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Podrán contratar las personas naturales o jurídicas, espańolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las causas de prohibición para contratar establecidas en el artículo 18 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos. Además no deberán mantener deuda tributaria alguna con este Ayuntamiento. 4.1 SOLVENCIA ECONOMICA Y FINANCIERA. El nivel de solvencia económica y financiera del presente contrato se acreditará mediante los siguientes medios: a) Presentación de Póliza de responsabilidad civil de la empresa. b) La presentación de balances o de extractos de balances de la empresa publicados en el Registro Mercantil. c) Una declaración sobre el volumen global de negocios en el ámbito de actividades objeto del contrato, referida como a los tres últimos ejercicios. 4.2 SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL DEL LICITADOR HYPERLINK "javascript:n(4990,17);" . Los licitadores deberán acreditar la capacitación técnica o profesional para la adecuada ejecución del presente contrato, bien por disponer de experiencia anterior en contratos similares o por disponer del personal y medios técnicos suficientes. El nivel de solvencia técnica o profesional para el presente contrato se acreditará mediante los siguientes medios: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos ańos, avalada por certificados de buena ejecución de las más importantes donde conste el importe, la fecha y el lugar de ejecución de la obra, con indicación de si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y si se llevaron normalmente a buen término. b) Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el licitador es capaz de ejecutar. c) Declaración sobre la maquinaria, el material y el equipo técnico del que dispondrá el empresario o profesional para ejecutar el contrato. d) Indicación de la parte del contrato que el licitador vaya a subcontratar expresando los subcontratistas que vayan a intervenir de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 15. 5.- GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA. Para poder presentar proposiciones será requisito indispensable que el licitador acompańe a la oferta el justificante de haber depositado en la cuenta bancaria de LA CAIXA del AYUNTAMIENTO DE IBARGOITI la garantía provisional por un importe equivalente al 2% del presupuesto del contrato, IVA incluido, constituida en cualquiera de las formas previstas en el Art. 53 de la Ley Foral 6/2006 de Contratos Públicos. La garantía provisional será devuelta a los interesados inmediatamente después de la adjudicación del contrato, siendo retenida al adjudicatario. Esta garantía será incautada a aquél que resultando adjudicatario no formalice el contrato de obra correspondiente. Previamente a la formalización del contrato, el adjudicatario deberá constituir garantía definitiva cuya cuantía ascenderá al 4% del presupuesto de adjudicación, sin IVA. Esta garantía definitiva podrá constituirse, asimismo, en cualquiera de las formas previstas en la el Art. 95 de la Ley Foral 6/2006 de Contratos Públicos. En caso de constituirse en aval, éste tendrá carácter ejecutivo a favor del Ayuntamiento de IBARGOITI, y contendrá la siguiente diligencia: "Este aval no podrá ser cancelado sin la autorización del Ayuntamiento de IBARGOITI." Dicha garantía quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones del contratista hasta el momento de la finalización del plazo de garantía y, en particular, al pago de las penalidades por demora así como a la reparación de los posibles dańos y perjuicios ocasionados por el contratista durante la ejecución del contrato. Las garantías podrán ser objeto de incautación en los casos de resolución por incumplimiento con culpa del contratista conforme a lo previsto en el Artículo 125.3. de la Ley Foral de Contratos Públicos. 6.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Los licitadores deberán presentar 3 SOBRES cerrados, indicando en cada uno de ellos el nombre de la obra y la identificación de la empresa, y conteniendo cada uno de ellos la documentación que a continuación se refleja: SOBRE 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA 1. Declaración responsable del licitador, conforme al Anexo 2. 2. Documentos relativos a la justificación de la solvencia económica / financiera: - Justificante y el recibo de pago, vigente, de la póliza de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 300.000 euros por siniestro. - La presentación de balances o de extractos de balances de la empresa publicados en el Registro Mercantil correspondientes a los dos últimos ańos. - Una declaración sobre el volumen global de negocios en el ámbito de actividades objeto del contrato, referida como a los tres últimos ejercicios. 3. Documentos relativos a la justificación de la solvencia técnica: - Relación de los principales contratos de obra, realizados durante los cinco últimos ańos, avalada por certificados de buena ejecución donde conste el importe, la fecha y el lugar de ejecución de la obra, con indicación de si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y si se llevaron normalmente a buen término. - Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el licitador es capaz de ejecutar, en los casos en que sea procedente, para la adjudicación de contratos de obras y asistencia  HYPERLINK "javascript:n(4990,18);" . - Indicación de la parte del contrato que el licitador vaya a subcontratar expresando los subcontratistas que vayan a intervenir de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 15. - La relación de maquinaria, material, equipo técnico y plantilla para ejecutar la obra, debiendo ser suficiente a juicio de la dirección facultativa. - El resguardo acreditativo de haber depositado la garantía provisional. - Si se trata de empresas que concurren conjuntamente, deberá presentarse un documento que exprese la voluntad de las partes de constituirse en UTE o figura similar en el caso de resultar adjudicatario del contrato, así como los porcentajes de participación. SOBRE 2: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Se incluirá: - La documentación relativa a los aspectos puntuables en el procedimiento, indicados en este pliego. - Declaración sobre minusválidos de la empresa y sobre trabajadores eventuales, de conformidad con el anexo 3. SOBRE 3: PROPOSICIÓN ECONÓMICA Proposición económica en la que se haga constar la cantidad por la que el licitador se compromete a ejecutar el objeto del contrato, esto es, la totalidad de la obra. Los tres sobres se presentarán en la Sede de la Mancomunidad de Servicios Administrativos Izaga, sita en Monreal, antes de la fecha y hora límite indicada en el anuncio del Portal de Contratación. Podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta por, fax (948 362229) o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo seńalado en el pliego. Transcurridos, no obstante, cuatro días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso. 7.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Para la adjudicación del procedimiento se tendrán en cuenta los siguientes criterios, con sus correspondientes ponderaciones: A. Valor Técnico de la oferta....................................................................... 40 puntos. B. Oferta económica..................................................................................... 50 puntos. C. Plan de Aseguramiento de la Calidad..................................................... 5 puntos. D. Servicio post-construcción....................................................................... 5 puntos. A. Valor técnico de la oferta (de 40 puntos). Se valorará: 1.- Conocimiento de la obra. Interferencias y terminaciones de la obra ya ejecutada y seguimiento y control de afecciones. Hasta 10 puntos (tráfico, jardines, accesos a viviendas y bajeras, construcciones antiguas, etc.) Puesta en servicio y pruebas. 2.- Planificación y organización de la obra. Hasta 15 puntos. Se incluirá: Plan de obra con plazos parciales y totales, y valoración elaborada con precios de proyecto, sin coeficientes de oferta, del importe previsto de certificaciones mensuales y a origen. El programa de trabajo se expresarán las fechas de inicio y final de las actividades, así como las obras elementales sujetas a plazos parciales de finalización. El plazo de ejecución de las obras no podrá sobrepasar el establecido como máximo en este pliego. Documento explicativo y justificativo del plan de obra propuesto, incluyendo descripción de las actividades, tipos, rendimientos y duración, vínculos entre ellos, ubicación en el tiempo, calendario de trabajo y plazos finales propuestos. Organización de la maquinaria y mano de obra dispuesta para garantizar el plan de obra de acuerdo al proceso constructivo previsto. Análisis de los condicionantes internos y externos que puedan influir en el cumplimiento del plan de trabajo, medidas que se adoptarán para limitarlas y márgenes disponibles. 3.- Análisis de la problemática de ejecución de la obra y medidas que se plantean para su resolución. Hasta 15 puntos. Se incluirá: Previsión de subcontratas, que en ningún caso podrán superar el 50% del importe del contrato. Descripción de los procesos constructivos previstos y su grado de fiabilidad y garantía en cuanto a calidad de ejecución, cumplimiento del plazo de ejecución y seguridad y salud de los operarios. Mejoras propuestas por el ofertante para un mejor cumplimiento del objetivo de las obras, que podrán consistir la colocación de un paso canadiense. B. Oferta económica (de 50 puntos). No se podrán efectuar ofertas al alza con respecto al tipo establecido. La puntuación de la oferta económica se obtendrá de la siguiente forma: 1ş.- Se calculará el porcentaje de baja de cada una de las ofertas, con arreglo a la siguiente fórmula: Porcentaje de Baja =100 - (Op*100/ Base Licitación)Donde: - Op corresponde a la oferta presentada. 2ş.- La oferta económica que represente la mayor baja porcentual, se puntuará con 55 puntos y las restantes de manera directamente proporcional a la anterior, según la siguiente fórmula: Puntuación =Op x PmOmDonde: - Op corresponde al porcentaje de baja a puntuar; - Pm corresponde a puntuación máxima a otorgar y - Om corresponde al porcentaje de baja mayor. C. Plan de Aseguramiento de la Calidad (de 5 puntos) Se incluirá un plan de aseguramiento de la calidad específico para la obra, con identificación de materiales y de unidades de obra, estructura y organización de la obra, actividades de inspección y ensayo, etc. y todo ello con la mayor profundidad posible. Se prestará atención para que no queden unidades importantes fuera de control en el plan. D. Servicio post-construcción (de 5 puntos). En su caso descripción del servicio post-construcción que el licitador se compromete a realizar y aumento del plazo de garantía si lo hubiese. El aumento del plazo de garantía conllevará la retención del aval definitivo durante la totalidad del periodo ofertado. La puntuación se considerará con dos decimales. En caso de empate en la puntuación entre dos o más licitadores, éste se dirimirá a favor de la empresa que tenga un mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad, siempre que éste no sea inferior al 3 por 100; en su defecto o persistiendo el empate, a favor de la empresa con un menor porcentaje de trabajadores eventuales, siempre que éste no sea superior al 10 por 100 y, en su defecto o persistiendo empate, a favor de la empresa que acredite la realización de buenas prácticas en materia de género. A tal efecto, la Mesa de Contratación o la unidad gestora del contrato requerirán la documentación pertinente a las empresas afectadas, otorgándoles un plazo mínimo de cinco días para su aportación. En los casos en que en aplicación de los criterios anteriores persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo. 8.- MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES. La mesa de contratación estará formada por: El Alcalde del Ayuntamiento, José Javier Eslava Armendáriz. Un Concejal del Ayuntamiento José Javier Urdaci Uceda. El Técnico Director de las obras, Ivan Lakidain Torres. La Secretaria del Ayuntamiento. La Interventora del Ayuntamiento. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá, en sesión no pública, a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre 1 para comprobar que se reúnen las condiciones para ser admitido al procedimiento y a la apertura de la propuesta técnica con el fin de adjudicar los puntos de los criterios de adjudicación mediante la aplicación de los criterios establecidos en el punto 7 de este pliego. En los casos en que la documentación administrativa sea incompleta o presente alguna duda, se requerirá a los licitadores para que completen o subsanen los certificados y documentos presentados, otorgándoles un plazo de, al menos cinco días. Si la documentación contuviese defectos substanciales o deficiencias materiales no subsanables o no acreditase convenientemente los requisitos de solvencia técnica, se rechazará la proposición. 9.- APERTURA DE PROPOSICIONES ECONÓMICAS La Mesa de Contratación, en acto público, efectuará la apertura de las proposiciones económicas admitidas según lo siguiente: Lugar de apertura pública: Sede de la Mancomunidad Izaga, sita en Monreal. Fecha y hora de apertura: La indicada en Anuncio del Portal de Contratación. En este acto se informará sobre el resultado de la apertura de los SOBRES 1 y 2. 10.- ADJUDICACIÓN A la vista de las ofertas económicas presentadas, y mediante la aplicación de los criterios establecidos en el este pliego, la mesa de contratación establecerá la valoración final del procedimiento, elevando al Órgano de contratación las proposiciones económicas, junto con el acta y la propuesta que estime pertinente. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, el Órgano de Contratación tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios establecidos en el punto 7 de este Pliego, siempre que ésta resulte susceptible de normal cumplimiento, o declarar el procedimiento desierto si ninguna de las proposiciones se estima adecuada. 11.- OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS Se considerarán anormalmente bajas las ofertas que sean inferiores en más de 30 por ciento al valor estimado del contrato. En tales casos, el órgano de contratación, antes de rechazar la oferta, lo comunicará a todos los licitadores afectados para que en el plazo de cinco días presenten las alegaciones oportunas, de conformidad con el Art. 92 de la ley Foral 6/2006 de 9 de junio, de Contratos Públicos. A la vista de las alegaciones de los licitadores y previo el asesoramiento técnico oportuno, se resolverá motivadamente sobre la admisión de dicha oferta. 12.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Una vez decidida la adjudicación, se notificará al adjudicatario para la formalización del oportuno contrato, que deberá formalizarse dentro de los quince días naturales siguiente a la finalización del período de suspensión. En el contrato deberán estipularse, además de las condiciones ya prescritas en el pliego, aquellas observaciones técnicas, jurídicas y económicas que haya considerado convenientes el órgano competente para el buen fin de la obra. Previamente a la formalización del contrato el adjudicatario deberá constituir la fianza definitiva por importe del 4% del presupuesto de adjudicación, que podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el Art. 95 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos En caso de constituirse en aval, éste tendrá carácter ejecutivo a favor del Ayuntamiento de Ibargoiti y contendrá la siguiente diligencia: "Este aval no podrá ser cancelado, sin la autorización del Ayuntamiento de Ibargoiti" Además, en el plazo máximo de siete días desde la notificación de la adjudicación, el adjudicatario deberá presentar los siguientes documentos: a) Documentación acreditativa de la personalidad jurídica Si el licitador fuese persona jurídica, deberá presentar la escritura de constitución y, en su caso, de modificación, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberá aportar la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. En el caso de sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales que se encuentren inscritas en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Foral de Navarra creado mediante Decreto Foral 174/2004, de 19 de abril, la aportación de la copia del certificado de inscripción en dicho Registro obtenida electrónicamente a través de internet, junto con una declaración responsable de su vigencia, eximirá al licitador de aportar la documentación relativa a su personalidad y representación. _ Si el licitador fuese una persona física, deberá presentar el Documento Nacional de Identidad. _ En el caso de que el adjudicatario fuese una U.T.E. o figura similar, esta deberá estar constituida como tal mediante escritura pública previamente a la formalización del contrato. b) Obligaciones tributarias. _ Alta y, en su caso, último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o Licencia Fiscal. _ Certificado expedido por la Hacienda correspondiente a su domicilio fiscal que refleje el cumplimiento de las obligaciones tributarias. El certificado deberá haber sido expedido con una antelación máxima de 6 meses a la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones. c) Certificado expedido por la Seguridad Social que refleje el cumplimiento íntegro de las obligaciones de ingreso de las correspondientes cuotas. El certificado deberá haber sido expedido con una antelación máxima de 6 meses a la fecha de formalización del contrato. 13.- FUNCIÓN DE LA DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LAS OBRAS La función genérica de la Dirección facultativa es la dirección y vigilancia de los trabajos comprendidos en el contrato con autoridad técnica y legal completa. Esta autoridad es extensiva tanto a las obras en sí, como a las obras e instalaciones complementarias e incluso a las personas y medios que intervengan en las obras directa o indirectamente. La Dirección facultativa podrá exigir la sustitución, por otros, de los empleados o trabajadores de la empresa constructora que por su actitud entorpezcan, de cualquier forma, el desarrollo normal de las obras. Esta potestad es extensiva a toda la relación con las posibles empresas subcontratadas. El contratista estará obligado a prestar su colaboración al Director, para el normal cumplimiento de las obligaciones a éste encomendadas. 14.- REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA Como representante del contratista a todos los efectos se constituirá el Jefe de obra. Dicho Jefe de obra será el designado por el contratista en su proposición. El Jefe de obra deberá tener la titulación adecuada así como experiencia acreditada en trabajos similares. Este representante del contratista deberá residir en la zona de las obras y no podrá ausentarse sin ponerlo en conocimiento del Director, a quien dará cuenta de la persona que le sustituya en su ausencia, quien además deberá contar con la aprobación del Director de obra. Con anterioridad al inicio de la obra el contratista deberá comunicar el domicilio de su representante. 15.- OFICINA DE OBRA El adjudicatario habilitará en la obra una oficina debidamente acondicionada como lugar de trabajo, conforme a lo establecido en el ordenamiento jurídico. En esa oficina el adjudicatario tendrá siempre una copia de todos los documentos del proyecto, así como de los planos de obra complementarios o sustitutorios de los de proyecto, debidamente firmados y autorizados por la Dirección facultativa así como las muestras de materiales que le hayan sido exigidas. 16.- LIBRO DE ÓRDENES Y LIBRO DE INCIDENCIAS En la oficina de obra del contratista, existirá también un “Libro de órdenes de control de obra” facilitado por la Dirección facultativa y que estará en todo momento a la disposición de ambos. Este libro se abrirá en la de fecha de comprobación del replanteo y se cerrará una vez comprobado el correcto estado de la obra, a la finalización del periodo de garantía. La Dirección facultativa utilizará ese Libro para dar por escrito las órdenes que estime oportunas, así como para el control de la obra. En cada centro de trabajo existirá con fines de control y seguimiento del Plan de Seguridad y Salud un Libro de Incidencias, conforme a las disposiciones del Art. 13 del R.D. 1627/1997 de 24 de Octubre. 17.- VIGILANCIA DE LA OBRA El contratista tendrá en todo momento la obligación de obedecer las órdenes e instrucciones que le sean dictadas por el personal designado por el Ayuntamiento para la vigilancia y control de las obras, tanto en la realización de los trabajos como en la forma de su ejecución. 18.- DE LOS OPERARIOS El adjudicatario deberá ejecutar los trabajos con operarios de aptitud reconocida, siendo potestativo de la Dirección exigir la separación de aquéllos que, a su juicio, no reúnan las condiciones necesarias, incluso aunque se trate de trabajadores de empresas subcontratadas. El personal será regido por capataces y encargados, en número y titulación suficiente para la mejor organización y dirección de la obra, debiendo estar presente el representante del contratista durante las horas hábiles, de tal modo que pueda recibir las órdenes e instrucciones de la Dirección. 19.- DOCUMENTACIÓN QUE HA DE ENTREGARSE AL CONTRATISTA Antes de proceder a la comprobación del replanteo, se entregará al contratista un ejemplar completo del proyecto y cuantos documentos complementarios estime necesarios para la mejor definición de las obras. El contratista será el responsable de los errores que se puedan derivar de su defecto o negligencia en la consecución de todos los datos que afecten al contrato, al planeamiento y a la ejecución de las obras. En caso de contradicciones entre los Planos y el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, prevalecerá lo dispuesto en este último. 20.- COMPROBACIÓN DEL REPLANTEO Una vez efectuada la adjudicación de la obra y formalizado el contrato se procederá, en un plazo máximo de tres días, por el Director de la obra, a llevar a cabo sobre el terreno la comprobación del replanteo de la misma y de sus distintas partes en presencia de un representante del contratista, extendiéndose acta de replanteo de dicha comprobación. Si el contratista no acudiese, sin causa justificada, al acto de comprobación del replanteo, su ausencia se considerará como incumplimiento de contrato. Cuando el resultado de la comprobación del replanteo demuestre la posesión y disposición real de los terrenos, y la viabilidad del proyecto, a juicio del Director de la obra, y sin reserva por parte del contratista, se dará por aquél la autorización para iniciarlas, haciéndose constar este extremo explícitamente en el acta extendida, de cuya autorización quedará notificado el contratista por el hecho de suscribirla. El contratista deberá proveer, a su costa, todos los materiales, equipos y mano de obra necesarios para efectuar el replanteo y determinar los puntos de control o referencia que se requieran. 21.- INICIACIÓN Y PLAZO DE LAS OBRAS Se considera la fecha de firma del acta de replanteo, como la de inicio de las obras, comenzando a computarse a partir de dicho día el plazo para la ejecución de la obra, cumplido el cual las obras deberán estar totalmente terminadas. Si no obstante haber formulado el contratista observaciones que pudieran afectar a la ejecución del proyecto, el director decidiera la iniciación de las obras, el contratista estará obligado a iniciarlas. 22.- RETRASOS EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA El Adjudicatario habrá de ejecutar en su totalidad las obras, salvo causa de fuerza mayor, en el plazo establecido en la cláusula anterior. Para que un retraso en la ejecución pueda ser admitido sin penalización, serán exigibles: - Notificación fehaciente por parte del contratista Al Ayuntamiento o a la Dirección Facultativa, indicando la fecha y el motivo alegado para incurrir en demora de plazo. Este escrito deberá remitirse antes de transcurridos diez días desde la causa que originase el retraso. 23.- EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Las obras se desarrollarán con estricta sujeción a las presentes cláusulas así como a los documentos técnicos que sirvan de base al contrato, y conforme a las instrucciones que sean dadas por la Dirección de Obra. Será potestativo de la Dirección seńalar la forma de ejecución de las obras y su orden de prelación, pudiendo dar prioridad al desarrollo de unas zonas con respecto de otras por el simple hecho de que a su juicio se considera más conveniente su realización. 24.- REPLANTEOS DE DETALLE El Director de las obras deberá aprobar los replanteos de detalle necesarios para la ejecución de las obras en los plazos previstos en el Programa de trabajos, de tal modo que si no lo hiciera así el contratista tendrá derecho a una prorroga por plazo igual al retraso producido. 25.- EQUIPOS DE MAQUINARIA El contratista se obliga a situar en las obras el equipo de maquinaria y medios auxiliares que sean precisos para la correcta ejecución de aquéllas en los plazos establecidos y, en todo caso como mínimo, los equipos que se fijaron en la licitación en los mismos términos y detalle. Dichos equipos, adscritos a la obra, deberán estar en perfectas condiciones de funcionamiento, debiendo repararse inmediatamente los elementos averiados, y asumiendo el contratista la obligación de reemplazarlos, cuando así lo ordene la Dirección de la obra. 26.- MATERIALES El contratista tiene libertad para obtener de los puntos que tenga por conveniente todos aquellos materiales cuya procedencia no esté especificada en el Pliego de Prescripciones Técnicas. 27.- ALMACENAMIENTO DE MATERIALES Las zonas destinadas a acopios requerirán la aprobación del Director de obra, debiendo ser acondicionados a completa satisfacción de éste una vez hayan cumplido su misión, de tal forma que recuperen su aspecto original. El almacenamiento se realizará de forma que se garantice la conservación de los materiales en perfectas condiciones de utilización y siguiendo, en todo caso, las instrucciones de la Dirección. 28.- RETIRADA DE MATERIALES La policía de la obra y la retirada de los materiales acopiados y no utilizados corresponde al contratista, de tal modo que deberán ser efectuados a medida que se realicen los trabajos. 29.- TRABAJOS DEFECTUOSOS Si la obra no se sujetara estrictamente a los planos y demás documentos del proyecto, o aun haciéndolo, los materiales no fueran de la calidad requerida, se advirtieran vicios o defectos en la construcción o se tienen razones fundadas para creer que existen vicios ocultos en la obra ejecutada, el contratista deberá demolerla y rehacerla hasta dejarla a completa satisfacción de la Dirección de la obra. Los gastos de estas operaciones serán a cuenta del contratista, salvo en el caso de que se hubieran realizado por presumir la Dirección de obra la existencia de vicios ocultos y éstos no pudieran ser comprobados. Si la Dirección de la obra estima que las unidades de obra defectuosas son admisibles puede aceptar las mismas, con la consiguiente rebaja de precios. 30.- CONSERVACIÓN Y SEŃALIZACIÓN DE LAS OBRAS El contratista está obligado no sólo a la correcta ejecución de la obra, sino también a su conservación, a su costa, hasta el transcurso del período de garantía. 31.- PRECAUCIONES ESPECIALES DURANTE LA REALIZACIÓN DE LAS OBRAS LLUVIAS.- Durante las diversas etapas de la construcción, las obras se mantendrán, en todo momento, en perfectas condiciones de drenaje. HELADAS.- Si existiese riesgo de que se produzcan heladas, el contratista protegerá todas las zonas que se pudieran quedar perjudicadas por sus efectos. Las partes de obra dańadas se levantarán y reconstruirán a su costa, de acuerdo con lo que seńale el proyecto o lo que ordene, en su caso, el Director de la obra. 32.- SEGURIDAD Y SALUD 32.1.- Seguros El adjudicatario deberá tener debidamente asegurado a todo el personal que intervenga en las obras por su cuenta y bajo su dependencia, así como a exigir a todas las empresas individuales o colectivas que trabajen o colaboren bajo sus órdenes en las obras, que cumplan igualmente dicho requisito, con relación al personal que intervenga en ellas. En este sentido se compromete a cumplir las leyes relativas a Seguridad Social, Prevención de riesgos laborales, y cuanta normativa sea de aplicación, ya estén actualmente en vigor o se dicten en lo sucesivo, y a seguir las normas de la Dirección facultativa en esta materia, así como a exigir su cumplimiento a cuantos colaboren en la obra. Asimismo, el adjudicatario deberá tener aseguradas la maquinaria, vehículos y las obras, mediante póliza de responsabilidad civil de dańos a terceros, incendio y riesgos catastróficos, de cobertura suficiente. 32.2.- SEGURIDAD Y SALUD EN OBRAS La empresa contratista deberá dar estricto cumplimiento al conjunto de disposiciones establecidas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre por el que se establecen las Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción, especialmente las indicadas en los Art. 7 y 11 del R.D. 33.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA El contratista será responsable, durante la ejecución de la obra, de todos los dańos y perjuicios que se ocasionen a cualquier persona, propiedad o servicio público o privado, con ocasión o como consecuencia de los actos, omisiones o negligencias del personal a su cargo, o de una deficiente organización de las obras. 34.- CONTAMINACIÓN Y MEDIO AMBIENTE El contratista estará obligado a cumplir las órdenes de la Dirección cuyo objeto sea evitar la contaminación del aire, cursos de agua, mares, cosechas y, en general, de cualquier clase de bien público o privado que pudieran producir las obras o instalaciones y talleres anejos a las mismas, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones vigentes sobre conservación de la naturaleza y medio ambiente. 35.- CONSERVACIÓN DE SERVIDUMBRES El contratista estará obligado a mantener provisionalmente durante la ejecución de las obras, y a reponer a su finalización, todas las servidumbres que se relacionen en el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como las que hubieran de establecerse aún cuando el citado Pliego no las hubiera recogido. 36.- PRECIOS CONTRADICTORIOS Para la valoración de las unidades de obra no previstas en el Proyecto, se concertarán previamente a su ejecución, Precios Contradictorios entre el Adjudicatario y la Dirección Facultativa, en base a criterios similares del Cuadro de Precios y si no existen, en base a criterios similares a los empleados en la elaboración de las demás unidades del Proyecto. En caso de no llegarse a un acuerdo en dichos precios, prevalecerá el criterio de la Dirección Facultativa, la cual deberá justificar técnicamente su valoración. 37.- REVISIÓN DE PRECIOS Los precios contratados se entienden fijos y no serán objeto de revisión. Por tanto el Adjudicatario no podrá, bajo ningún pretexto, reclamar aumento en los precios fijados en el Presupuesto ni modificación en las condiciones del Contrato, pues este se hace a riesgo y ventura del Adjudicatario. 38.- GASTOS E IMPUESTOS A CARGO DEL CONTRATISTA Será por cuenta del adjudicatario el pago de todos los gastos de cualquier tipo, salarios, seguros sociales, materiales, impuestos, contribuciones, arbitrios y demás gravámenes establecidos por el Estado, la Comunidad Foral o el Municipio, etc. que pesen sobre el contrato o sobre el objeto del mismo, aún cuando algunos de ellos puedan ser repercutibles. 40.- ABONO DE LA OBRA EJECUTADA El Adjudicatario tendrá derecho al abono de las unidades de obra realmente ejecutadas, previa la conformidad emitida por la Dirección Facultativa acerca de las mediciones correspondientes, de acuerdo con los criterios de medición y valoración establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, o que establezca la Dirección Facultativa. 41.- PENALIZACIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS Las penalizaciones por incumplimiento de los plazos, total o parciales, establecidos para la ejecución del contrato se graduarán en atención al presupuesto del mismo con arreglo a la escala recogida en el Art. 96 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. 42.- RECEPCIÓN La recepción de las obras tendrá lugar dentro del mes siguiente de su terminación. A la recepción concurrirá la Dirección de Obra y el Adjudicatario. Si las obras se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, la Dirección de Obra las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta y comenzando entonces el plazo de garantía. 43.- PERIODO DE GARANTÍA El período de garantía será de tres ańos, contados a partir de la recepción, siendo de cuenta del Adjudicatario la conservación de la obra y la subsanación de las deficiencias, errores o vicios de construcción que se observen durante él, pues de no hacerlo voluntariamente o a requerimiento de la Dirección Facultativa, se podrán ejecutar directamente por ésta o por un tercero con cargo al adjudicatario, respondiendo en primer lugar con la garantía. 44.- PRÓRROGA DEL PERIODO DE GARANTÍA Si al proceder al reconocimiento a la finalización del periodo de garantía, alguna parte de la obra se encontrase sin las debidas condiciones, se prorrogará el período de garantía hasta tanto la obra esté en perfectas condiciones, sin abonar al adjudicatario cantidad alguna en concepto de ampliación del plazo de garantía. 45.- RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS Si la obra se arruina con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos en la construcción, debido a incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los dańos y perjuicios durante el término de quince ańos a contar desde la recepción. Transcurrido este plazo sin que se haya manifestado ningún dańo o perjuicio, quedará totalmente extinguida la responsabilidad del contratista. 46.- CESIÓN DEL CONTRATO Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato únicamente podrán ser cedidos a un tercero cuando las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato. En ningún caso podrán cederse los contratos adjudicados mediante procedimiento restringido o negociado. Asimismo, para que tal cesión tenga lugar es necesario el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 111 de la Ley Foral de Contratos Públicos. 47.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Podrán ser causas de resolución automática del contrato, sin necesidad de ningún trámite judicial, y con incautación de la garantía, las seńaladas en la Ley Foral 6/2006 de Contratos Públicos 48.- VALORACIÓN EN CASO DE RESOLUCIÓN En el caso de resolución del contrato, se procederá a la liquidación de las obras ejecutadas y de los materiales acopiados que puedan ser utilizados a juicio de la Dirección facultativa. 49.- JURISDICCIÓN Y RECURSOS Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por el Órgano de Contratación, cuyas resoluciones podrán ser impugnadas ante el Presidente del Ayuntamiento y las de éste ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a tenor de lo dispuesto en la Ley de dicha jurisdicción, o ante el Tribunal Administrativo de Navarra, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral de la Administración Local de Navarra. Ibargoiti, 4 de febrero de 2016 EL ALCALDE-PRESIDENTE, Fdo. José J. Eslava Armendáriz, ANEXO I Don/Dońa …………………………………………, con D.N.I. …………………., vecino/a de ……………………… con domicilio en ………………….., teléfono ……………………., en nombre propio o en representación de …………………, con D.N.I./C.I.F., con domicilio en ……………………………………………., teléfono……………………… EXPONE: Que enterado/a del pliego de condiciones para el concurso convocado para adjudicar la realización de las obras de PAVIMENTACION DEL CAMINO DE CELIGUETA (IBARGOITI) y conforme con las mismas, SOLICITA: Ser admitido/a en dicho concurso, indicando que será (el firmante o su representado) quien realice la oferta y formalice el contrato de obra con el Ayuntamiento en caso de resultar adjudicatario. Acompańa los tres sobres, de documentación personal, documentación técnica y económica, conforme al Pliego. (fecha y firma) ANEXO II DECLARACIÓN JURADA SOBRE INCOMPATIBILIDAD PARA CONTRATAR Don/Dońa .................................................................., en su calidad de..........................., con D.N.I./ C.I.F. ..............................., DECLARA BAJO JURAMENTO: Que (ni él ni la Sociedad a la que representa) no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administración que se seńalan en los artículos 18 y 20 de la Ley Foral 6/1990 de la Administración Local de Navarra, aceptando expresamente la nulidad del contrato de obra a partir de la fecha en que, en su caso, se demuestre la falsedad de la declaración presentada. Lo que firmo en ……… (Fecha y firma) ANEXO III MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA D.............................................................................................................................................................con domicilio en................................................................................................................................ CP............................., D.N.I. nş................................, teléfono.................................................... Con capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de…………………........................................................................................................................., con domicilio en.............................................................................................................................. CP........................, teléfono..............................................., y D.N.I. o C.I.F .(según se trate de persona física o jurídica) nş........................................)con el objeto de participar en la contratación por procedimiento negociado de obras de PAVIMENTACION DEL CAMINO DE CELIGUETA (IBARGOITI), declaro: 1ş) Que me comprometo a su ejecución por el precio de ............................................................................................................................................................................................................................................................................................................................... ......................................................................Ź , I.V.A. incluido y en el plazo de........................................................................................................................................., debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluyendo los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista. 2ş) Que conozco el Proyecto, con su contenido, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad. 3ş) Qu)*+<=>FMNóô ` đćŰÔÇžÔą¨Ô›žÔŽÔ~n_QDB*CJOJQJhph5B*CJOJQJhph@ˆţ˙CJOJQJaJmH sH 5B*CJOJQJaJhph3335@ˆţ˙CJOJQJaJmH sH 5B*CJOJQJph33™5B*CJOJQJph33™5B*CJph33™5B*CJOJQJph33™5B*CJph33™5B*CJOJQJph33™ B*CJph33™B*CJOJQJph33™jB*Uph33™jB*UmHnHph33™u*+=öĂöö[ö4kd§$$If–F”ßÖş˙ Y öÖ˙Ö˙Ö˙Ö˙4Ö Faö2kdU$$If–FÖş˙ Y öÖ˙Ö˙Ö˙Ö˙4Ö Faö2kd$$If–FÖş˙ Y öÖ˙Ö˙Ö˙Ö˙4Ö Faö $$Ifa$Ů5ŮşŮýýý=>FGHIJKLĚÐĂĂĂĂĂ2kdO$$If–FÖş˙ Y öÖ˙Ö˙Ö˙Ö˙4Ö Faö $$Ifa$2kdý$$If–FÖş˙ Y öÖ˙Ö˙Ö˙Ö˙4Ö FaöLMNóô {_V:V$ Ć) ĈL Ô ˜\ ä¨l0!*$a$$¤x¤xa$$ Ć) ĈL Ô ˜\ ä¨l0!*$a$ƒkdĄ$$If–F4”FÖrş˙˙D‰Î EEEEEöÖ˙˙˙˙˙Ö˙˙˙˙˙Ö˙˙˙˙˙Ö˙˙˙˙˙4Ö Faöf4` Ž ‘ ä , H – Ž ´ ř 6 T ˙$%Ü 246˘’š“ľ‘ˇöIâ Q Ą!Z"["""/#%1%&G&J'œ'*"* *[,‹,˜,œ,ł,”-Á-Ň-ńăÖăńÖăÖăÖăÖăÖĚăšăšăÖĚăÖăÖăÖŠÖĚŠÖ̚̚ĚÖăÖăÖăÖăÖăŠÖăŠÖŠŒ>*B*CJOJQJhphjCJOJQJUaJh5>*B*CJOJQJhph$j5B*CJOJQJUhphCJOJQJaJhB*CJOJQJhph5B*CJOJQJhph5B*CJOJQJhph7 ä ( ´ ř 6 T ˙%–ŘEÜ6,˘řXĺ’šVčîĺĺĺîĺĺĺ××ÉÉĺĺĺżżżżĺĺĺ „„^„`„ „J„„]„J^„`„ „J„„]„J^„`„$¤x¤xa$$„¤x¤x7$8$H$`„a$č\†“ľ‘ˇöIâw Q Ą!ƒ"/#Ć#$%1%>%Ł%&1&Ř&ööööööööđöââööŘŘööööööööö „„^„`„ „J„„]„J^„`„¤x¤x$¤x¤xa$Ř&'*"* *+…+ě+[,\,‹,˜,”-ß-–.8/š/ˆ0 1ť1@2Ÿ2c3ř34öööööööööööööęęęęęęöŢŢŢŃ $„h¤x¤x^„ha$ $ & F¤x¤xa$ $ & F¤x¤xa$$¤x¤xa$Ň-Ţ-ß-ť1í12÷345(5+5M5W5Y596O6P6U6_6a6‘6“6Â6Ä6î6$78Ź8=S=úA#BŠCœCsF“FČHčHvOmQ/UeU{XžX#[8[]2]ô_`#a%a(a9atcŤcŐeőeSjxj0lYlSnrnKpfp~qóĺóŐĺóŐóšŠóŠóŠóŠóŠóŠóŠóŐóŐóŠóŠóŠóŠóŠóĺóŠóŠóŠóŠóŠóŠóŠóŠóŠóŠóŠóŠóŠó5B*CJOJQJhph5B*CJOJQJhph5B*CJOJQJaJhph5>*B*CJOJQJhph>*B*CJOJQJhphB*CJOJQJhphB4Ž45-5M5N5~596D6G6O6óóćć’óóćććSkd+$$If–FÖ07ô ¸˝ Ä tŕö6ööÖ˙˙Ö˙˙Ö˙˙Ö˙˙4Ö4Ö laöŁ $¤x¤x$Ifa$ $dđ¤x¤xa$ O6P6Q6R6U6—ŠŠŠ $¤x¤x$Ifa$hkdĐ$$If–F4ÖF7O† ŕŕ7 tŕö6ööÖ ˙˙˙Ö ˙˙˙Ö ˙˙˙Ö ˙˙˙4Ö4Ö laöŁU6V6ď6$78Ź8ł9ă9Ţ;Ľ<=S==ť=ó=•ŒŒŒŒŒŒŒŒŒŒŒ $„ ¤x¤x^„ a$$¤x¤xa$jkdž $$If–F4”ÖF7O†   7 tŕö6ööÖ ˙˙˙Ö ˙˙˙Ö ˙˙˙Ö ˙˙˙4Ö4Ö laöŁó=+>L>n>F@8AúA#BĄBěB9CŠCœCÜDsF“FG+HČHčHÉIŻJĎK°L@MzMvOmQňňňéééééééééééééééééééééééé$¤x¤xa$ $„ ¤x¤x^„ a$mQÎQ…R˘RS#T/UeUĹVđW{XžX#[8[Ó[]2] ^)_ô_`#a9aLbtcŤczdKeŐeöööööööööööööööööööööööööööö$¤x¤xa$ŐeőeVgďg“iSjxjck0lYlĺl?mSnrnIoKpfp~q™qłrśsĆs‚t¤t€uAv]vwöööööööööööěööööööööööööööö $¤x¤x1$a$$¤x¤xa$~q™qśsĆs‚t¤tAv]vw1w2z`z{C{}.}ą€Ó€L‚q‚°ƒÔƒi…‹…š†Ö†ßˆřˆ ŠPŠ´‹Ô‹(]kŽzŽć˙'Ă‘é‘-“U“••ü–—Ů—˙—ş˜×˜˝šžšŔš››$›œńäńäńäńäńäńäńäńäńäńäńäńäńäńäńäńäńäńäńäÖäńäńäńäńäńäńäńÇźŤ›ä5B*CJOJQJaJhph B*CJOJQJ^JaJhphCJOJQJ^JaJ@ˆţ˙CJOJQJaJmH sH >*B*CJOJQJhphB*CJOJQJhph5B*CJOJQJhph:w1w›y2z`z{C{Ě{}}.}ßą€Ó€L‚q‚°ƒÔƒi…‹…š†Ö†=ˆßˆřˆ ŠPŠ´‹Ô‹öööööööööööööööööööööööööööö$¤x¤xa$ԋ(]kŽzŽć˙Ă‘é‘-“U“••ô•ü–—Ů—˙—ş˜×˜˝šžšżšŔšööööööööööööööööööööööÚÚ$ Ć) ĈL Ô ˜\ ä¨l0!*$a$$¤x¤xa$Ŕšŕš÷š›››››$›%›œœÝœçœŤŹž)ž*ž+ž4ž5žnž÷÷ŰŰŰŰŰŰżżżżżżżżżżżŰżż$ Ć) ĈL Ô ˜\ ä¨l0!*$a$$ Ć) ĈL Ô ˜\ ä¨l0!*$a$$dha$œÁœ+ž4ž5žnž˙ Ą Ą Ą*Ą+ĄWĽ‡ĽŠĽ¸ŤŘŮŮŮŮŮŮŮŮŮŮ#Ů$Ů%Ů'Ů(Ů.Ů/Ů0Ů1Ů2Ů5ًŮńäÔäĆäÔś§—§äńä‹ä††††|||t|gB*CJOJQJaJph33™0JmHnHu0J j0JU jUU5CJOJQJaJ5>*B*CJOJQJhph@ˆţ˙CJOJQJaJmH sH 5@ˆţ˙CJOJQJaJmH sH 5B*CJOJQJhph5B*CJOJQJaJhphB*CJOJQJhph5B*CJOJQJhph&nžož Ÿ8Ÿ9ŸŐ Ö í ý ˙  Ą Ą*Ą+ĄZ˘ă˘@¤“Ľ”Ľ §ßŞŕŞ°ŤąŤăăăăăăăăăÇăÇÇăăăăăăăăăă$ Ć) ĈL Ô ˜\ ä¨l0!*$a$$ Ć) ĈL Ô ˜\ ä¨l0!*$a$e la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento. En IBARGOITI, a...............de...........................................de 20...... Fecha y firma.     PAGE  PAGE 1 S. Clemente, 5 – Tel. 948 362061 – 948 362057 Fax 948 362229 – CIF P-3112300-C 31472 IDOCIN (Navarra) E-mail: ibargoiti@animsa.es ąŤŁŘ¤ŘýŘ ŮŮŮŮŮŮŮŮŮŮŮŮ%Ů&Ů'Ů2Ů3Ů4Ů5ŮcŮăăăăăăăááááááááŘŇáŘŇááÍ$a$„h]„h„ř˙„&`#$$ Ć) ĈL Ô ˜\ ä¨l0!*$a$cŮuمٜٸٹٺٻŮúúúúřřÜ$ Ć) ĈL Ô ˜\ ä¨l0!*$a$$a$‹Ů’ŮœŮˇŮ¸ŮşŮťŮńä×äĘB*CJOJQJhphB*CJOJQJaJph33™B*CJOJQJaJph33™5B*CJOJQJaJph33™,1h°‚. °ĆA!°Ľ"°Ľ#‰$ƒ%°°Ä°Ä ÄDdçË T;›ž đ<˛ đ C đAż˙đ€bđsC%ŸgăO`ČˆÎ?Ć÷D˙ODnđGC%ŸgăO`ČˆÎ?Ć÷D˙‰PNG  IHDRçËŻT.gAMAąˆ•˜ôŚPLTE˙˙˙ĽŮŸÝ pHYs ˆ ˆĺŽ)IĆIDATxœÍŘĎnEđYm§RaÝ[(“ $Ž„[štŠ8đAźÜ@ľĹŞTę@Ę+đt#WDHEâŘňYăC'b2ßěŽg7óOĽĄ_jç×YďÎĚ÷ÇC ö"˙–ţŐyTg7›E•ĆTEUŢ@Ĺ ´f1-ŁZđ¨ÚřĎôŻ°NŞWT•œU&Í𐌠ҠŠ¸f G!]×DPŤ2ƒ: éi‘AԜPIhDĹ)!Ź´#Ň|V„đ"‰¨ ŁJR”„…TŒNńÚ!ÝĎ â¤ óź'bߔQI tnĘh@Ö2EMƒş "ŹůŻ ąG§‚<`‚„ćŞĚpž~iÁP‹€*‰^C˙÷â\œčUňkłQŠ_ł˜ĘŹš|`u€á3ÖH’FŤ U~q…”C}ŕ QœŠĂ*\ź<¨8‰”ě5'ů,¨Ĺx;˘řÍI̓ŠӒÖ∿>]˝&•źú?ę—Ń'úüżrtŽjˆŤ[`_VŤ¨.=e˙š˛°.^¸íFŻg/ÜvŁ×ŮEŃ%žÔ§ŁÉ ˛?׾ŞĐ:r5űşŔo_ÜQúC3.KNwű”g◮ĺIő]iŁl]"&g§%uu‰™?}T.Weâ*fÂ~''Vľš-SË´’?Qˇežx¨ű¤LŽČí¤/˙F9îŹQ™NŠDŢĎ,ÇÔr…ůEň‘­Ě´ą¸űŚa…žÍ^™--˝žčjKĹ5Ý| ( 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