa Salario y Seguridad Social: 23.883,28 1 Limpiadora 2,5 horas /da: 5.366,24 Gastos de personal: 59.949,44 Gastos de gestin administrativa: 3.770,82 Total: 64.794,28 Todas las cantidades podrn variarn anualmente en funcin de lo establecido por el Departamento de Educacin del Gobierno de Navarra en el momento de asignar los salarios del personal de los Centros de Primer Ciclo de Educacin infantil para cada uno de los cursos. Tanto en el presupuesto indicado que ha de servir de base a la licitacin, fijado en 64.794,28 euros, como en las ofertas que se formulen por los licitadores han de entenderse incluidos todos los factores de valoracin, gastos que el adjudicatario deba realizar para el normal cumplimiento de la prestacin contratada, as como los tributos, de cualquier ndole, que sean de aplicacin segn las disposiciones vigentes. El precio del contrato ha sido determinado teniendo en cuenta los siguientes aspectos: No est incluido el personal de necesidades educativas especiales que en el caso de necesidad habra que contratar e incluir en el precio. El costo de personal Incluir el de la direccin del Centro, personal educativo, personal de limpieza indicado en el Pliego de Condiciones de Prescripciones Tcnicas que han de regir la contratacin del servicio. La empresa adjudicataria abonar como mnimo: - Al personal directivo, el salario establecido en el mdulo aprobado por el Gobierno de Navarra para la Direccin de Centros de Educacin infantil municipales. - Al personal educativo, el salario establecido en el mdulo del Gobierno de Navarra para el personal educativo de Centros de Educacin infantil municipales. - Al personal de limpieza y, en su caso, auxiliar comedor, el salario establecido en los mdulos del Gobierno de Navarra para dicho personal en los Centros de Educacin infantil municipales. La aportacin municipal incluye tanto los gastos de personal, seguridad social y sustituciones, como los gastos derivados de gastos de gestin de la empresa, seguros de responsabilidad civil, planes de prevencin de riesgos, (en general gastos derivados de la gestin administrativa y econmica del centro, contratos y nminas del personal, gastos del banco, asesora o asistencia jurdica, etc.), as como los correspondientes a vestuario, (batas o chndal de educadoras y personal de limpieza). Todos los costes pueden variar proporcionalmente en funcin de la demanda real por las matriculaciones del curso y los criterios manejados por el Gobierno de Navarra en el Convenio que regula la financiacin del Centro. El Ayuntamiento distribuir los gastos de personal en funcin del Convenio suscrito con el Gobierno de Navarra. Las proposiciones que se presenten no podrn superar el mencionado presupuesto que sirve de base a esta licitacin. La oferta econmica no puntuar en los criterios de adjudicacin. 3. PLAZO DE DURACIN DEL CONTRATO, PRRROGA Y REVISIN DE PRECIOS. El plazo de vigencia inicial del contrato ser desde el 1 de septiembre de 2018 hasta el 17 de Julio de 2019. Se podr prorrogar la vigencia del contrato por cursos sucesivos hasta un mximo de 4 aos, de conformidad con el artculo 4.3 de la Ley Foral 6/2006, salvo que medie denuncia por escrito del mismo, por cualquiera de las partes con una antelacin mnima de 90 das naturales anteriores a la fecha de finalizacin. Los precios de la anualidad de 2018 y de las prrrogas del contrato podrn ser objeto de revisin conforme a la siguiente frmula: al precio del contrato se incrementar aplicando el ndice de Precios al Consumo de Navarra (IPC) correspondiente al ao inmediatamente anterior o segn lo establecido por el Departamento de Educacin del Gobierno de Navarra. Con carcter excepcional, finalizada la vigencia del contrato, y una vez agotadas las prrrogas, el adjudicatario vendr obligado a continuar en la prestacin en las mismas condiciones establecidas en el mismo, en el supuesto de que no se hubiera producido la nueva adjudicacin y por el tiempo restante hasta que sta se produzca. 4. CAPACIDAD PARA CONTRATAR. Podrn: celebrar contratos las personas naturales y jurdicas conforme a lo dispuesto en los artculos 10 a 20 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos. Podrn contratar con la Administracin las personas naturales o jurdicas, espaolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia econmica y financiera y tcnica o profesional y no estn incursas en ninguna de las causas de prohibicin para contratar establecidas en el artculo 18 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de Junio, de Contratos Pblicos. La Administracin podr contratar con licitadores que participen conjuntamente o con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. En este caso los licitadores agrupados quedarn obligados solidariamente ante la Administracin. Dicha participacin se instrumentar mediante la aportacin de un documento privado en el que deber manifestarse la voluntad de concurrencia conjunta, la participacin de cada uno de ellos as como la designacin de un representante o apoderado nico con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extincin del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuanta significativa. En todo caso, ser requisito imprescindible que los licitadores acrediten que su finalidad o actividad tiene relacin directa con el objeto del contrato y que disponen de una organizacin con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecucin del contrato. La solvencia econmica y financiera se acreditar conforme a lo sealado en el artculo 13 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos, mediante la aportacin de los siguientes documentos: - Declaracin de, al menos, una institucin financiera sobre la capacidad econmica del licitador con referencia expresa a la capacidad econmica y financiera de la misma para el cumplimiento del contrato objeto de este pliego e importe de la primera anualidad (64.794,28 ). - Prestacin de al menos un servicio similar al objeto del presente contrato efectuado durante los dos ltimos aos. - Aportacin de las titulaciones acadmicas y profesionales de los empresarios y del personal de direccin de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecucin del contrato. - Declaracin sobre el equipo tcnico del que dispondr el empresario para la ejecucin del contrato. - Para poder desempear los puestos de trabajo del personal educativo y direccin, se considera preceptivo el conocimiento de euskera que deber acreditar mediante certificado de EGA o titulacin equivalente. El personal de limpieza y auxiliar de comedor, en su caso, ser preceptivo el conocimiento del euskera en un grado B1. 5. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIN. La contratacin objeto del presente pliego ser adjudicada; de conformidad con lo dispuesto en el artculo 65 de la Ley Foral 6/2.006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos, por Procedimiento Abierto conforme a los criterios fijados en este pliego para determinar la oferte ms ventajosa. La contratacin de este Servicio adoptar la modalidad de contrato de asistencia conforme a lo establecido en el art. 4.3 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de Junio de Contratos Pblicos. 6. PRESENTACIN DE PROPOSICIONES. Los licitadores debern presentar sus proposiciones en el Registro del Ayuntamiento de Uharte Arakil (Plaza del Ayuntamiento, 31840 Uharte Arakil) o por correo en el plazo que al efecto se seale en el anuncio de licitacin. Cuando las proposiciones se enven por correo, el empresario deber justificar la fecha de imposicin del envo en la Oficina de Correos y anunciar al rgano de contratacin, la remisin de la oferta mediante tlex, telegrama o fax en el mismo da. Sin la concurrencia de ambos requisitos no ser admitida la documentacin si es recibida por el rgano de contratacin con posterioridad a la fecha de terminacin de plazo sealado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, 4 das naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentacin, sta no ser admitida en ningn caso. Junto con la solicitud o Instancia de admisin a la licitacin (Anexo 1) debidamente cumplimentada, se presentar un sobre nico, en el que se incluirn otros tres sobres cerrados, numerados y rotulados externa y respectivamente con el siguiente texto: Sobre no 1: Documentacin acreditativa de la capacidad y solvencia del licitador. Sobre n2: Documentacin tcnica. Sobre n 3: Oferta econmica. Todos los sobres debern estar cerrados y firmados por la persona oferente o por quien la represente. Le presentacin de proposiciones presume por parte de la persona empresaria la aceptacin incondicionada de este Pliego y la declaracin responsable de que rene todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el Ayuntamiento de Uharte Arakil. 7. DOCUMENTACIN. Los documentos que se exigen debern ser originales o coplas que tengan carcter de autnticas conforme a la legislacin vigente. Sobre N 1:Documentacin acreditativa de la capacidad y solvencia del licitador Deber contener: a) Declaracin responsable del licitador indicando que cumple las condiciones exigidas para contratar, debiendo nicamente el licitador en cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicacin acreditar la posesin y validez de los documentos exigidos en el apartado 1 del artculo 54 de la Ley Foral 8/2.006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos, en el plazo mximo de 7 das naturales desde la notificacin de la adjudicacin. (Anexo I) Si la proposicin es suscrita por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes deber presentar la declaracin indicada. b) Documentos para la justificacin de la solvencia econmica, financiera y tcnica en los trminos establecidos en la clusula cuarta del presente pliego. c) SI la proposicin es suscrita por licitadores que participen conjuntamente, se incorporar un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se Indique el porcentaje de participacin que corresponde a cada uno y se designe un representante o apoderado nico con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extincin del mismo. El escrito habr de estar firmado tanto por las diversas empresas concurrentes como por el citado apoderado. d) Certificado de EGA o titulacin equivalente para poder desempear los puestos de trabajo del personal educativo y direccin. Para el personal de limpieza ser preceptivo el conocimiento del euskera en un grado B1. Sobre N 2: Documentacin Tcnica En este sobre se adjuntar toda la documentacin de ndole tcnico que aporte el licitador a efectos de la valoracin y puntuacin de los criterios de adjudicacin establecidos en la clusula 8 de este Pliego, excepto el de la oferta econmica. Sobre n 3: Oferta Econmica La oferte econmica habr de presentarse conforme al modelo que figura en el Anexo III de este pliego, con caracteres claros. No se aceptarn aqullas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer, claramente, lo que la Administracin estime fundamental para considerar la oferta. Deber estar firmada por el licitador o persona que lo represente. Cada licitador nicamente podr presentar una sola proposicin econmica. A todos los efectos se entender que la proposicin econmica de los licitadores comprende no slo el precio del contrato, sino tambin el importe del Impuesto sobre el Valor Aadido. La proposicin deber recoger la cantidad ofertada por el licitador por el conjunto del servicio, Se desestimaran las proposiciones cuyo importe sea superior al presupuesto fijado como base para la licitacin en esta contratacin y que de conformidad con lo dispuesto en la clusula segundo de este pliego asciende a la cantidad de 69.661,38 euros. Todos los licitadores deben identificar una direccin electrnica para la realizacin de notificaciones a travs de medios telemticos 8. CRITERIOS DE ADJUDICACIN. Los criterios en los que se basar la adjudicacin del contrato sern los siguientes: 1. PROYECTO DE PRESTACION DEL SERVICIO: HASTA 90 PUNTOS. 1.1- PROYECTO DE GESTION EDUCATIVA: ...........Hasta 65 puntos. Proyecto educativo de Centro: El primer ciclo de Educacin Infantil. Normativa aplicable. Anlisis de contexto. Objetivos generales del centro. Propuesta pedaggica: Objetivos. Secuenciacin y organizacin de contenidos. Principios pedaggicos y de evaluacin. Organizacin de la jornada diaria. Colaboracin con las familias y la comunidad (recursos que intervienen en la Primera Infancia) Modelo de organizacin y funcionamiento del centro: Participacin y gobierno del centro: composicin y funciones. Organizacin del personal del centro. Otro personal profesional: funciones, protocolos de mantenimiento y limpieza. Criterios de organizacin de grupos. Organizacin de espacios y materiales. Participacin de la comunidad educativa en actuaciones dirigidas a la Primera Infancia: planificacin de la relacin con familias, ayuntamiento, comunidad. 1.2. Proyecto de Gestin econmica-administrativa.Hasta 25 puntos. - Planificacin de los recursos econmicos. - Planificacin de la provisin de personal. - Gestin de materiales, servicios y suministros. - Mecanismos de relacin con el Ayuntamiento. Ambos proyectos, educativo y organizativo, habrn de sujetarse a lo establecido en el Pliego de Prescripciones Tcnicas 2. DEFENSA DE PROYECTO DE MEJORAS EN LA REALIZACIN DE LA PRESTACIN: HASTA 10 PUNTOS. El rgano de Contratacin, previamente a la adjudicacin, podr recabar cuantos dictmenes o informes estime pertinentes. Por la Mesa de contratacin se realizar la propuesta de adjudicacin, en favor de la oferta globalmente ms ventajosa, de acuerdo con los criterios citados. En el caso de que se produzca empate en la puntuacin total entre dos o ms licitadores ste se dirimir a favor de la empresa que tenga un mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad, siempre que ste no sea inferior al 3 por 100; en su defecto o persistiendo el empate, a favor de la empresa con un menor porcentaje de trabajadores eventuales, siempre que ste no sea superior al 10 por 100 y, en su defecto o persistiendo el empate, a favor de la empresa que acredite la realizacin de buenas prcticas en materia de gnero, atendiendo en todos los supuestos a la concurrencia de las citadas circunstancias en el momento de finalizacin del plazo de presentacin de ofertas. A tal efecto, la Mesa de Contratacin requerir la documentacin pertinente a los licitadores afectados, otorgndoles un plazo de cinco das naturales para su aportacin. En el caso de que en aplicacin de los criterios anteriores persistiera el empate, ste se resolver mediante sorteo. El proyecto educativo y propuesta pedaggica son vinculantes para la empresa. 9. MESA DE CONTRATACIN. La Mesa de Contratacin, que ejercer las funciones que le son propias en el presente procedimiento, estar compuesta por las siguientes personas: Presidente: Juana Sainz Betelu, Alcaldesa-presidente del Ayuntamiento de Uharte Arakil Vocales: - .Miren Rabaz Iraeta, Teniente-Alcalde del Ayuntamiento de Uharte Arakil - 2 Directoras y/o Educadoras a designar. - Secretario del Ayuntamiento de Uharte Arakil: Oihan Castro Ansa La Mesa de Contratacin podr solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. 10. APERTURA DE PROPOSICIONES. En acto interno, la Mesa de Contratacin proceder a la apertura y anlisis de los sobres de Documentacin acreditativa de la capacidad y solvencia del licitador, calificndola, valorando la solvencia econmica, financiera y tcnica y resolviendo la admisin o inadmisin de los licitadores. De conformidad con lo dispuesto en el artculo 54.3 de la Ley Foral 6/2.006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos, si la documentacin aportada para acreditar la capacidad o la solvencia fuera Incompleta u ofreciese alguna duda, se conceder un plazo de entre 5 y 10 das para su posible subsanacin, debiendo presentarse la documentacin requerida en el registro mencionado en la clusula quinta de este pliego en el plazo que se establezca. Seguidamente, y tambin en acto interno, la Mesa de Contratacin proceder a la apertura, anlisis y valoracin de los sobres Documentacin Tcnica de los licitadores admitidos, con el fin de otorgar los puntos de los criterios de adjudicacin contenidos en este pliego, excepto el de la oferta econmica. Si alguna oferta presentada plantea oscuridad o inconcrecin, se podrn solicitar aclaraciones complementarias, que no podrn modificar la oferta presentada. El plazo de contestacin no podr ser Inferior a 5 das ni exceder de 10. Efectuada la valoracin, se publicar en el Portal de Contratacin de Navarra con al menos setenta y dos horas de antelacin el lugar, fecha y hora de la apertura pblica del precio ofertado. En el acto pblico de apertura de los sobres Oferta Econmica y con carcter previo a sta, se comunicar a los asistentes el resultado de la valoracin tcnica efectuada por la Administracin. Por la Mesa de Contratacin se efectuar la propuesta de adjudicacin del contrato al rgano de contratacin, sealando en todo caso las estimaciones que, en aplicacin de los criterios objetivos establecidos en el presente Pliego, se realicen de cada proposicin, en la que figurar el orden de prelacin de los licitadores que han formulado una propuesta admisible, con las puntuaciones que han obtenido. La propuesta de adjudicacin no generar derecho alguno mientras no se dicte resolucin de adjudicacin. 11. ADJUDICACIN. El rgano de contratacin adjudicar el contrato en el plazo mximo de 2 meses desde el acto de apertura pblica del precio ofertado a la proposicin que contenga la oferta ms ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el presente pliego. No obstante lo anterior, se podr declarar desierta la licitacin por motivos de inters pblico aunque las ofertas presentadas sean conformes a este pliego y al de prescripciones tcnicas, cuando concurran circunstancias de carcter fctico o Jurdico que de modo lgico y razonable impongan la prevalencia de dicho inters a la vista de las necesidades que busca satisfacer el contrato. La adjudicacin, una vez acordada, ser notificada a los participantes en la licitacin. 12. GARANTA PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contradas, y con carcter previo a la formalizacin, por parte del Ayuntamiento depositar una garanta por Importe equivalente al 4% del precio de adjudicacin de este pliego referido a la primera anualidad del contrato (64.794,28 euros). Dicha garanta quedar afecta al cumplimiento de las obligaciones del contratista y en particular, al pago de las penalidades por demora as como a la reparacin de los daos y perjuicios ocasionados por el contratista durante la ejecucin del contrato. As mismo, dicha garanta podr ser objeto de Incautacin en los casos de resolucin del contrato por Incumplimiento culpable del contratista, en la cuanta necesaria para cubrir los daos y perjuicios que se hayan acreditado, si aqulla resultase Insuficiente el Ayuntamiento podr resarcirse a travs de los mecanismos establecidos para los ingresos de Derecho pblico. La garanta a la que hace referencia la presente clusula podr constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artculo 95.2 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos. 13. DOCUMENTACIN A PRESENTAR ANTES DE LA FORMALIZACIN DEL CONTRATO. En el plazo mximo de siete das naturales desde la notificacin de la adjudicacin el licitador a favor del cual haya recado la propuesta de adjudicacin deber acreditar la posesin y validez de los siguientes documentos: 1 Documentacin acreditativa de la personalidad jurdica y representacin: a) Si el licitador fuese persona fsica: - Documento Nacional de Identidad o documento que reglamentariamente le sustituya. - Quienes comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona presentarn poder bastante, as como el Documento Nacional de identidad o documento que reglamentariamente le sustituya del apoderado. b) Si el licitador fuese persona jurdica: - La escritura de constitucin y, en su caso, de modificacin debidamente inscrita en el Registro correspondiente. - Quienes comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona, poder bastante que deber figurar inscrito en el registro correspondiente. - Documento Nacional de Identidad o documento que reglamentariamente le sustituya de la persona representante de la empresa. c) Si la empresa est inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Foral de Navarra, ser suficiente para acreditar la personalidad y representacin de la empresa la presentacin de copia del certificado expedido por el Registro, junto con una declaracin responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Foral 174/2.004, de 19 de Abril, por el que regula dicho registro. d) Empresas no espaolas de Estados miembros de la Unin Europea o del Espacio Econmico Europeo: - Poder bastante a favor de la persona que firme la proposicin en nombre de la empresa que deber figurar inscrito en el registro correspondiente. - Documento Nacional de Identidad o documento que reglamentariamente le sustituya de la persona representante de la empresa. - Cuando la legislacin del Estado respectivo exija la inscripcin en un registro profesional o comercial, acreditacin de la inscripcin, la presentacin de una declaracin jurada o de un certificado de los previstos en el Anexo IX C de la Directiva 2.004/18, de 31 de marzo, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre coordinacin de los procedimientos de adjudicacin de los contratos pblicos de obras, de suministro y de servicios, con arreglo a las condiciones previstas en el Estado miembro en el que se encuentren establecidas. e) Empresas de Estados no pertenecientes a la Unin Europea o al Espacio Econmico Europeo: - Poder bastante a favor de la persona que firme la proposicin en nombre de la empresa que deber figurar Inscrito en el registro correspondiente. - Documento Nacional de Identidad o documento que reglamentariamente le sustituya de la persona representante de la empresa. - Informe de la respectiva representacin diplomtica espaola que acredite que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participacin de empresas espaolas en la contratacin con la Administracin, en forma sustancialmente anloga. - Informe de la respectiva representacin diplomtica espaola en el que se haga constar que la empresa figura Inscrita en el registro local profesional, comercial o anlogo o, en su defecto, que acta con habitual en el trfico local en el mbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. 2. Declaracin del licitador, o en su caso, de su apoderado o representante, en la que se afirme, bajo su responsabilidad, que ni la empresa ni los administradores estn incursos en ninguna de las causas de exclusin del procedimiento de licitacin a que se refieren los artculos 18 y 20 de la Ley Foral 6/2.006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos. 3. Certificado de estar dado de alta en el impuesto de Actividades Econmicas y al corriente del mismo. 4. Certificado expedido por el Departamento de Economa y Hacienda del Gobierno de Navarra y, adems, el de los rganos competentes de las Administraciones Pblicas respecto de las cuales el licitador tenga obligaciones tributarias, acreditativos de que se halla al corriente en el cumplimiento de las mismas, expedido con una antelacin no superior a seis meses de la fecha de expiracin del plazo de presentacin de proposiciones 5. Certificado oficial acreditativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones de Seguridad Social. 6. Declaracin responsable del licitador, en su caso de su apoderado o representante, en la que afirme, hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y de prevencin de riesgos laborales, impuestas por las disposiciones vigentes. 7. Justificante de haber consignado a favor del Ayuntamiento de Uharte Arakil la garanta para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato a que hace referencia el presente pliego. 8. Para las empresas extranjeras, declaracin de someterse a la jurisdiccin de los Juzgados y Tribunales espaoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o Indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncie, en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al candidato. 9. Acreditacin de haber suscrito un seguro de responsabilidad civil que cubre los riesgos derivados de la ejecucin del contrato por la cuanta mnima establecida en este pliego. Los documentos que se exigen debern ser originales o coplas que tengan carcter de autnticas conforme a la legislacin vigente. Asimismo, todos los documentos debern estar traducidos de forma oficial al espaol. 14. FORMALIZACIN DEL CONTRATO. El contrato se formalizar en documento administrativo en el plazo de 15 das naturales a partir de la notificacin de la adjudicacin salvo suspensin acordada en va administrativa. Los contratos formalizados en documento administrativo constituirn prueba suficiente para acceder a cualquier tipo de registro pblico. Si el contrato no se formalizase en plazo por causas imputables al contratista, el rgano de contratacin podr optar por resolver el contrato, previa audiencia del interesado, con abono por parte de ste de una penalidad equivalente al 2 por ciento del importe estimado del contrato e indemnizacin complementaria de daos y perjuicios en todo lo que exceda dicho porcentaje, o bien conceder un nuevo plazo improrrogable con aplicacin del rgimen de penalidades previsto en el artculo 102 y 103 de la Ley Foral 6/2.006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos. 15. EJECUCIN DEL CONTRATO. La ejecucin del contrato se desarrollar bajo la supervisin, inspeccin y control de la unidad gestora del contrato, que en este caso es la Alcalda del Ayuntamiento que podr dictar cuantas instrucciones resulten precisas para el fiel cumplimiento de lo convenido Cuando el contratista o personas de l dependientes incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, el Ayuntamiento de Uharte Arakil podr exigir la adopcin de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecucin de lo pactado. El incumplimiento de las rdenes que, en su caso, sean dictadas implicar la imposicin de las penalidades establecidas en la clusula 23 de este pliego. El contrato se ejecutar con estricta sujecin a las presentes clusulas y al Pliego de Prescripciones Tcnicas que sirve de base al contrato, conforme a las Instrucciones que por escrito sean dadas por el personal encargado, sometindose el contratista a las facultades de interpretacin, modificacin y resolucin del contrato que la legislacin vigente confiere a la Administracin contratante. El contratista ser responsable de la calidad tcnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, as como de las consecuencias que se deduzcan para el Ayuntamiento o para terceros de las acciones, omisiones, errores, mtodos Inadecuados o conclusiones Incorrectas en la ejecucin del contrato, 16. RIESGO Y VENTURA. La ejecucin del contrato se realizar a riesgo y ventura del adjudicatario y sern por cuenta de ste las prdidas, averas o perjuicios que experimente durante la ejecucin del contrato sin perjuicio de su aseguramiento por el Interesado. 17. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO Y DEL ADJUDICATARIO. 1 Prerrogativas y derechos del Ayuntamiento Adems de las prerrogativas y derechos establecidos con carcter general, el Ayuntamiento ostentar las siguientes: a) Vigilar y controlar el cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario, a cuyo efecto podr inspeccionar el servicio as como la documentacin relacionada con el objeto del contrato. b) Imponer al adjudicatario las penalidades pertinentes por razn de los incumplimientos en que incurra. c) intervencin del servicio en los supuestos contemplados en la Ley Foral 6/2006, de 9 d Junio, de Contratos Pblicos. d) Cualesquiera otros que tenga reconocidos en el ordenamiento jurdico o se encuentren determinados en la Ley Foral 6/2006, de 9 de Junio, de Contratos Pblicos. 2.- Obligaciones del Ayuntamiento a) Poner a disposicin del contratista las instalaciones con su mobiliario, equipamiento, material didctico y dems enseres y utensilios correspondientes a la Escuela infantil en las condiciones necesarias para un uso adecuado de las mismas. b) Realizarlas obras y reformas, as como las reparaciones y reposiciones de las instalaciones y bienes aportados para la ejecucin del contrato. c) Determinar y comunicar las modificaciones en la prestacin contratada, d) Recabar Informacin de la empresa adjudicataria sobre el estado y la evolucin de la prestacin contratada. e) Establecer reuniones peridicas entre la unidad gestora del contrato y la empresa. 3.- Obligaciones generales del adjudicatario Sern obligaciones generales de la empresa adjudicataria adems de las contenidas en otros puntos de este Pliego, las siguientes: - Prestar el servicio objeto del contrato con la continuidad adecuada durante el plazo de ejecucin del mismo, en los trminos, condiciones y con las caractersticas recogidas en el presente pliego y en el correspondiente de prescripciones tcnicas, - Contar con los modios tcnicos y personales suficientes en y cualificacin para atender el servicio objeto de contrato. - Adoptar las medidas necesarias, as como establecer aquellas de contratacin laboral cuyas caractersticas favorezcan la permanencia de sus trabajadores, a los efectos de garantizar la continuidad de la prestacin contratada. - Ser responsabilidad del adjudicatario la adecuacin de la plantilla a las matriculaciones de cada curso escolar. 4.- Obligaciones especificas del adjudicatario. Durante la ejecucin del contrato, el adjudicatario deber atenerse a los siguientes requisitos: Prestar el servicio objeto del contrato, durante el plazo de duracin del mismo, de tal modo que la Escuela Infantil, se rija de acuerdo con la normativa establecida. Velar por la conservacin de construcciones e instalaciones, as como por el debido mantenimiento y su perfecto funcionamiento, para que a la finalizacin del contrato, se encuentren en iguales condiciones que a su inicio. Proporcionar el servicio a toda persona que cumpla los requisitos dispuestos reglamentariamente. Indemnizar a terceros de los daos que les ocasionare su actuacin, salvo si se hubiesen producido por actos realizados en cumplimiento de una clusula impuesta por el Ayuntamiento con carcter ineludible. Obtener autorizacin previa del Ayuntamiento para efectuar cambios en el equipo educativo de la Escuela Infantil de 0 a 3 aos o en el personal de limpieza. En toda documentacin e informacin que se emita desde el Centro, tendr que constar de manera expresa el Ayuntamiento de Uharte Arakil como titular del mismo. Participar en las experiencias educativas que consideren oportuno el Ayuntamiento de Uharte Arakil y el Departamento de Educacin. Presentar la siguiente documentacin a los responsables del seguimiento del contrato: Documentacin sobre el personal educativo del centro. Documentacin de la gestin econmica - administrativa del centro. Cumplir la normativa vigente en materia laboral, social y tributaria. Respetar las instrucciones que afectos de imputacin del gasto y obtencin de ingresos, as como para la debida aplicacin presupuestaria, establezca el Ayuntamiento, con base en el convenio de colaboracin suscrito para cada ejercicio con el Departamento de Educacin. Proponer los gastos que sea necesario realizar, llevar un control de los mismos y facilitar su justificacin en todo momento, mediante la presentacin de la documentacin solicitada por el Ayuntamiento. Realizar el proceso de admisin y matriculacin de alumnos de acuerdo con la normativa vigente y en coordinacin con el Ayuntamiento de Uharte Arakil.. Durante la vigencia del contrato deber acreditarse el cumplimiento del requisito de titulacin y experiencia del personal que efectivamente presta sus servicios en la escuela infantil de 0 a 3 aos, mediante presentacin trimestral de una relacin de trabajadores con su titulacin y experiencia. Las bajas de personal, cualquiera que sea el motivo de la misma, sern cubiertas por personal idneo que rena cada uno de los requisitos en cuanto a titulacin, que han sido exigidos para la admisin de ofertas. Estas sustituciones de personal debern ser autorizadas expresamente por el Ayuntamiento de Uharte Arakil. n) Sufragar a su cargo los gastos ordinarios y extraordinarios de carcter tributario y de suministro de servicios, y cualquier otro que origine la realizacin del objeto del contrato. ) Abonar los gastos generales del personal. o) Hacer constar al Ayuntamiento como titular y promotor de la Escuela Infantil, en toda la documentacin e informacin que divulgue. p) No exhibir, sin autorizacin municipal previa, propaganda alguna. q) Asistir a las reuniones establecidas y remitir al Ayuntamiento, cuantos Informes y memorias se encomienden y, en todo caso, el contratista facilitar a la Administracin contratante, sin coste adicional, cuantos servicios profesionales se estimen necesarios por sta para el correcto desarrollo y cumplimiento del objeto del contrato, como asistencia a reuniones explicativas, informacin al pblico, etc. r) La empresa y el personal que presta el servicio debern informar de toda incidencia personal con los usuarios al Ayuntamiento para que en atencin a su gravedad ste resuelva, s) Cumplir las obligaciones en relacin con la proteccin de datos que este pliego impone, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgnica 15/1999, de 13 de diciembre, de Datos de carcter personal. La ejecucin del contrato se desarrollar bajo la supervisin, inspeccin y control de la unidad gestora del contrato, que en este caso es la Alcalda del Ayuntamiento de Uharte Arakil que podr dictar cuantas instrucciones resulten precisas para el fiel cumplimiento de lo convenido. Cuando el contratista o personas de l dependientes incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, el Ayuntamiento de Uharte Arakil podr exigir la adopcin de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecucin de lo pactado. El incumplimiento de las rdenes que, en su caso, sean dictadas implicar la imposicin de las penalidades establecidas en la clusula 22 de este pliego. 18. OBLIGACIONES SOCIALES Y LABORALES. El contratista est obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista no implicar responsabilidad alguna para estos Ayuntamientos. No existir vinculacin laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecucin del contrato y el Ayuntamiento de Uharte Arakil por cuanto aquel queda expresamente sometido al poder direccional y de organizacin de la adjudicataria en todo mbito y orden legalmente establecido y siendo por tanto sta la nica responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratacin, Seguridad Social y Seguridad y Salud en el trabajo, por cuanto dicho personal en ningn caso tendr vinculacin jurdico-laboral con el Ayuntamiento, y ello con independencia de las facultades de control e inspeccin que legal o contractualmente correspondan al mismo. En ningn caso el Ayuntamiento de Uharte Arakil se subrogar en las relaciones contractuales entre el contratista y el personal a su servicio. El Ayuntamiento tendr total acceso a la documentacin que en materia preventiva elabore el adjudicatario, viniendo ste obligado a entregar y poner a disposicin de los Ayuntamientos la documentacin que consideren oportuna para el cumplimiento de lo marcado en la Ley 31/1995 y especialmente en su art 24, sobre Coordinacin de Actividades Empresariales. 19. SECRETO PROFESIONAL. La adjudicataria y las personas que realicen directamente las tareas relativas a la prestacin del servicio, tratarn de modo confidencial cualquier informacin que les sea facilitada por el Ayuntamiento, as como cualquier informacin obtenida en la ejecucin del contrato. La informacin ser utilizada nicamente dentro del marco de los servicios que se describen en el Pliego de prescripciones Tcnicas. Para garantizar la observancia de esta clusula, la adjudicataria deber divulgar entre sus empleados la obligacin del deber de secreto. Asimismo, la adjudicataria se compromete a tomar las medidas necesarias para la buena conservacin de la informacin y del material de cualquier tipo suministrado o perteneciente a los Ayuntamientos. La obligacin de secreto y confidencialidad obliga a las partes incluso una vez cumplido, terminado y resuelto el contrato. La adjudicataria que incurra en contravencin de esta obligacin de secreto y confidencialidad, ser responsable de todos los daos y perjuicios que su actuacin pueda ocasionar al Ayuntamiento de Uharte Arakil o a terceros. 20. RELACIONES CON LAS PERSONAS USUARIAS. La adjudicataria deber prestar el servicio a toda persona que cumpla los requisitos para poder ser considerado usuario y que haya sido seleccionado por el Ayuntamiento de Uharte Arakil segn el baremo establecido. La adjudicataria y el personal que realiza la prestacin debern comunicar todo conflicto personal con los usuarios al Ayuntamiento, informando expresamente a travs de los canales de coordinacin establecidos, La adjudicataria deber velar por el mantenimiento de una relacin de respeto con el usuario, basndose en las reglas de buena fe y diligencia. 21. PAGO El pago del importe contratado, en cuanto a los servicios educativos y limpieza, ser distribuido, en 12 pagos correspondientes a cada mes del ao. A tal efecto, la adjudicataria deber presentar en cualquier momento y a requerimiento del Ayuntamiento, justificacin detallada del importe por la prestacin del servicio. En el caso de que este plazo fuera demorado sin justificacin por parte del Ayuntamiento, la cantidad adeudada devengar automticamente un inters de demora equivalente a la suma del tipo de inters aplicado por el Banco Central Europeo a su ms reciente operacin principal de refinanciacin, efectuada antes del primer da natural del semestre del que se trate ms siete puntos porcentuales. 22. RGIMEN DE INCUMPLIMIENTOS Y PENALIDADES: 1. Faltas leves: Sern faltas leves de la adjudicataria en el desarrollo de la prestacin, todas aquellas conductas que, con carcter general, signifiquen el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, siempre que no causen un detrimento importante en el servicio que implicase su calificacin como graves. Para ello y, con el fin de determinar la existencia o no de infraccin, habr de valorarse la importancia de la prestacin no satisfecha, la concurrencia o no de negligencia, la reincidencia o reiteracin de la omisin de prestaciones, la importancia de la incidencia en relacin al conjunto del servicio, etc. Slo cuando de tal valoracin resulte equitativa y proporcionalmente, la existencia de una infraccin, se iniciar el procedimiento de imposicin de penalidades. La citada valoracin deber efectuarse en un informe jurdico, que atender a los criterios expuestos, equidad y proporcionalidad. Independientemente de la tipificacin o no de la conducta como infraccin contractual, el Ayuntamiento descontar del abono a la empresa el importe correspondiente a las prestaciones no satisfechas, exigiendo, si se producen daos o perjuicios, la correspondiente indemnizacin. 2. Faltas graves: Incurrirn en falta grave de la adjudicataria en el desarrollo de la prestacin, con carcter general, los incumplimientos que ocasionen un grave perjuicio o distorsin en la prestacin contratada, y, especficamente, las siguientes acciones u omisiones: a) El trato vejatorio a los nios, salvo que reuniese caractersticas tales que hiciese clasificado como de muy grave. b) La vulneracin del deber de guardar secreto, tanto respecto a los datos de carcter personal que se conozcan en razn de las actuaciones que se realizan, como acerca de cualquier asunto cuando se perjudique a los nios o se efecte en provecho propio, siempre que, en ambos casos, no constituyan falta muy grave. e) La comisin de tres faltas leves en el transcurso de seis meses. d) La suspensin en la prestacin objeto del contrato entre uno y tres das. 3. Faltas muy graves: Constituirn faltas muy graves de la adjudicataria en el desarrollo de la prestacin, con carcter general, todos los incumplimientos que ocasionen un perjuicio muy grave al servicio objeto del contrato, y, especficamente, las siguientes acciones u omisiones: a) El abandono o paralizacin del servicio sin causa justificable. b) La falsedad en la declaracin de las actividades realmente desarrolladas, incluyndose los informes o comunicaciones que, por su oscuridad o falta de fundamento, puedan inducir a la unidad gestora del contrato a la comisin de errores. c) La vulneracin del deber de guardar secreto respecto de los datos que se conozcan en razn de las actuaciones que se realicen, cuando ello pueda calificarse como muy grave atendiendo a las circunstancias, objetivos o consecuencias. d) Cualquier conducta constitutiva de delito, e) Las ofensas verbales o fsicas o el trato vejatorio grave a los nios. Se incluyen aqu todas las acciones y omisiones que signifiquen privacin a los nios de sus derechos o interferencia en su ordenado desarrollo fsico, psquico o social. f) incumplir las directrices que se reserva el Ayuntamiento en el cumplimiento del servicio, o impedir que ste pueda desempear las funciones de fiscalizacin y control que le son propias. g) Subcontratar o ceder la prestacin del objeto del contrato en los supuestos no contemplados en este Pliego o sin atenerse a lo que ste recoge. h) Incumplimiento del deber de subrogacin impuesto a la adjudicataria. i) La inobservancia de las clusulas de proteccin de datos de carcter personal. j) La acumulacin o reiteracin de tres faltas graves en el transcurso de seis meses. Las sanciones que habrn de imponerse en el caso de comisin de alguna falta tipificada en este Pliego sern las siguientes: A) La comisin de una falta leve podr dar lugar, previo expediente instruido al efecto, con audiencia del adjudicatario, al apercibimiento de la entidad contratista. B) La comisin de cualquier falta grave dar lugar, previo expediente instruido al efecto, con audiencia del adjudicatario, a la imposicin de sancin pecuniaria de hasta el 5 por ciento del importe anual del contrato. C) La comisin de cualquier falta muy grave dar lugar, previo expediente Instruido al efecto, con audiencia del adjudicatario, a la imposicin de sancin pecuniaria de hasta el 10 por ciento del importe anual del contrato y/o resolucin del contrato. La imposicin de las penalidades no excluye la eventual indemnizacin a la Administracin como consecuencia de la infraccin. Y, en todo caso, en los supuestos de falta de prestacin del servicio, habr de descontarse su coste. 23. GASTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTAS 1. Sern gastos por cuenta del contratista, entre otros, los siguientes: - Los que se requieran para la obtencin de autorizaciones, licencias, y recogida de documentos o cualquier otra Informacin de Organismos o particulares. - Los correspondientes a pruebas, ensayos de materiales, envo y recogida de documentacin, y, en general, a cuantos trabajos e Informes sean necesarios para el cumplimiento de los fines del contrato, as como su comprobacin. - Los impuestos, derechos, tasas, compensaciones y dems gravmenes y exacciones que resultan de aplicacin segn las disposiciones vigentes con ocasin o corno consecuencia del contrato o su ejecucin. 24. MODIFICACIN DEL CONTRATO. Una vez perfeccionado el contrato, podrn efectuarse modificaciones al mismo en los supuestos y con arreglo a los procedimientos establecidos en los artculos 105 y siguientes de la Ley Foral 6/2.006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos. 25. CESIN Y SUSCONTRATACIN. La cesin y la subcontratacin slo sern admisibles en los casos y con los requisitos previstos en los artculos 111 y 110 de la Ley Foral 6/2.006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos. En el caso de la subcontratacin, slo se podr admitir cuando tenga por objeto prestaciones accesorias al objeto principal del contrato, debiendo a en todo caso, a los requisitos previstos en el artculo 110.2 de la Ley Foral 6/2.006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos. 26. FINALIZACIN Y PLAZO DE GARANTA. Finalizado el contrato, el adjudicatario deber entregar las instalaciones en buen estado de conservacin y uso que deber ser en condiciones similares a las de su recepcin original. El plazo de garanta del contrato ser de dos meses desde su finalizacin. Si durante dicho plazo se acreditase la existencia de vicios o defectos en las instalaciones se podr requerir la subsanacin de los mismos al adjudicatario. Transcurrido el plazo indicado sin que el Ayuntamiento haya formalizado ningn reparo se proceder a la devolucin de la garanta constituida para el aseguramiento del cumplimiento de las obligaciones. 27. RESOLUCIN CONTRATO. Sern causas de resolucin del contrato cualquiera de las contempladas en la Ley Foral 6 de 9 de junio, de Contratos Pblicos. Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, ste deber Indemnizar los daos y perjuicios ocasionados al Ayuntamiento, a tal efecto, le ser Incautada la garanta en la cuanta necesaria para cubrir los daos y perjuicios que se hayan acreditado. SI sta resultase insuficiente, el Ayuntamiento podr resarcirse a travs de los mecanismos establecidos para los Ingresos de Derecho Pblico. 28. RGIMEN JURDICO Y PRERROGATIVAS DEL AYUNTAMIENTO El presente contrato tiene naturaleza administrativa, rigindose por el presente pliego y en lo no previsto en ste ser de aplicacin la Ley Foral 6/1 990, de la Administracin Local de Navarra, la Ley Foral 6/2.006, de 9 de Junio, de Contratos Pblicos y dems normativa aplicable. El rgano de contratacin ostenta la prerrogativa de Interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de inters pblico, acordar su resolucin y determinar los efectos de sta; todo ello dentro de los lmites y con sujecin a los requisitos y efectos sealados en la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos. 29. RECURSOS Y JURISDICCIN. Teniendo el presente contrato naturaleza administrativa, cuantas incidencias se deriven de la ejecucin del contrato y de la Interpretacin de las disposiciones de este pliego sern resueltas en primer trmino por el rgano da contratacin. Los acuerdos que dicte el rgano de contratacin, previo informe tcnico y jurdico de los servicios correspondientes del Ayuntamiento de Uharte Arakil en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretacin, modificacin y resolucin, sern inmediatamente ejecutivos. Contra este pliego y las resoluciones que se dicten en ejecucin del mismo podrn Interponerse, potestativamente, los siguientes recursos: Recurso de reposicin ante el Ayuntamiento de Uharte Arakil en el plazo de un mes a partir del da siguiente de la notificacin o, en su caso, publicacin del acto que se recurra. Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo del mes siguiente a la notificacin o publicacin del acto que se recurre. Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses. Este plazo se computar a partir del da siguiente a la notificacin o publicacin del acto que se recurra. Obligacin del licitador de Identificar una direccin electrnica para la realizacin de notificaciones a travs de medios telemticos. Uharte Arakil , 19 de marzo del 2018. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TCNICAS QUE HAN DE REGIR EN LA CONTRATACIN DEL SERVICIO DE EDUCACIN INFANTIL EN EL CENTRO DE PRIMER CICLO DE EDUCACIN INFANTIL PAUSOKA DE UHARTE ARAKIL 1. OBJETO DEL CONTRATO Constituye el objeto de este pliego fijar las prescripciones tcnicas que han de regir la contratacin y ejecucin del Servicio de Educacin Infantil en euskera en el Centro de Primer Ciclo de Educacin infantil Pausoka, propiedad del Ayuntamiento de Uharte Arakil. Las prestaciones objeto de este contrato se ajustarn a las determinaciones de este pliego, los Reglamentos e instrucciones que pueda dictar el Ayuntamiento, si procede, y la normativa que sea de aplicacin. 2.- CARACTERSTICAS DEL SERVICIO El centro de primer ciclo de Educacin Infantil de 0-3 PAUSOKA del Ayuntamiento de Uharte Arakil es un centro que presta un servicio educativo en euskera dirigido a nios y nias de 0 a 3 aos y que est intencionalmente organizado para proporcionar a los nios y nias de estas edades, en colaboracin con las familias, un proceso ptimo de desarrollo de su personalidad y de todas sus capacidades, en un marco de bienestar y seguridad. El centro de primer ciclo de Educacin Infantil no suplanta la funcin educadora de la familia, sino que colabora con ella para conseguir el bienestar del nio y de la nia en los mbitos afectivos, cognitivos, motrices, relacionales y de desarrollo de su creatividad. Se trabajar en la adquisicin de los primeros aprendizajes y hbitos cotidianos de higiene y alimentacin, as como en la autonoma personal y en el desarrollo armnico de los nios y nias de 0 a 3 aos. Al mismo tiempo, el centro tiene una funcin socializadora y compensadora de desigualdades personales, culturales y sociales, derivadas, tanto de las circunstancias familiares como del entorno en el que se desarrollan, ofreciendo un entorno seguro y acogedor para las interacciones que se dan entre nios, nias y adultos. La Escuela Infantil cuenta con 1 unidad, para nios y nias de edades estn comprendidas entre O y 3 aos. El nmero de unidades podr variar cada curso en funcin de la demanda existente y de la planificacin de la oferta educativa que para el ciclo se determine. El Ayuntamiento podr modificar de oficio o a Instancia del concesionario la oferta indicada anteriormente, con la finalidad de mantener una oferta equilibrada para grupos de edades, de acuerdo con lo que prescribe el Decreto 28/2007, de 26 de marzo, por el que se regulan el primer ciclo de la Educacin infantil y los requisitos de los centros, y en funcin de las necesidades y demandas de la comunidad. 3.- EQUIPO DE TRABAJO El equipo de trabajo descrito a continuacin establece los mnimos exigibles para todos los mbitos de trabajo a realizar en el centro de primer ciclo de Educacin infantil, y se ajustar en todo momento a la normativa vigente en cada caso, referente tanto a titulaciones, como a condiciones salariales, jornadas laborales, etc. El equipo educativo del Centro ubicado en Uharte Arakil, estar formado por dos educadores/as a jornada completa, realizando uno de ellos las funciones de direccin. Los profesionales que componen el equipo educativo debern estar en posesin del ttulo de Grado que habilite para el ejercido de la profesin de maestro o maestra con la especialidad de Educacin Infantil, el ttulo de maestro o maestra con la especialidad de Educacin Infantil y, en su caso, el ttulo de T4q Superior en Educacin Infantil regulado en el Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre. La persona que vaya a realizar las labores de direccin deber poseer el titulo de maestro o maestra de Educacin Infantil o de Grado equivalentes La empresa debe proponer al Ayuntamiento la persona que ejercer el cargo de director o directora de la escuela infantil y se valorar la experiencia en escuelas y en gestin de equipos. Para poder desempear los puestos de trabajo se considera preceptivo el conocimiento del euskara que deber acreditar mediante el certificado de EGA o titulacin equivalente o desarrollo de examen de nivel. Los educadores/as atendern a los nios/as desde que llegan a la escuela hasta que se van de ella; sus horarios se organizarn en funcin de los horarios de los nios y de las nias, garantizando el cumplimiento de las ratios establecidas en la legislacin vigente. El equipo educativo atender tambin las necesidades de planificacin de todo si trabajo que se realice en el centro y la relacin con las familias. Asimismo deber participar en los cursos de formacin que se consideren necesarios. PERSONAL DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO El personal de limpieza del centro constar de 1 persona a jornada reducida (2,5 horas/ da) para mantener en perfectas condiciones todas las instalaciones del centro durante la jornada escolar y fuera de ella. El personal de limpieza y auxiliar de comedor, en su caso, ser preceptivo el conocimiento del euskera en un grado B1. PERSONAL AUXILIAR DE COMEDOR No se prev la contratacin especfica de personal auxiliar de comedor. Este servicio deber realizarse por el personal relacionado en los apartados anteriores. 4.- CALENDARIO Y HORARIO El Ayuntamiento de Uharte Arakil en coordinacin con el Departamento de Educacin aprobar el calendario y horario del centro, con cumplimiento de la normativa relativa a la aprobacin de calendado y horario de los centros de educacin infantil. El horario del centro deber garantizar tanto la funcin educativa del centro como las necesidades de los nios y nias y sus familias y deber cumplir con la normativa vigente. Calendario: El curso se Iniciar el da 1 de septiembre de 2018 y finalizar el 17 de Julio de 2019. Mes de agosto: Vacaciones. Se deber presentar calendario detallado de los das laborables para las educadoras y los das de apertura del centro para nios/as. Dicho calendario deber cumplir con la normativa vigente. Matriculacin: El ayuntamiento de Uharte Arakil gestionar el proceso de admisin y matrcula de los alumnos de acuerdo con la normativa vigente y con los criterios aprobados en cuanto al baremo, fechas de preinscripcin, lugar, etc., en coordinacin con la empresa adjudicataria. 5.- PROPUESTA PEDAGGICA. En todos los extremos que componen el programa educativo, tanto en sus aspectos curriculares como organizativos, se deber contemplar lo establecido en la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo, y en la legislacin que se desarrolle posteriormente, as como la normativa de la Comunidad Foral de Navarra. OTROS - La adjudicataria deber velar en todo momento por la seguridad de los nios, y especialmente en entradas y salidas del centro. No se permitir la entrada a personas no autorizadas por la direccin del centro. - La salida de los nios del centro solo ser autorizada si el adulto que les va a recoger es su padre, madre o persona que tenga la guarda. En el caso de que no sea ninguna de estas personas, deber contar con autorizacin expresa y por escrito de la persona que tenga la guarda. Uharte Arakil, 19 de marzo del 2018 -ANEXO 1- -MODELO DE SOLICITUD D domicilio en y D.N.I. Telfono nmero Fax nmero por s o en representacin de (segn proceda) domicilio en NIF Telfono numero Fax nmero y enterado del Pliego de Clusulas Administrativas y Tcnicas que ha de regir en la contratacin DE ASISTENCIA DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS Y DE LA LIMPIEZA DE LA ESCUELA INFANTIL DE UHARTE ARAKIL, PAUSOKA, EXPONE: - Que conociendo el Pliego que rige la presente contratacin, se compromete a su realizacin con sujecin estricta al mismo, a la propuesta tcnica y a la oferte econmica que se presentan, adjuntando a tal efecto los 3 sobres siguientes: Sobre N1: DOCUMENTACIN ACREDITATIVA DE LA CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL LICITADOR. Sobre N2: DOCUMENTACIN TCNICA. Sobre N3: OFERTA ECONMICA. Y para que as conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente, En de de 2 (Firma) -ANEXO II -MODELO DE DECLARACIN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES EXIGIDAS PARA CONTRATAR CON EL AYUNTAMIENTO DE UHARTE ARAKIL D , con domicilio en y D.N.I Telfono nmero Fax nmero por s o en representacin de (segn proceda) domicilio en NIF Telfono nmero Fax nmero y enterado del Pliego de Clusulas Administrativas y Tcnicas que ha de regir la contratacin DE ASISTENCIA DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE LA ESCUELA INFANTIL DE UHARTE ARAKIL DECLARA: - Que rene/ Que la entidad por mi representada rene (segn proceda) las condiciones para contratar exigidas de conformidad con lo dispuesto en el articulo 54 de la Ley Foral 6/2.006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos, en el artculo 229 de la Ley Foral 6/1.990, de 2 de julio, de la Administracin Local de Navarra, as como en el Pliego que rige la presente contratacin. - Que su finalidad o actividad tiene relacin directa con el objeto del contrato y que dispone de una organizacin con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecucin del contrato. - Que conociendo el Pliego que rige la presente contratacin, se compromete a su realizacin con sujecin estricta al mismo, a la propuesta tcnica en la prestacin del servicio y a la oferta econmica que se presentan. Y para que as conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente, UHARTE ARAKIL a de de 2018 -ANEXO lll -MODELO DE OFERTA ECONOMICA D , con domicilio en D Telfono nmero Fax numero por s o     # Q |   /JSZuwxʾ֬{rrdXLh^ThJD16^JaJh^Thhqr6^JaJh^Th356^JaJh.6^JaJh^ThzS6^JaJmH sH #h^Th36CJOJQJ^JaJh.6CJOJQJ^JaJ#h^ThzS6CJOJQJ^JaJh^Th.p6^JaJh^Th36^JaJh^ThzS56^JaJh^ThzS6^JaJh^ThzS56>*^JaJ{ " # Q wx zd;k!$`a$$xa$$xa$z|~4`dtxz3<=緫睏vjjajhr 76^JaJh^ThzS6^JaJh^ThzS56^JaJh.56^JaJh^Th56^JaJh^ThXl56^JaJh^Th6^JaJh~O6^JaJh^ThXl6^JaJhA6^JaJh^T6^JaJh.6^JaJh^Th36^JaJh^ThJD16^JaJ&k i\8^_J !""##?%@(U)#* , ,,>../ $ a$gdXl$a$!$a$$xa$i\_M m "##*%**)+++,+/+0+,, , ,,,"/)/t/u////01111111穵穗~h^Thv7(6^JaJh^ThXlCJ^JaJh.6^JaJh! 6^JaJh^ThXl6^JaJh6^JaJh^ThzS56^JaJ#h^ThzS6CJOJQJ^JaJhr 76^JaJh^ThzS6^JaJh^Thnq6^JaJ1//0/111 223@5=66665798:8L88 919:t;<>>>? $xa$gdr 7$xa$11111 2:8L88 9::<<>> >!>N>>>>?@1@CCCCDD*M+MwMxMMMNNVNWNNNNNLOMOOO#Pᵾh^ThzS6>*^JaJh^Thb=6^JaJh^Thr 76^JaJhzS6^JaJhr 76^JaJh^ThxC,6^JaJh^ThzS56^JaJh^ThzS6^JaJhnq6^JaJh! 6^JaJ1?@@1@[AAABCCDDDDD4EtEEEEF:FUFFFFcGGG$xa$$a$G HaHHHaIbIIIJ7JeJfJJJ7K8KKKSLTLOO#P$PrPsPPQ$xa$#P$PsPP+Q=QFQHQuQQQQQQQQQQR#R%R6RRRp[[b^^=_L_}_________c\cuvAyay||}}}܃N˿⶿⪿⶿⿘h^Th.p6^JaJh.6^JaJhNw6^JaJh^ThJD16^JaJhH6^JaJh^ThxC,6^JaJhnq6^JaJh^ThzS56^JaJh^ThzS6^JaJ"h^ThzS56^JaJmH sH 5QvQQQQ7RRRRTUWWXoY[o[p[[\^a^b^^_`$xx^`xa$gdH $x`a$$xa$`Pbcc\c=dddeeepfggliibjjlTmmenloprmrttu$xa$u|vwix@yAyayzz|||}!I܃|9$xa$Ӈet#{'h6tNǒ" d^`gd.p$ & F n^`a$ $ `a$$xa$NǒD|͘ϘAJ$_h7v,ocd 2Kq8UỡhM56^JaJhH56^JaJh^Thd^56^JaJh^Th#6^JaJh^ThzS56^JaJh^Thd^6^JaJh^ThJD16^JaJh^ThzS6^JaJ#h^ThzS6CJ^JaJmH sH 5ǒ ~ИV5Нѝ̠3$xa$$`a$ $x`a$$ & F n^`a$Jԧ$Ϋ^_h67evޱ,+޶$xa$޶"o͸պʻc 0 [$xa$~g12Kpq78UFR&jk$xa$$xa$kl$^_VV "ʎvmvh.6^JaJh^ThJS6^JaJh^Thb=6^JaJh^ThhS6^JaJh^Thd^6^JaJh^Thf56^JaJh^Thf6^JaJh^Thf6aJh^Thp/{6^JaJh^ThzS56^JaJh^ThzS6^JaJh^ThzS56>*^JaJ*kl^_UV_ V $xa$gdJS $xa$gdf 7$8$H$`gdd^ $7$8$H$a$gdf$7$8$H$`a$gdd^$a$gdf$xa$.v34: &$a$gdf $xa$gdf$xa$ $xa$gdJS3:&8:>CLnN\0y222222ںڮڔڔ{pڔڔnڔڔUh=56^JaJh^ThhS56^JaJhH56^JaJh^ThzS56^JaJh^Th5m6^JaJh^Thb=6^JaJh5m6^JaJh^Thp/{6^JaJh^ThfCJ^Jh^ThzS6^JaJh^Thf6^JaJh^Thf56^JaJ+&'()MNXmno)Op$xa$$$xa$$xa$ #T MN $xa$gdH$xa$$xa$30P0 11w2x2y222222222222222$xa$$xa$$$xa$ en representacin de (segn proceda) domicilio en Telfono nmero Fax nmero y enterado del Pliego de Clusulas Administrativas y Tcnicas que ha de regir la contratacin DE ASISTENCIA DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS Y DE LIMPIEZA DE LA ESCUELA INFANTIL DE UHARTE ARAKIL EXPONE, Que conociendo el Pliego que rige la presente contratacin, se compromete a que la entidad por m representada se compromete (segn proceda), a su realizacin con sujecin estricta al mismo por el precio anual de XXXXXXX euros, con las condiciones establecidas el Pliego de Clusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Tcnicas. En Uharte Arakil, a de de 2018 (Firma)     PAGE  PAGE 1 DILIGENCIA: PARA HACER CONSTAR QUE EL PRESENTE PLIEGO FUE APROBADO EN SESION PLENARIA DE 22 DE MARZO DE 2018. FIRMADO: OIHAN CASTRO ANSA. SECRETARIO DE UHARTE ARAKIL. EN UHARTE ARAKIL A 22 DE MARZO DE 2018 2222222222222223333%$a$gdo%%$hh]h`ha$gdo%h&`#$]hgdo %&`#$gd_; %hh]h`hgdo %&`#$gdogdzS$xa$22222222222222222222223O3Q3U3Z3b3c33333333333333ݾٔh'Whoh'WCJaJh=CJaJhnqCJaJhohoCJaJhoho5CJaJh.0J)mHnHuh_;ho ho0J)jho0J)Uh/jh/U h^ThzS)333$xa$/1h;0. A!"#J $% ^* 2&6FVfv2(&6FVfv&6FVfv&6FVfv&6FVfv&6FVfv&6FVfv8XV~_HmH nH sH tH H`H Normal*$CJOJQJ_HmH sH tHNA`N Fuente de prrafo predeter.ViV  Tabla normal :V 44 la ,k , Sin lista :o: WW8Num2z0CJOJQJaJ6o6 WW8Num2z1 OJQJ^J2o2 WW8Num2z2OJQJ2o!2 WW8Num2z3OJQJ2o12 WW8Num3z0OJQJ:oA: WW8Num4z0OJPJQJ^J6oQ6 WW8Num4z1 OJQJ^J2oa2 WW8Num4z2OJQJ2oq2 WW8Num4z3OJQJP/P Fuente de prrafo predeter.1FoF Car Car2CJOJQJ^JaJmH sH >o> Car Car1CJOJQJmH sH <o<  Car CarCJOJQJmH sH ROR Izenburua x$CJOJPJQJ^JaJJB@J Texto independiente x*/@* Lista^JLOL Epigrafea xx $6CJ]^JaJ2O2 Indizea $^JTOT Texto sin formato1!OJQJCJmH sH VO"V Pachi&"$7dh]^`7a$ CJmH sH H@2H Texto de globo#CJOJQJaJ0B0 Encabezado$6 @R6 Pie de pgina%>Ob> Taularen edukia& $POarP Taularen izenburua '$ $a$5\4o4 f long_text1CJ6aJ68)@8 oNmero de pginaPK![Content_Types].xmlN0EH-J@%ǎǢ|ș$زULTB l,3;rØJB+$G]7O٭V,cy$wc.bQKG7fK˵Riv4( xL}m{ d$JfN268k.~4$ ^6.%2`Z7ZW q#A .K[ҲMU0P3~St񃟎><~ePm$,S?xG_Te@(:/|۳'/U7Cn#c0x՜(e$8ZJ)fYt=: x}rQxwr:\TzaG*y8IjbRc|X%'I }3OKnD5NIB!ݥ.|]:VdHGN6͈i qV v|{u8zH *:(W☕~JTe\O*tHGHYEsK`XaeE Ex[8hHQrB3' }'ܧw4tT%~3N)cbZ 4uW4(tn+7_?mmٛ{UFw=wߝ$#P[Ի9{漨/%Ϻ04h=Aی©{L)#7%=A59sFSW2pp >*D8i&X\a,Wx=j6!v.^UhVdLVJYZݨf#0YiXxxyNZ4v0#Q 0)뀦{>FufO(8B#6¯S ioWnsΊ|#fpv4Y%WT`Jmo) 23S~+#])m qBiD߅אTpEmPok0e HOC$(G*A[2w zwY,cd2L#rHPU{(T7$kw2笂Frtb5OO>(&b1vUKol~1yUV5U8Vk;֜\9ŰX D)!!T~CoEB3d]dm2iVֵ褽o<rO8[kvxpsj"y][jq~11_z L&;0CL@[t/PK! ѐ'theme/theme/_rels/themeManager.xml.relsM 0wooӺ&݈Э5 6?$Q ,.aic21h:qm@RN;d`o7gK(M&$R(.1r'JЊT8V"AȻHu}|$b{P8g/]QAsم(#L[PK-![Content_Types].xmlPK-!֧6 0_rels/.relsPK-!kytheme/theme/themeManager.xmlPK-!sztheme/theme/theme1.xmlPK-! ѐ' theme/theme/_rels/themeManager.xml.relsPK] : 1#PN23}k/?GQ`uǒ޶k&233~  !!8@0(  B S  ? 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