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Aclaraciones realizadas del anuncio

 
Información adicional 108/08/2024
PREGUNTA: Para la presentación del SOBRE B - Proposición relativa a criterios NO cuantificables mediante fórmulas, ¿el límite de páginas solo se aplica al apartado B.1 B1.- PLAN DE SEGURIDAD TIPO Edificio ficticio, siendo el resto B2, B3 y B4 ilimitados y en cualquier formato?
RESPUESTA: La limitación de páginas está establecida únicamente para el apartado B1

Información adicional 208/08/2024
PREGUNTA: En relación al Anexo XIII de información del personal a Subrogar, ¿pueden indicar si los pluses reflejados en la tabla son mensuales o anuales?
RESPUESTA: La cantidad reflejada en el anexo XIII corresponde a pluses anuales, distribuidos en 12, 14 o 15 mensualidades dependiendo del tipo de plus.

Información adicional 321/08/2024
PREGUNTA: Respecto al contrato 4 del Lote 1, ¿podrían indicar cuáles son las rondas solicitadas para el centro CENIFER?. Así mismo el Vigilante objeto de subrogación en este centro tiene una jornada del 60% que corresponde a 1.069 Horas de jornada anual y siendo que las horas solicitadas en el Centro CENIFER son 483 horas anuales ¿podrían indicar si este Vigilante completa su jornada realizando rondas de vigilancia discontinua en algún otro centro?
RESPUESTA: Los criterios del servicio en el centro Cenifer son:
2 visitas en horario nocturno en días laborables
4 visitas los sábados, domingos y festivos
365 días acuda
Para el cálculo del coste ronda se ha establecido como base 1 hora por ronda que incluye el periodo efectivo en el centro, 30 minutos, más el periodo de traslado al centro, 30 minutos.
Este servicio se ha reducido conforme al establecido en el Acuerdo Marco 2019-2023
En cuanto a su pregunta sobre si este Vigilante completa su jornada realizando rondas de vigilancia discontinua en algún otro centro, la respuesta es no, ya que no existe ningún otro centro dentro de los actuales servicios en el Gobierno de Navarra que contemple esta modalidad.

Información adicional 427/08/2024
PREGUNTA: ¿En qué momento debe presentarse la documentación justificativa de la solvencia económica y financiera, y técnica o profesional?

RESPUESTA: De acuerdo con lo establecido en la cláusula 7.1 de las condiciones particulares del Pliego Regulador, ?la persona licitadora que vaya a resultar propuesta seleccionada deberá acreditar la solvencia económica y financiera para poder efectuar los servicios objeto del Acuerdo Marco.?

De acuerdo con lo establecido en la cláusula 7.2 de las condiciones particulares del Pliego Regulador, ?la persona licitadora que vaya a resultar propuesta seleccionada deberá acreditar la solvencia técnica o profesional para poder efectuar los servicios objeto del Acuerdo Marco.?

En relación con lo anterior, la cláusula 15 de las condiciones particulares del Pliego Regulador, dispone que las entidades que van a resultar propuestas para sus selección en el presente Acuerdo Marco, deberán presentar una serie de documentación, entre la que se encuentra la documentación que justifique la solvencia económica y financiera, y técnica o profesional, conforme a lo señalado en la cláusula 7.

Por lo tanto, la documentación justificativa de la solvencia, únicamente es exigida a las entidades que vayan a resultar propuestas para su selección en el Acuerdo Marco, que deberán presentarla como requisito previo a dicha selección, previo requerimiento realizado al efecto.

Información adicional 5 - Presentación de Oferta Económica30/08/2024
De acuerdo con lo establecido en el Pliego Regulador, la Oferta económica a incluir en el SOBRE C, deberá ajustarse al modelo que figura como Anexo IV del Pliego Regulador e incluirá la firma de la licitadora o persona que la represente.

No obstante, la configuración del criterio relativo a la Oferta Económica en la Plataforma de Licitación Electrónica de Navarra (PLENA) se ha realizado con un criterio maestro que exige además, rellenar un campo
titulado "Introduzca el precio sin IVA. IMPORTANTE: En caso de discrepancia entre el valor introducido y el valor en el documento, la Mesa de Contratación decidirá."

Por tanto, los licitadores deben presentar su oferta económica adjuntando el Anexo IV, cuyos valores son los que se tendrán en cuenta para proceder a la valoración de la oferta. En el campo obligatorio que les aparece
en PLENA, deberán introducir cualquier valor, ya que el valor introducido en ese campo no se tendrá en cuenta. La oferta económica se valorará únicamente con los valores que presenten en el Anexo IV.

Corrección de errores advertidos en el anuncio de licitación y Pliego Regulador, estableciéndose la ampliación del plazo de presentación de ofertas.03/09/2024
Se adjunta RESOLUCIÓN 29/2024, de 3 de septiembre, del director del Servicio de Desarrollo de las Políticas de Seguridad, por la que se corrigen los errores advertidos en el anuncio de licitación y Pliego Regulador del expediente del Acuerdo Marco para la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada del Gobierno de Navarra durante los años 2024 a 2027, estableciéndose la ampliación del plazo de presentación de ofertas hasta las 23:59 horas del 03/10/2024. Anuncio de modificación, enviado al DOUE.

05 Resolución corrección Acuerdo Marco.pdf      Tamaño: 1016,94 kb

Información adicional 6 - Retribución bruta15/09/2024
PREGUNTA: ¿Nos podrían informar de qué cuantía bruta anual es la que se le pagará a los vigilantes adscritos a los centros hospitalarios?

RESPUESTA: Con respecto a su pregunta cabe indicarle que el anexo XIII se recoge toda la información disponible y ofrecida por las empresas y representantes sindicales de los diferentes lugares de trabajo que permite cuantificar la cuantía bruta anual por vigilante.

Información adicional 7 - Extensión apartado B1 Plan de Seguridad15/09/2024
PREGUNTA: En el documento B1_Plan de Seguridad, ¿debemos entender que son 30 paginas, incluidas portada e índice o por el contrario son 30 paginas sin contar la portada e índice?

RESPUESTA: En relación con el apartado B1 ? Plan de Seguridad, la cláusula 9 de las Condiciones Particulares, establece que ?La información, tanto en letra como en imagen, si la hubiese, será clara y concisa y no podrá exceder de 30 páginas en fuente Arial, tamaño 11 puntos, interlineado sencillo, márgenes superior e inferior, izquierdo y derecho 2,5 centímetros.?
Por tanto, la portada e índice son considerados parte del documento y por tanto se contabilizan dentro de esas 30 páginas

Información adicional 8 - Posibilidad de presentar una nueva oferta o modificar la oferta presentada.16/09/2024
PREGUNTA: En relación a la ampliación del plazo para presentar ofertas, ¿Qué ocurre si ya se ha presentado la oferta correspondiente?, ¿hay posibilidad de modificarla en su caso?

RESPUESTA: Las empresas pueden presentar una nueva oferta, volviendo a realizar los pasos que siguieron para presentar la primera, y es la nueva la que prevalecerá.
Dentro de las consultas e incidencias habituales de PLENA, en el punto 18 ("¿Puede una misma empresa licitadora enviar varias ofertas a una misma licitación?"), se indica lo siguiente:
?Si una empresa desea volver a enviar una nueva oferta debe comenzar desde el principio, es decir, ejecutando el archivo descargado desde la sede de PLENA y realizando la inscripción de nuevo. Al realizar la inscripción con los mismos datos que la vez primera, PLENA alertará de que en el caso de que finalmente envíe la nueva oferta, la oferta que prevalecerá será la nueva y será ésta la que se someta a evaluación.?
https://portalcontratacion.navarra.es/es/aula-virtual-interna/consultas-e-incidencias-habituales/consultas-e-incidencias-habituales-plena

 
 
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