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Datos del contrato

 


 
 
Datos básicos del contrato
Órgano de contratación: Centro Navarro de Aprendizaje Integral, S.A. (CNAI)
Denominación: Contratación de servicios para impulsar la capacitación en sostenibilidad, accesibilidad e innovación del sector turístico, financiados a cargo de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Next Generation EU)
Modalidad: Contratos
Procedimiento: Abierto

Códigos CPV
80590000Servicios de tutoría

Lotes
Lote 1:Lote 1: Consultorías/tutorías personalizadas y un encuentro profesional para eventos turísticos accesibles/ inclusivos.
Importe:4.350,00 Euros
CPV: 80590000 - Servicios de tutoría

Lote 2:Lote 2: Consultorías/tutorías personalizadas y un encuentro profesional para eventos turísticos sostenibles.
Importe:4.350,00 Euros
CPV: 80590000 - Servicios de tutoría

Lote 3:Lote 3: Curso de Herramientas de Inteligencia Artificial para la Mejora de la Accesibilidad en Alojamientos Turísticos.
Importe:1.800,00 Euros
CPV: 80500000 - Servicios de formación

Adjudicatarios
Empresa adjudicataria de lote 1:Aldaz Aravio Torre Nerea y Cabestrero Echeverría Mikel Sociedad Irregular
NIF:****8286*
Importe: 3.700,00 Euros
Fecha de adjudicación:11/03/2026
Fecha publicación: 24/03/2026

Empresa adjudicataria de lote 2:Aldaz Aravio Torre Nerea y Cabestrero Echeverría Mikel Sociedad Irregular
NIF:****8286*
Importe: 3.700,00 Euros
Fecha de adjudicación:11/03/2026
Fecha publicación: 24/03/2026

Empresa adjudicataria de lote 3:Aldaz Aravio Torre Nerea y Cabestrero Echeverría Mikel Sociedad Irregular
NIF:****8286*
Importe: 1.530,00 Euros
Fecha de adjudicación:11/03/2026
Fecha publicación: 24/03/2026

 
Importe total: 8.930,00 Euros IVA excluido

Modificación 1
Aldaz Aravio Torre Nerea y Cabestrero Echeverría Mikel Sociedad IrregularImporte de la modificación: 1.700,00 Euros
Fecha inicio de ejecución: 24/03/2026
Fecha de la modificación: 17/04/2026
Motivo de la modificación: Ley Foral 2/2018 Artículo 114.3.a)
Justificación de la modificación: Con fecha 15 de abril de 2026, se ha recibido solicitud por parte del Servicio de Desarrollo Territorial Sostenible del Turismo de ampliación del número de eventos a asesorar y tutorizar. Dicha solicitud se fundamenta en una demanda superior por parte de entidades públicas y promotoras de eventos de adherirse a los Compromisos Turísticos de sostenibilidad y accesibilidad, que no logra cubrirse con el número de eventos previstos en el alcance inicial del contrato. En concreto se incrementa el número de eventos a asesorar y tutorizar, pasando estos de 10 a 15 eventos. Se introducen las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que las hace necesarias. La modificación no afecta al contenido sustancial del contrato. La modificación se corresponde con el supuesto del artículo 114.3.a), ya que concurren circunstancias imprevisibles para una entidad adjudicadora diligente. El importe acumulado de las modificaciones no excede en ningún caso del 50% del importe de adjudicación del contrato.
Aldaz Aravio Torre Nerea y Cabestrero Echeverría Mikel Sociedad IrregularImporte de la modificación: 1.700,00 Euros
Fecha inicio de ejecución: 24/03/2026
Fecha de la modificación: 17/04/2026
Motivo de la modificación: Ley Foral 2/2018 Artículo 114.3.a)
Justificación de la modificación: Con fecha 15 de abril de 2026, se ha recibido solicitud por parte del Servicio de Desarrollo Territorial Sostenible del Turismo de ampliación del número de eventos a asesorar y tutorizar. Dicha solicitud se fundamenta en una demanda superior por parte de entidades públicas y promotoras de eventos de adherirse a los Compromisos Turísticos de sostenibilidad y accesibilidad, que no logra cubrirse con el número de eventos previstos en el alcance inicial del contrato. En concreto se incrementa el número de eventos a asesorar y tutorizar, pasando estos de 10 a 15 eventos. Se introducen las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que las hace necesarias. La modificación no afecta al contenido sustancial del contrato. La modificación se corresponde con el supuesto del artículo 114.3.a), ya que concurren circunstancias imprevisibles para una entidad adjudicadora diligente. El importe acumulado de las modificaciones no excede en ningún caso del 50% del importe de adjudicación del contrato.


 
 
 
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