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Aclaraciones realizadas del anuncio

 
Subcontratación27/08/2024
La subcontratación está permitida, en los términos que recoge el artículo 107 de la Ley Foral de Contratos Públicos.
Si la licitadora pretende subcontratar las prestaciones objeto del contrato deberá aportar una relación exhaustiva de los subcontratistas y un documento original que demuestre la existencia de un compromiso formal con tales empresas especificando la parte del contrato que va a ser objeto de subcontratación con cada empresa y su importe. En tal caso, deberá acreditarse que las empresas subcontratadas disponen de un nivel de solvencia suficiente para la ejecución de la subcontrata, que se valorará conforme a los criterios establecidos en el pliego, aplicados proporcionalmente según el importe aproximado de cada subcontrata. Dicha relación vendrá acompañada de una declaración de los subcontratistas explicitando que están de acuerdo en cumplir las condiciones del contrato y que no concurre ninguna de las causas del artículo 22.
Esta documentación deberá presentarse por aquella licitadora que sea propuesta adjudicataria.

https://www.lexnavarra.navarra.es/detalle.asp?r=50031#Ar.107

Número de suplentes29/08/2024
Ante la pregunta: cuántas personas dispone la BBDD que se va a facilitar de cara a estimar el número de envíos postales que hay que realizar. En estudios similares se suele contar con una muestra titular (entendemos que en este caso serán 2.900 ciudadanos) y una muestra de reserva por si alguna persona rechaza participar en el estudio.

Indicar que la muestra cuenta con 2.900 personas titulares de la encuesta. No está previsto facilitar suplentes.

Porcentaje de teléfonos fijos y móviles29/08/2024
Ante la pregunta: nos gustaría conocer el porcentaje aproximado de teléfonos fijos y móviles que incluye esta BBDD.

Indicar que no disponemos de esta información ya que la muestra no ha sido extraída.

 
 
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