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La vivienda cuenta con Cdula de Habitabilidad Nmero 2005/1084, Clase B, expedida por el Servicio de Vivienda del Gobierno de Navarra. Se incorpora al expediente el certificado de eficiencia energtica de edificios existentes de fecha 4 de julio de 2013. 2.- PRECIO DEL ARRENDAMIENTO El precio base de licitacin anual para la subasta del arrendamiento del piso ser de 3.600,00 euros. (IVA incluido). El precio de adjudicacin ser pagadero en doce mensualidades adelantadas. 3.- DURACION DEL ARRENDAMIENTO. La duracin del arrendamiento es de 1 ao, contado desde la fecha 1 de octubre del 2016. La duracin del arrendamiento ser susceptible de modificacin o prrroga de mutuo acuerdo, por periodos iguales, antes de la finalizacin del contrato. La prrroga se entender automtica siempre que no exista manifestacin, bien por el Ayuntamiento, bien por el arrendatario, con una antelacin mnima de dos meses antes de la finalizacin del contrato. El precio ser revisado en la fecha en que se cumpla cada ao de vigencia de contrato, aplicando al precio correspondiente a la anualidad anterior la variacin porcentual experimentada por el Indice General del Sistema de Indices de Precios de Consumo de Navarra, en un perodo de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualizacin, tomando como mes de referencia para la actualizacin el que corresponda al ltimo ndice que estuviera publicado en la fecha de celebracin del contrato y, en las sucesivas, el que corresponda al ltimo aplicado. 4.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR Estn capacitadas para intervenir las personas con capacidad para contratar, es decir las personas naturales y jurdicas, espaolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estn afectados por ninguna de las causas que enumera la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos, como prohibiciones para contratar (artculo 18). Los licitadores podrn concurrir solos, en unin temporal o en participacin conjunta. En estos dos ltimos supuestos los licitadores agrupados quedarn obligados solidariamente ante la Administracin, indicarn la participacin de cada uno de ellos y debern nombrar un representante o apoderado nico con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extincin del mismo. Asimismo en el supuesto de Uniones temporales ser precisa la formalizacin de la unin en escritura pblica, si bien dicho requisito no ser exigible hasta el momento en que se haya efectuado la adjudicacin a su favor. En los supuestos de unin temporal de empresarios o en el de licitadores en participacin conjunta debern cumplir los requisitos exigidos y no estar afectados por las prohibiciones ni incompatibilidades para contratar todos y cada uno de los integrantes de la unin. 5.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO La forma de adjudicacin ser la subasta pblica, por el procedimiento de a pliego cerrado, adjudicndose al mejor postor y sin perjuicio de los supuestos en que la misma se declare desierta de conformidad con lo dispuesto en la clusula 8 del presente pliego. 6.- CONSTITUCIN DE GARANTIA PROVISIONAL La fianza que se establece para poder participar en la subasta se fija en 2% del valor estimado del contrato que asciende a 72,00 euros. El importe de la garanta podr constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artculo 53 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos y se ingresar en Depositaria Municipal haciendo constar que se ingresa en concepto de garanta. 7.- PRESENTACIN DE PROPOSICIONES Las proposiciones se presentarn en el Registro General del Ayuntamiento de Betelu, durante los dieciocho das naturales siguientes a la publicacin del anuncio de licitacin en el Portal de Contratacin de Navarra, mediante instancia cuyo modelo se acompaa como Anexo I. Tambin podrn presentarse proposiciones por cualquiera de los medios previstos en el artculo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, en cuyo caso el interesado deber acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposicin del envo en la Oficina de correos y anunciar el mismo da al rgano de contratacin, por fax Telex o telegrama, la remisin de la proposicin. Sin tales requisitos no ser admitida la proposicin en el caso de que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitacin. El Registro General acreditar la recepcin del referido telegrama con indicacin del da de su expedicin y recepcin y el nmero de entrada correspondiente. La instancia (Anexo I) vendr acompaada de dos sobres cerrados denominados: SOBRE 1.-Documentacin Personal- Subasta Pblica arrendamiento de inmueble municipal. SOBRE 2.- Documentacin Econmica- Subasta Pblica arrendamiento de inmueble municipal. El Sobre 1.- Documentacin Personal contendr la siguiente documentacin: 1.- Documento o documentos que acrediten la personalidad del licitador y la representacin en su caso, del firmante de la proposicin, consistentes: 1.1.- Original o fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas fsicas o empresarios individuales, o original o fotocopia compulsada de la escritura pblica de constitucin de la sociedad mercantil debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurdica. 1.2.- Quienes comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona, presentarn Poder notarial bastante inscrito en el Registro Correspondiente y el D.N.I o documentacin que acredite la personalidad del representante. 2.- Resguardo acreditativo de la constitucin de la garanta provisional. 3.- Declaracin responsable del licitador haciendo constar que no se haya incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el artculo 18 de la Ley Foral de Contratos Pblicos, conforme al modelo que figura en el Anexo II. 4- Declaracin jurada, conforme al modelo incluido como Anexo III, de estar al corriente en el pago de toda clase de dbitos al Ayuntamiento. La inexactitud de este dato, que se comprobar al momento de la apertura de sobres, podr ser subsanado en el plazo que se cita en la Condicin 8 del Pliego. En el caso de que concurran dos o ms personas a la licitacin conjuntamente, debern aportar la documentacin personal de cada una de ellas y, asimismo, indicar en que porcentaje participa cada una de ellas y, declaracin de que asumen de forma solidaria el cumplimiento de las obligaciones dimanantes de su participacin en la subasta, debiendo nombrar ante el Ayuntamiento de Betelu la persona que le representar en las actuaciones administrativas de la subasta. Con la suscripcin de las declaraciones que tienen que efectuar los oferentes segn el modelo que se adjunta como Anexo II de no estar incurso en alguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administracin- stos aceptan expresamente la nulidad del contrato a partir de la fecha en que, en su caso, se demuestre la falsedad de la declaracin presentada en relacin con la capacidad o compatibilidad de contratar, admitiendo igualmente la prdida de la fianza. En lo que respecta al hecho de no tenencia de dbitos con el Ayuntamiento de Betelu, la Mesa de Contratacin comprobar el dato de oficio y ello podr ser subsanado en el plazo que se cita en la clusula 8 del presente pliego. El SOBRE 2.- Documentacin econmica. El modelo de proposicin econmica, debidamente firmada se ajustar al modelo contenido en Anexo IV del presente pliego. Los documentos que para el cumplimiento de lo anterior se presenten, debern ser originales. Si se presentan copias o fotocopias de los mismos, debern estar autenticadas notarial o administrativamente. 8.- APERTURA DE PROPOSICIONES Concluido el plazo de presentacin de proposiciones, la Mesa de Contratacin se reunir y proceder a la calificacin de la documentacin personal presentada por los licitadores en el Sobre 1 en sesin no pblica. A los efectos de la expresada calificacin la Presidencia ordenar la apertura del sobre de Documentacin Personal, con exclusin del relativo al de Documentacin Econmica. Si la mesa de contratacin observase defectos materiales en la documentacin presentada podr conceder, si lo estima conveniente un plazo no superior a 5 das para que el licitador lo subsane o complete. En este supuesto la Mesa se volver a reunir para calificar la documentacin aportada. Si la documentacin contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables se rechazar la proposicin, siendo una de las deficiencias no subsanables la no presentacin de la garanta establecida en la clusula sexta. La Mesa de Contratacin en acto pblico, que se comunicar con carcter previo a los licitadores, dar cuenta del resultado de la calificacin de la documentacin general presentada por los licitadores en el sobre 1 indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusin e invitando a los asistentes a formular observaciones que se recogern en el acta. A continuacin la Mesa de Contratacin proceder a la apertura del sobre 2 y dar lectura de las proposiciones econmicas formuladas por ellos, acordando la Mesa de Contratacin la propuesta de adjudicacin al postor que oferte el precio ms alto. Se declarar desierta la subasta si no se presentan ofertas, si las presentadas son inferiores al precio de licitacin sealado en la clusula segunda de este pliego o si no se cumplen las condiciones recogidas en el presente pliego. La propuesta de adjudicacin efectuada por la Mesa de Contratacin no crear derecho alguno en favor del adjudicatario provisional frente a la Administracin. 9.- SEXTEO La adjudicacin en el acto de subasta de conformidad con el artculo 229.5 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administracin Local, es provisional y podr ser mejorada con el aumento de la sexta parte, como mnimo, sujetndose el sexteo a las reglas contempladas en dicho artculo y que son las siguientes: - Deber formularse dentro de los seis das siguientes a contar desde la hora anunciada para la subasta, y terminar a la misma hora del sexto da siguiente incluyendo los festivos. - Podr ser formulado por cualquier persona legalmente capacitada, aunque no haya sido licitadora en la subasta, siempre que haya constituido previamente la garanta provisional. - Puede formularse por escrito o verbalmente mediante comparecencia ante el Secretario, que en todo caso extender diligencia firmada por el interesado, consignando da y hora de la presentacin. -Formalizado el sexteo, se celebrar nueva subasta dentro de los cuatro das hbiles siguientes al de terminacin del plazo sealado para su ejercicio. La entidad local estar obligada a poner en conocimiento del licitador en cuyo favor hubiera recado la propuesta de adjudicacin que su postura ha sido mejorada en la sexta parte con indicacin expresa de la fecha de la subasta definitiva. - Para la subasta definitiva servir de tipo de tasacin el que resulte de la mejora formulada, publicndose a este fin el anuncio correspondiente en el tabln de anuncios, sealando con dos das naturales de antelacin, cuando menos, la fecha y hora en que haya de tener lugar la nueva subasta, que se celebrar en igual forma que la originaria. Si no concurren licitadores, se propondr la adjudicacin a favor del sexteante. -Se levantar acta de la nueva subasta celebrada y se anunciar su resultado en la forma prevista en el ltimo prrafo del apartado 4 de este artculo. - Dentro de los tres das hbiles siguientes al de la fecha de la propuesta de adjudicacin, cualquier persona, aunque no haya sido licitadora, podr alegar por escrito los defectos de tramitacin de la licitacin y en especial los relativos a la capacidad jurdica de los licitadores, y solicitar la adopcin de la resolucin que a su juicio proceda sobre la adjudicacin. Los anuncios de licitacin y de adjudicacin se publicarn en el tabln de anuncios de la entidad local respectiva y en el Portal de Contratacin. 10.- ADJUDICACIN DEFINITIVA Declarada vlida la forma de adjudicacin del contrato, el Pleno realizar la adjudicacin definitiva. 11.- FORMALIZACION DEL CONTRATO El contrato se formalizar dentro del plazo de quince das naturales a contar desde el da siguiente a la notificacin de la adjudicacin, mediante documento que podr ser notarial o administrativo. El licitador que haya resultado adjudicatario deber presentar, como requisito previo e indispensable para la formalizacin del contrato, los siguientes documentos: Resguardo acreditativo de haber consignado, a favor del Ayuntamiento de Betelu, la garanta definitiva por importe 300 euros equivalente a una mensualidad de renta. La garanta sealada responder de la buena ejecucin del contrato y no ser cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garanta y cumplido satisfactoriamente el contrato. La presentacin de dichos documentos, que debern ser originales o copias autenticadas notarial o administrativamente, deber realizarse dentro del plazo de 7 das naturales, contados desde el siguiente a la notificacin de la adjudicacin. Todos los gastos e Impuestos que se originen por cuenta del presente contrato sern por cuenta del adjudicatario. El adjudicatario adems del contrato deber firmar el pliego de clusulas administrativas particulares, que se incorporar como documento anexo al mismo. 12.- OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO. 1. Ser de cuenta del arrendatario el abono del agua, electricidad, tasa de basuras y gas consumidos, si bien el Ayuntamiento entregar el piso con las instalaciones y acometidas efectuadas. Los recibos domiciliados de agua, electricidad y basuras de la vivienda se le cargarn en el nmero de cuenta corriente que el arrendatario indique. A da de hoy, no existen gastos de escalera y elementos comunes, siendo los vecinos del portal los que acuerden cmo llevar a cabo la limpieza etc. 2. El coste del gas se abonar al Ayuntamiento en forma de mensualidad constante cada perodo de un ao. Al final del ao se liquidar la cuenta segn la diferencia entre lo pagado y lo consumido. El consumo del gas se controlar a travs del contador de gas que existe prximo a la instalacin de depsito en la parcela colindante al edificio. La aportacin mensual del primer ao ser de 50 euros/mes que se abonarn al principio de cada mes lo mismo que la renta. La cantidad a abonar al Ayuntamiento cada mes de los aos sucesivos se calcular ponderando el consumo del ao inmediatamente anterior dividido entre 12. 3. El arrendatario no podr ceder ni subarrendar el local sin autorizacin expresa del Ayuntamiento. Tampoco podr realizar obras que modifiquen la estructura del inmueble ni cambiar el destino del piso sin la referida autorizacin. 4. El arrendatario se obliga a mantener el piso en las debidas condiciones de seguridad y salubridad, as como a reintegrarlo al trmino del plazo pactado, en las mismas condiciones en que le fue entregado. 13.-CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO Sern causas de resolucin del contrato las siguientes: 1. El vencimiento del plazo de arrendamiento. 2. La muerte del arrendatario o la extincin de personalidad jurdica de la sociedad contratista. 3.- El mutuo acuerdo entre la Administracin y el contratista. 4.- El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales. 5.- Cualquiera otra sealada en el presente Pliego o derivada de otras disposiciones legales o reglamentarias. 14.- REGIMEN JURDICO APLICABLE En lo no previsto expresamente en el presente pliego ser de aplicacin la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos, la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administracin Local de Navarra, el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra, la compilacin Foral de Navarra o Fuero Nuevo y el Cdigo Civil. 15.- JURISDICCIN COMPETENTE.- Las controversias que se susciten entre los concurrentes a la subasta (resulten adjudicatarios o no) y el Ayuntamiento de Betelu en relacin con la preparacin y adjudicacin del contrato sern sustanciadas ante el rgano de contratacin cuya resolucin podr recurrirse ante el Tribunal Administrativo de Navarra o bien ante la Jurisdiccin Contencioso-Administrativa con los recursos respectivos. Las controversias que se susciten entre el adjudicatario y el Ayuntamiento en relacin con el resto de las cuestiones derivadas del contrato, relativas los efectos y extincin del mismo sern sustanciadas ante la Jurisdiccin Civil y mediante el ejercicio de las acciones que correspondan de conformidad con la Ley de Enjuiciamiento Civil. 16.- INCUMPLIMIENTO El incumplimiento del condicionado en cualquiera de sus partes conllevar la resolucin del contrato, teniendo asimismo la presente clusula carcter real y eficacia plena ante terceros. DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente Pliego ha sido aprobado en la Sesin que el Pleno de Betelu celebr en fecha 26 de abril de 2016. El Alcalde, El Secretario, Miguel Javier Recalde Goldaraz Joanes Aleman Ollo ANEXO I INSTANCIA Don/Doa _________________________ , con D.N.I/C.I.F nmero __________________, domicilio a efectos de notificaciones en _____________, Calle _________________, C.P _________ telfono ________________, fax _________________________, Correo electrnico ________________, en nombre propio o en representacin de _____________ EXPONE: Que enterado/a del Pliego de Condiciones para el arrendamiento, mediante subasta pblica, del inmueble municipal vivienda sita en la Calle Mayor N 7 1 Izq. de Betelu y conforme con el mismo, SOLICITA: Ser admitido en dicha subasta indicando que ser el firmante o su representado quien formalice la puja econmica y suscriba el contrato con el Ayuntamiento de Betelu en caso de resultar adjudicatario. Acompao el sobre de documentacin personal y el sobre de documentacin econmica. Betelu a __ de ____de ____. Firma NOTA: EN caso de que concurran dos o ms personas a la licitacin conjuntamente debern indicar en todas las instancias los datos personales de cada licitadora. Asimismo debern presentar un documento en el que sealen en que porcentaje participa cada una de ellas, la asuncin solidaria del cumplimiento de las obligaciones dimanantes de su participacin en la subasta, debiendo nombrar ante el Ayuntamiento de Betelu la persona que le representar en los actos administrativos relacionados con la subasta. ANEXO II DECLARACION JURADA SOBRE CAPACIDAD O COMPATIBILIDAD PARA CONTRATAR Don/Doa _________________________, con D.N.I/N.I.F nmero __________________, domicilio a efectos de notificacin en _________________, Calle ___________, C.P ___________, telfono ________________, fax _________________, en nombre propio o en representacin de ______ subscribe la presente DECLARACION RESPONSABLE: Que tiene capacidad de obrar para la ejecucin del contrato. Que no se encuentra incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad previstas por el artculo 229 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administracin Local de Navarra y artculo 18 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Pblicos, aceptando expresamente la nulidad del contrato a partir de la fecha en que, en su caso, se demuestre la falsedad de la presente declaracin. Betelu, a __de ____ de ______ Firma ANEXO III DECLARACIN JURADA DE ESTAR AL CORRIENTE DE PAGOS CON EL AYUNTAMIENTO Don/Doa .................................................................., en su calidad de..........................., con DN.I./C.I.F. ..............................., DECLARA BAJO JURAMENTO: Que (l o la Sociedad a la que representa) no adeuda cantidad alguna, bajo ningn concepto, al Ayuntamiento de Betelu ni a entidades al mismo incorporadas o asociadas. Lo que firmo en Betelu, a ______________. ANEXO IV PROPOSICION ECONOMICA D./D. _______________, mayor de edad, vecino de ___________con domicilio en ________________ titular del D.N.I/C.I.F nmero __________ en nombre propio o en representacin de ______________, (lo que acredito con poder declarado bastante), enterado/a del Pliego de Condiciones para arrendamiento, mediante subasta pblica, del inmueble municipal vivienda sita en la Calle Mayor N 7 1 izq. de Betelu, propiedad del Ayuntamiento de Betelu, conforme con las mismas OFERTA por el mismo la cantidad de: ________________ euros IVA incluido (indicar cantidad en nmero). Betelu a __ de ____de ____. Firma     PAGE 1 PAGE 1 A Y U N T A M I E N T ODE LA VILLA DE BETELU31890 (NAVARRA)BETELUKO UDALA !"op{} & +  ェ~pbpQ h0Pgh SHCJOJQJ^JaJhCJOJQJ^JaJh SHCJOJQJ^JaJheq.CJNHOJQJ^JaJheq.CJOJQJ^JaJhNT=CJOJQJ^JaJ$h0PghNT=CJNHOJQJ^JaJ h0PghNT=CJOJQJ^JaJ#h0Pgh 5CJOJQJ^JaJhnc5CJOJQJ^JaJ h0Pgh CJOJQJ^JaJ!" t u  $a$gd SH $`a$gd SH $`a$gdNT= $`a$gd0Pg $ 8!a$gd0Pgdgd0Pg$a$gd0PgW\\ c d g l s ͼ{j{W{H6{#h0Pgh 5CJOJQJ^JaJhnc5CJOJQJ^JaJ$h0Pgh CJNHOJQJ^JaJ h0Pgh0PgCJOJQJ^JaJ h0Pgh CJOJQJ^JaJh]CJOJQJ^JaJ hTjh (CJOJQJ^JaJ hTjh0PgCJOJQJ^JaJ h.EhCJOJQJ^JaJ h.Eh.ECJOJQJ^JaJ hTjhCJOJQJ^JaJ hTjh CJOJQJ^JaJ L  gh   UV^_ $`a$gdncdgd0Pg $x`a$gd0Pg $`a$gd0Pg$a$gd0Pg     < = I L Vͼt_H7 h0Pgh CJOJQJ^JaJ,h0Pgh 6B*CJOJQJ^JaJph)h0Pgh B*CJOJQJ^JaJph)hTjhB*CJOJQJ^JaJph)hTjh B*CJOJQJ^JaJphh]CJNHOJQJ^JaJh]CJOJQJ^JaJ hTjh CJOJQJ^JaJ h.EhTjCJOJQJ^JaJ h.EhCJOJQJ^JaJ h.Eh CJOJQJ^JaJVW efPQ|}TU  U)HOP^_`ʻܪܻʪ{lh 5CJOJQJ^JaJhCJOJQJ^JaJhHCJOJQJ^JaJ$h0Pgh0PgCJNHOJQJ^JaJ h0Pgh0PgCJOJQJ^JaJhnc5CJOJQJ^JaJ#h0Pgh 5CJOJQJ^JaJ h0Pgh CJOJQJ^JaJ$h0Pgh CJNHOJQJ^JaJ'`{  cd;<Ϳͣ͐͐~o]L; h0Pgh0PgCJOJQJ^JaJ h0Pgh CJOJQJ^JaJ#h0Pgh 5CJOJQJ^JaJhnc5CJOJQJ^JaJ#h0Pghnc5CJOJQJ^JaJ$hnchncCJNHOJQJ^JaJhncCJOJQJ^JaJh%&CJOJQJ^JaJhHCJOJQJ^JaJ hnchncCJOJQJ^JaJhh.5CJOJQJ^JaJ#hnchnc5CJOJQJ^JaJ;<NOZ[^_A }!~! $`a$gd0Pg $`a$gd0Pg$a$gd0Pg $`a$gdnc$a$gdnc<=NO2?@Z[6DRS^_mӲӤӖӲӲӈӈӲvӲӤ#h0Pgh0Pg>*CJOJQJ^JaJhCJOJQJ^JaJh_IHCJOJQJ^JaJhHCJOJQJ^JaJhncCJOJQJ^JaJ$h0Pgh0PgCJNHOJQJ^JaJ h0Pgh0PgCJOJQJ^JaJh]CJOJQJ^JaJh0PgCJOJQJ^JaJ. }!~!!!""""q#r#####5%6%f%l%%%p&q&*'+'''''K(L(Z(z((((((()))))* h0Pgh CJOJQJ^JaJ#h0Pgh0Pg>*CJOJQJ^JaJhCJOJQJ^JaJh0PgCJOJQJ^JaJhncCJOJQJ^JaJ$h0Pgh0PgCJNHOJQJ^JaJ h0Pgh0PgCJOJQJ^JaJ2~!!!""##%''((1)2))*****++y,z,, $`a$gdnc $`a$gd0Pg$a$gd0Pg $`a$gd0Pg****{*|***++++++x,z,,,8-X-t-u----- . ../////000001111ͼqhI$CJOJQJ^JaJhQ'CJOJQJ^JaJhHCJOJQJ^JaJhncCJOJQJ^JaJ$h0Pgh0PgCJNHOJQJ^JaJ h0Pgh0PgCJOJQJ^JaJ h0Pgh CJOJQJ^JaJ#h0Pgh 5CJOJQJ^JaJhnc5CJOJQJ^JaJ(,,--.///(0111111223f4*56_88m:n: $`a$gd0Pg $^a$gd4+ $^a$gd4+$a$gd4+ $`a$gdnc$a$gd0Pg1111 222243L3333333T4U4f4h455*5+566^6_6666677Z8[8_8`888889999R:S:m:ή$h4+h4+CJNHOJQJ^JaJ h4+h4+CJOJQJ^JaJ#h4+B*CJOJQJ^JaJph333h4+CJOJQJ^JaJ h0Pgh0PgCJOJQJ^JaJhncCJOJQJ^JaJ#h0Pgh0Pg5CJOJQJ^JaJ0m:n:;;; ;9;W;[;a;r;s;;;;;l<m<<<=!=H=a=b=f====˹ګڊ˹ttjj^jTHhI$CJNHOJQJhI$CJOJQJhHCJNHOJQJhHCJOJQJhCJNHOJQJhCJOJQJ$h0Pgh0PgCJNHOJQJ^JaJhiCJOJQJ^JaJhncCJOJQJ^JaJ#h0Pgh0Pg5CJOJQJ^JaJhnc5CJOJQJ^JaJ h0Pgh0PgCJOJQJ^JaJ(h4+hQ'CJOJQJ^JaJmH sH n:;;; ;;;;;q<r<====>>s?t???@@$a$gd $`a$gd $`a$gdnc $`a$gdnc$a$gd0Pg $`a$gd0Pg===]>^>b>c>>>s?t???????6@7@>@?@S@r@@@@@@@@@@@qbqThmCJOJQJ^JaJhnc5CJOJQJ^JaJ#h0Pgh0Pg5CJOJQJ^JaJh5CJOJQJ^JaJhh.CJOJQJ^JaJ$h0Pgh0PgCJNHOJQJ^JaJhI$CJOJQJ^JaJ h0Pgh0PgCJOJQJ^JaJhCJNHOJQJhCJOJQJhCJOJQJ^JaJhI$CJOJQJ @@@iAjAABBBCCiDjDEEEEFFFF GQG $`a$gdd $`a$gd# $`a$gd0Pg$a$gd0Pg $`a$gd@@AKALAhABBBB5C6CCCDDEEEEQEREEEEEEFFFFFᑃugU#h0Pgh0Pg5CJOJQJ^JaJhdCJOJQJ^JaJhCJOJQJ^JaJhQ'CJOJQJ^JaJ h0PghmCJOJQJ^JaJhmCJNHOJQJ^JaJh0PgCJOJQJ^JaJhCJOJQJ^JaJ$h0Pgh0PgCJNHOJQJ^JaJhmCJOJQJ^JaJ h0Pgh0PgCJOJQJ^JaJFFFFFGGGG=H>HHHHHHHHHHIIII J!J"J?J@JJJJJ7K8KKKLLLL(M*MZZZ[&[9[:[R[s[~[[[[[[[[[ʠ/hCJOJQJ^JaJ h!ph!pCJOJQJ^JaJhHCJOJQJ^JaJhh.CJOJQJ^JaJh!pCJOJQJ^JaJ$h!phncCJNHOJQJ^JaJ#h!phnc5CJOJQJ^JaJ h!phncCJOJQJ^JaJ29X:XXYYYYYYYYY[[[1\2\3\O\U\V\W\Y\gd!p$8^8`a$gd!p $`a$gd!p $`a$gd!p$a$gd!p$a$gd!p[[[[ \3\9\W\X\Z\[\]\^\`\a\c\d\j\k\l\m\n\p\q\w\x\y\z\{\|\\\\\\\\\\\º~y~ys hCJ h5 hCJjhUheq.0JmHnHuhh0JmHnHu h0Jjh0JUh:jh:U h!phncCJOJQJ^JaJ h!ph!pCJOJQJ^JaJh!pCJOJQJ^JaJhncCJOJQJ^JaJ'Y\Z\\\]\_\`\b\c\n\o\p\{\}\~\\ $$Ifa$2kd$$IfFj  4 Fa $h$If]ha$h]h&`#$\\\\\\\]2kd$$IfFj  4 Fa2kd$$IfFj  4 Fa $$Ifa$2kd=$$IfFj  4 Fa\\\\\\\\\gd!p $ da$gd2kd3$$IfFj  4 FaG000PP&P P:p. 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