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Justificación:
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Por motivos de la especialidad técnica de los trabajos y de la disponibilidad específica para ellos que posee la entidad instrumental (Decreto Foral 23/2014, de 19 de febrero, por el que se regulan los encargos a entes instrumentales de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra). En este encargo, el coste de las prestaciones contratadas con terceros, necesarias para llevar a cabo su objeto, excede el 50% de su importe. Ello está justificado, al amparo de lo previsto en el tercer párrafo del apartado 7 del artículo 8 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, por cuanto la empresa instrumental tiene un conocimiento técnico especializado en relación a la red corporativa del Gobierno de Navarra, que le fue adscrita, por Acuerdo del Gobierno de Navarra del 22 de julio de 2002, para su explotación y, mantenimiento. |