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Las entidades contratantes publicarán sus respuestas en el Portal de Contratación de Navarra. Con arreglo a este artículo, se procede a responder a consultas recibidas sobre los apartados relativos a la acreditación de solvencia. CONSULTA 1 *Respecto de la solvencia económica y financiera*, el punto 8 de las    cláusulas administrativas de la contratación, dice que "dicha    acreditación se realizará mediante una declaración sobre el volumen de    negocios de la empresa o conjunto de empresas superior a 50.000 euros, IVA    incluido, en el total de los tres últimos ejercicios (2012, 2013, 2014)"    y que "Si por una razón justificada el licitador no se encuentre en    condiciones de presentar las referencias solicitadas, podrá acreditar su    solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que    la entidad contratante considere adecuado". Mi caso es que como después    de 2012 no he facturado, no puedo acreditar 50.000Ź de facturación. Qué    documento podría considerarse adecuado, según el art. 13 de la Ley Foral    6/2006 de Contratos Públicos? En este caso nos tenemos que remitir a la Ley, nos vale cualquiera de los medios que la ley contempla: Los licitadores deberán acreditar la solvencia económica y financiera para la ejecución del contrato, entendiendo por ella la adecuada situación económica y financiera de la empresa para que la correcta ejecución del contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter económico o financiero. El nivel de solvencia económica y financiera será específico para cada contrato y su exigencia será adecuada y proporcionada a las características de la prestación contratada. 2. La solvencia económica y financiera podrá acreditarse por uno o varios de los siguientes medios: a) Declaraciones formuladas por entidades financieras y, en el caso de profesionales, un justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. b) La presentación de balances o de extractos de balances, en el supuesto de que la publicación de los mismos sea obligatoria en la legislación del país en el que el candidato o licitador esté establecido. c) Una declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades objeto del contrato, referida como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del candidato o licitador, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. 3. En los anuncios de contratos y en las invitaciones de los procedimientos negociados se seńalarán los medios de acreditación de la solvencia que se utilizarán de entre los reseńados en el apartado anterior. 4. Si por una razón justificada el licitador no se encuentra en condiciones de presentar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que la entidad contratante considere adecuado. En este caso, se atenderá a la concurrencia o no de los requisitos materiales de fondo. CONSULTA 2 Respecto de la solvencia técnica*, el punto 9a de las cláusulas    administrativas de la contratación, dice que "se deberá acreditar haber    realizado en el total de los tres últimos ańos (2012, 2013, 2014) al menos    un contrato de cuantía anual superior a 30.000 euros, IVA incluido, que    tenga por objeto asistencias semejantes al del presente contrato". El    punto 9b dice que para acrecitar la solvencia técnica se aporte "Relación    nominal del personal que se compromete a adscribir". Entiendo que es    optativo hacer lo uno o lo otro, ya que el art. 14.1 de la Ley Foral 6/2006    de Contratos Públicos dice que se podrá acreditar "bien por disponer de    experiencia anterior en contratos similares o por disponer del personal y    medios técni-cos suficientes". żEs así? El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares exige que los requisitos del pliego concurran de forma cumulativa, no vale con uno de los dos requisitos sino que los dos deben concurrir de forma cumulativa: El licitador deberá acreditar la solvencia técnica entendiendo por ella la capacidad técnica o profesional para la adecuada ejecución del contrato. La solvencia técnica se acreditará mediante los siguientes medios:             a) Relación de las principales asistencias efectuadas durante los tres últimos ańos (2012, 2013, 2014) en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado. Para entender que existe solvencia técnica se deberá acreditar haber realizado en el total de los tres últimos ańos (2012, 2013, 2014) al menos un contrato de cuantía anual superior a 30.000 euros, IVA incluido, que tenga por objeto asistencias semejantes al del presente contrato. La acreditación se llevará a cabo aportando un certificado emitido por la empresa que recibió la prestación, en la que conste la denominación del contrato, el importe anual y total, la fecha de inicio y de finalización y expresa mención a su ejecución de forma satisfactoria. No se aceptará como válida la acreditación realizada por el licitador, ni la acreditación mediante certificados en los que no se recojan los extremos mencionados.             b) Relación nominal del personal que se compromete a adscribir en el futuro para la ejecución del presente contrato, especificándose el número de horas que cada persona y las funciones que debe desempeńar. En esta relación figurarán al menos los datos siguientes, siendo los umbrales de solvencia los que se especifican a continuación: Nombre y apellidos. Formación académica (titulaciones de FP II o superior y universitarias relacionadas con las humanidades y el marketing). Experiencia relacionada con el puesto y funciones a realizar (un ańo de experiencia). Habilidades en los idiomas de trabajo de las oficinas de turismo: euskera, inglés y francés. Detallar nivel y titulación (nivel B1). Conocimientos de informática a nivel de usuario. Carnet de conducir B1. La relación nominal del personal como mínimo deberá estar compuesta por 2 personas para cada oficina, entendiendo que se cumplen los requisitos de idiomas siempre que en conjunto el equipo humano a disposición de cada oficina cumpla  los siguientes extremos: *  al  menos en cada oficina una persona con un nivel mínimo B1 (sobre todo oral) de inglés y francés. También es posible una persona con el nivel de inglés seńalado y otra con el nivel de francés seńalado, a tal efecto deberán aportar la titulación correspondiente.  * al menos una persona con conocimientos de euskera (mínimo B1), a tal efecto deberán aportar la titulación correspondiente. * todas las personas adscritas al contrato deberán tener conocimientos concretos sobre el sector turístico de Navarra, y especialmente, de la zona de influencia de las oficinas seńaladas (agentes turísticos, normativa, proyectos etc…). a tal efecto deberán aportar el curriculums vitae. *  acreditar que al menos una persona por oficina tiene conocimientos de informática, a nivel de usuario. El perfil académico estará relacionado con la actividad a prestar, a tal efecto deberán aportar el curriculums vitae y/o acreditación de haber realizado cursos informáticos.. Estas circunstancias se deberán acreditar con ocasión de la presentación del sobre 1, documentación general, sin perjuicio de lo que después se presente en el sobre nş 2 oferta técnica.  •   ) + yáSVaNű', - Ś § ý ţ ƒ!čÔžŤ”€j€Y€”€YFY8Y8Y8YhôAťh)s‰6OJQJ^J$hôAťh)s‰6>*OJQJ\]^J!hôAťh)s‰6OJQJ\]^J*hôAťh)s‰6B*OJQJ\]^Jph'hôAťh)s‰6B*OJQJ\^Jph-hôAťh)s‰56>*B*OJQJ\^Jph$hôAťh)s‰6B* OJQJ^Jph€*hôAťh)s‰56B*OJQJ]^Jph'hôAťh)s‰6B*OJQJ]^Jph-hôAťh)s‰56B*OJQJ\]^Jph,•   ) * xyŕáČ,ÜŞ+üSTUVabc÷ďďçÝÝÝçççŐŐÍÍÍŐŐçççÝçç$a$gd)s‰$a$gd)s‰ $¤đa$gd)s‰$a$gd)s‰$a$gd)s‰$a$gd)s‰Y'ţcyzMNâă&'şť  . ¨ ˙ …!ˇ!Ď!Đ!Ń!Ô"Ő"á#â#a$b$őőőőííííííííââââââíííííííí $ & Fa$gd)s‰$a$gd)s‰ $¤đa$gd)s‰ƒ!„!ľ!ś!Í!Î!Ń!5"W'X'Y'ńŕńŕńŕÍ཯hôAťhľ#6OJQJ^JhôAťh)s‰6OJQJ\^J$hôAťh)s‰6>*OJQJ\]^J!hôAťh)s‰6OJQJ\]^JhôAťh)s‰6OJQJ^J b$%‚%ƒ%œ&&W'X'Y'÷÷÷÷÷÷ňđgd)s‰$a$gd)s‰,1h°‚. °ĆA!°Ľ"°Ľ#‰$‰%°°Ä°Ä Ä†œ@@ń˙@ NormalCJ_HaJmH sH tH NAň˙ĄN Fuente de párrafo predeter.Rió˙łR  Tabla normalö4Ö l4Öaö ,kô˙Á, Sin listaB^@ňB )s‰ Normal (Web)¤d¤d[$\$0ţO0 )s‰xa1¤d¤d[$\$0ţO0 )s‰xl1¤d¤d[$\$0ţO"0 )s‰xl2¤d¤d[$\$Y4˙˙˙˙" ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙ "&Ł ˙˙ "&Ł ˙˙ "&Ł ˙˙ "&Ł ˙˙ "&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙"&Ł ˙˙ "&Ł ˙˙!"&Ł ˙˙""&Łńß|ugW':,  + )  Ľ šzN'GaS<Đ…C*ţŰťY¤>ü!ĄŽ° “  Ń * 9ÔÜßÓ”“sYgÜ/2‘ˇcŚá ş!,•)*xyŕáČ,ÜŞ + ü S T U V a b c yzMNâă&'şť.¨˙…ˇĎĐŃÔŐáâab‚ƒœWX[˙LŹQŠ†ŻQŠ†ŻQŠ.QŠQŠQŠQŠQŠQŠ QŠ QŠQŠ QŠQŠQŠQŠQŠ†ŻQŠQŠ*QŠQŠ QŠQŠQŠQŠQŠQŠ-QŠQŠQŠQŠQŠQŠQŠ QŠQŠQŠQŠQŠQŠQŠQŠQŠQŠQŠQŠQŠQŠQŠQŠ QŠQŠQŠ,•)*xyŕáČ,ÜŞ + ü S T U V a b c yzMNâă&'şť.¨˙…ˇĎĐŃÔŐáâab‚ƒœWX[˜0€€˜0€€€˜0€€˜0€€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€€˜0€€€˜0€€€˜0€€˜0€€˜0€€€˜0€€€˜0€€€˜0€€€˜0€€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€€˜0€€€˜0€€€˜0€€€˜0€€€˜0€€€˜0€€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜ 0€€˜ 0€€˜ 0€€˜ 0€€˜ 0€€˜ 0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€˜0€€,•xyŕá,ÜŞ + ü S V a c yzMNâă&'şť.¨˙…ˇĎĐŃÔŐáâab‚ƒœWX[ĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yČŃ00ʑ0#ĘŃ00ĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00yĘŃ00ĘŃ00ĘŃ00ĘŃ00 007ƒ!Y'cb$Y'Y'˙˙/~|ߢ[Ž[>*€urn:schemas-microsoft-com:office:smarttags €PersonName€ ř⣠€la Ley Foral €ProductID?Běő•˜X]GJBD[ŘÚĺçdiNO™›[:::::.\…ˇŃ[[ ú6Oşk˙˙˙˙˙˙˙˙˙„Đ„˜ţĆĐ^„Đ`„˜ţOJQJo(‡hˆHˇđ „ „˜ţĆ ^„ `„˜ţ‡hˆH. „p„˜ţĆp^„p`„˜ţ‡hˆH. „@ „˜ţĆ@ ^„@ `„˜ţ‡hˆH. „„˜ţĆ^„`„˜ţ‡hˆH. „ŕ„˜ţĆŕ^„ŕ`„˜ţ‡hˆH. „°„˜ţĆ°^„°`„˜ţ‡hˆH. „€„˜ţĆ€^„€`„˜ţ‡hˆH. „P„˜ţĆP^„P`„˜ţ‡hˆH. ú$z Ł ţ“9śr˘W˘ ˙˙˙˙         Pč~ĺ–ľ#˜[)s‰ôAť˙@€<{Ł(YP@P P@˙˙Unknown˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙G˙:ŕAxŔ ˙Times New Roman5€Symbol3& ˙:ŕCxŔ ˙Arial"qˆđÄŠŇ3GŇ3GŤŽ"6ŤŽ"6 𼉴´24JJ3ƒQđIP)đ˙?ä˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙˙)s‰2˙˙ Artículo 27N067582N093943 ţ˙ŕ…ŸňůOhŤ‘+'łŮ0p˜Ź¸ČÔŕđ   , 8 DPX`hä Artículo 27N067582NormalN0939432Microsoft Office Word@Œ†G@