| La estipulación 13, en relación a las categorías 2 y 3 queda redactado como sigue:
Categoría 2 y 3 Servicio in situ en las instalaciones donde se ubique el cliente o, alternativamente, disposición de un taller o red de talleres, propios o concertados, ubicados en la Comarca de Pamplona Para su acreditación se deberá presentar: ? En el caso del primer supuesto (servicio in situ): declaración responsable y documentación acreditativa de la disposición del servicio de entrega/recogida de vehículo, así como la disposición de unidad móvil para la prestación de servicios preventivos en las instalaciones del cliente. ? En el caso del segundo supuesto (taller o red de talleres): aportación de la documentación correspondiente a un taller concreto, establecida en el apartado anterior, o, alternativamente, declaración responsable de la disposición de una red concertada de talleres inscritos en el registro industrial. En este último caso, la declaración responsable deberá incluir una descripción de los medios, características y/o condiciones a través de los cuales se prestan los servicios en la Comarca de Pamplona. |