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Aclaraciones realizadas del anuncio

 
Información adicional 1-1323/01/2026
Respuesta a solicitudes de información adicional

Información adicional 1-13.pdf      Tamaño: 446,99 kb

Información adicional 1402/02/2026
PREGUNTA: Se solicita la ampliación del plazo de presentación de ofertas hasta el 24 de febrero de 2026, en virtud de lo dispuesto en el artículo 136 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

RESPUESTA: El presente contrato se rige en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, por la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos, y sus disposiciones reglamentarias, no siendo de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

No obstante, cabe precisar que el alegado artículo 136 de la Ley 9/2017, no contempla la ampliación de los plazos en los términos que señala la interesada, limitando la posibilidad de ampliación del plazo inicial de presentación de las ofertas y solicitudes a supuestos tasados.

El plazo de presentación de las ofertas y solicitudes de participación ha sido fijado respetando lo establecido en la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos públicos, sin que concurran ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 46 de la citada norma que justifiquen la ampliación de dicho plazo.

Información adicional 1505/02/2026
PREGUNTA: Se consulta si para la constitución de la garantía provisional, ya sea mediante aval bancario o contrato de seguro de caución, es suficiente con adjuntarlo a la oferta o si se requiere un bastanteo y depósito previo.

RESPUESTA: Será suficiente con presentar el resguardo de haber constituido la garantía por importe de 50.000 euros de acuerdo con lo establecido en la cláusula 8 de las Condiciones particulares del Pliego Regulador. Una vez presentado, el órgano gestor realizará las comprobaciones oportunas y solicitará, en su caso, cualquier subsanación que resulte necesaria.

A tal efecto, se informa de que, al realizarse su presentación por medios electrónicos, el documento de garantía deberá estar firmado haciendo uso de firma digital. En el supuesto de que el documento no disponga de una firma electrónica válida, el licitador deberá presentar el documento original ante el órgano de contratación.

 
 
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