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Aclaraciones realizadas del anuncio

 
Visita a edificio CIP ETI San Juan de Tudela23/05/2024
Se ha programado una visita al edificio CIP ETI San Juan de Tudela. Será el próximo martes día 28 de mayo a las 10:15h. El punto de encuentro será la puerta de acceso principal al edificio.

Se ruega confirmación de asistencia a través del correo electrónico : obraseducacion@navarra.es

Planos edificio y fotografías febrero 2024.30/05/2024
Se aportan planos del edificio - Proyecto ampliación 1965.

https://dpto.educacion.navarra.es/obras/202405/PLANOSAmpliacionEscuelaTrabajoTudela.zip

Se aportan planos del edificio - Proyecto escalera 1994.

https://dpto.educacion.navarra.es/obras/202405/PLANOSreformaETIEscaleraP1aP2.zip


Se aportan fotografías de febrero 2024.

https://dpto.educacion.navarra.es/obras/202405/FOTOSfebrero2024.zip

Esta documentación es orientativa y deberá ser contrastada por el licitador.

Planos edificio y fotografías febrero 2024.31/05/2024
Se aportan planos del edificio - Proyecto ampliación 1965.

https://dpto.educacion.navarra.es/obras/202405/PLANOSAmpliacionEscuelaTrabajoTudela.zip

Se aportan planos del edificio - Proyecto escalera 1994.

https://dpto.educacion.navarra.es/obras/202405/PLANOSreformaETIEscaleraP1aP2.zip


Se aportan fotografías de febrero 2024.

https://dpto.educacion.navarra.es/obras/202405/FOTOSfebrero2024.zip

Esta documentación es orientativa y deberá ser contrastada por el licitador.

03. Consultas publicadas PLENA y Portal a licitación - ET(...)      Tamaño: 8,70 kb

Datos de interés tras visita guiada al edifico el 28 de mayo de 2024.31/05/2024
Datos de interés tras visita guiada al edifico el 28 de mayo de 2024:

- Horarios
- Cabina de ascensor
- Espacios desalojados por Ciclo Administración y Gestión.
- Alumnado Ciclos F.P en horario de mañana.

02. Consultas publicadas Portal a licitación - ETI San Ju(...)      Tamaño: 435,67 kb

Consulta realizada a través de PLENA31/05/2024
Ante la pregunta:
¿Es posible presentar una obra ejecutada para acreditación técnica, finalizada (acta de recepción) antes de la fecha de entrega del concurso y posterior a la fecha de anuncio del mismo?

Se responde:
Es posible acreditar la solvencia técnica a través de un Certificado de buena ejecución de una obra finalizada, antes de la finalización del plazo de presentación de ofertas de esta licitación.

Consulta realizada a través de PLENA31/05/2024
Ante la pregunta:
La Dirección de Obra requerida, ¿por parte del Arquitecto debe tener el Fin de Obra? ¿Es suficiente con tener la DO contratada? En caso de ir en UTE si uno de los miembros de la UTE, aparejador en este caso, tiene obras con Fin de Obra, sería suficiente para cumplir requisito?

Se responde:
La Dirección de Obra requerida, ¿por parte del Arquitecto debe tener el Fin de Obra?
El apartado 8. Solvencia técnica y profesional, experiencia y medios, del pliego regulador establece que se justificará la solvencia técnica mediante la presentación de Certificados de buena ejecución del licitador y Certificados del Colegio Oficial de Arquitectos/Ingenieros correspondiente, o en su caso, de la Administración Pública competente del equipo técnico propio del licitador para ejecutar el contrato.
No solicita la justificación de la solvencia técnica mediante la presentación de Finales de Obra.
¿Es suficiente con tener la DO contratada?
El arquitecto requerido en el equipo puede ser licitador o puede únicamente formar parte de equipo técnico sin ser directamente licitador.

En caso de ir en UTE si uno de los miembros de la UTE, aparejador en este caso, tiene obras con Fin de Obra, sería suficiente para cumplir requisito?
En caso de participaciones conjuntas, las obras presentadas en la relación de los principales servicios de redacción de proyecto y dirección de obra, avalada por Certificados de buena ejecución, podrán ser indistintamente de cualquiera de las empresas que concurren conjuntamente.
Sin embargo se recuerda que los Certificados de buena ejecución que acrediten la solvencia técnica requerida (tanto en el apartado 8.1 y apartado 8.2) lo serán del servicio de redacción de proyecto y dirección de obra y no del servicio de dirección de ejecución de obra.

Consulta realizada a través de PLENA31/05/2024
Ante la pregunta:
El ingeniero requerido en el equipo, ¿debe formar parte de la UTE inicial o puede solventarse con declaración responsable de adscripción de medios?

Se responde:
El ingeniero requerido en el equipo, puede concurrir en UTE como licitador o puede únicamente formar parte de equipo técnico sin ser directamente licitador. Se recuerda que de conformidad al apartado 10 del pliego regulador, cada licitador no puede presentar más de una oferta y que de la misma forma, tampoco podrá suscribir ninguna oferta en participación conjunta con otros licitadores si lo ha hecho individualmente ni podrá figurar en más de una de esas agrupaciones.

Consulta realizada a través de PLENA31/05/2024
Ante la pregunta:
¿El ingeniero debe estar presente en el equipo licitador desde la presentación de oferta o puede presentarse mediante adscripción de medios?

Se responde:
El ingeniero requerido en el equipo puede ser licitador o puede únicamente formar parte de equipo técnico del licitador sin ser directamente licitador. Se recuerda que de conformidad al apartado 10 del pliego regulador, cada licitador no puede presentar más de una oferta y que de la misma forma, tampoco podrá suscribir ninguna oferta en participación conjunta con otros licitadores si lo ha hecho individualmente ni podrá figurar en más de una de esas agrupaciones.

Consulta realizada a través de PLENA31/05/2024
Ante la pregunta:
En el caso de presentarse en UTE, conformada por arquitectos, aparejador y en su caso ingeniero, ¿el requisito de Dirección de obra por PEM de 750.000¤ debe acreditarse por el arquitecto? ¿Sería suficiente que lo acreditase el aparejador?¿Para acreditarlo debe de haber Certificado Fin de Obra obligatoriamente o con certificar que la dirección ha sido contratada sería aceptado?

Se responde:
¿El requisito de Dirección de obra por PEM de 750.000¤ debe acreditarse por el arquitecto? ¿Sería suficiente que lo acreditase el aparejador?

El apartado 8. Solvencia técnica y profesional, experiencia y medios, del pliego regulador establece que se justificará la solvencia técnica mediante la presentación de Certificados de buena ejecución del licitador y Certificados del Colegio Oficial de Arquitectos/Ingenieros correspondiente, o en su caso, de la Administración Pública competente del equipo técnico propio del licitador para ejecutar el contrato.
Se recuerda que los Certificados de buena ejecución que acrediten la solvencia técnica requerida comprenden la totalidad del servicio: redacción y dirección de obra.

Se recuerda que el servicio objeto de esta contratación no comprende la dirección de ejecución material de las obras, ni la coordinación de seguridad y salud de las mismas.

¿Para acreditarlo debe de haber Certificado Fin de Obra obligatoriamente o con certificar que la dirección ha sido contratada sería aceptado?
La justificación de la solvencia técnica y profesional, experiencia y medios, no se justifica mediante la presentación de Certificados Finales de Obra. Se justifica según apartado 8. del pliego regulador, mediante la presentación de Certificados de buena ejecución (apartado 8.1.) y los Certificados de cada profesional (apartado 8.2.).

Consulta realizada a través de PLENA - Aclaración 1 Solvencia técnica.04/06/2024
Ante la pregunta:
Conozco por licitaciones anteriores que los ingenieros redactores de los proyectos de instalaciones en caso de adjudicación no tienen por qué ser directamente licitadores, sino que pueden formar parte del equipo técnico aportando la correspondiente solvencia.
Pero, en caso de querer introducir en el equipo otros arquitectos colaboradores, además de los propios licitadores de forma que tengan una participación en el proyecto visado y dirección de obra, ¿podrán tener igualmente una vez acabadas las obras el certificado de solvencia técnica?

Se responde:
- Si la consulta realizada se refiere a si todas las personas que forman parte del equipo técnico del licitador, deben acreditar su solvencia técnica y profesional, se responde lo siguiente:
Podrán formar parte del equipo técnico otros arquitectos colaboradores que no sean los propios licitadores.

El licitador deberá indicar qué profesionales forman parte del equipo (como mínimo un arquitecto superior y un ingeniero responsable de los proyectos de instalaciones) y deberán aportar por cada profesional la documentación que indica el pliego regulador:

- Certificado de alta en el Colegio Oficial correspondiente.
- Certificado del Colegio Oficial correspondiente, o en su caso, de la Administración Pública competente.

El licitador podrá ampliar su equipo técnico con más personas (más de un arquitecto o más de un ingeniero), siempre y cuando se justifique la solvencia técnica o profesional de al menos uno de ellos.

El licitador que vaya a ser propuesto como adjudicatario presentará la documentación indicada en el apartado 13 del Pliego, en el pazo previsto en el mismo.

Consulta realizada a través de PLENA - Aclaración 2 Solvencia técnica.04/06/2024
Ante la pregunta:
Conozco por licitaciones anteriores que los ingenieros redactores de los proyectos de instalaciones en caso de adjudicación no tienen por qué ser directamente licitadores, sino que pueden formar parte del equipo técnico aportando la correspondiente solvencia.
Pero, en caso de querer introducir en el equipo otros arquitectos colaboradores, además de los propios licitadores de forma que tengan una participación en el proyecto visado y dirección de obra, ¿podrán tener igualmente una vez acabadas las obras el certificado de solvencia técnica?

Se responde:

- Si la consulta realizada se refiere a si una vez finalizada la obra, al arquitecto que forma parte del equipo técnico (colaborador), sin ser licitador, el Departamento de Educación podrá emitir un Certificado de correcta ejecución.

La administración contratante, únicamente podrá certificar los trabajos contratados con el licitador con quien se vincula contractualmente.

Se recuerda que cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en participación conjunta con otros licitadores si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una de esas agrupaciones.

Y se recuerda así mismo, que una persona que forme parte del equipo técnico (colaborador) de un licitador, no podrá presentarse como licitador de otra propuesta.

Consulta realizada a través de PLENA - Taller de cocina10/06/2024
Ante la pregunta:
En el programa de Hostelería, en la descripción del taller de cocina, se menciona un economato. No aparece en el listado de superficies. ¿Es necesario un almacén de alimentos, aparte de los descritos en este taller?
A este respecto, la carga y descarga de este centro va a aumentar considerablemente, debido al programa de hostelería, que necesita de suministros perecederos diarios. El centro está en una situación urbana complicada, con ninguna zona de carga y descarga adscrita al centro. ¿hay alguna previsión de cómo resolver esta cuestión?

Se responde:
El programa de necesidades establece que la superficie útil orientativa del Taller de cocina es de 185 m2. Las zonas del taller (zona de recepción de materias primas y economato, zona de cámaras, de trabajo, de limpieza, etc), se entienden comprendidas dentro de esta superficie orientativa.
La forma de resolver el acceso a la carga y descarga de materias primas para el ciclo de Hostelería y Turismo es un tema a estudiar y resolver en esta licitación. El pliego no establece la forma de hacerlo.

 
 
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