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Aclaraciones realizadas del anuncio

 
ACLARACIONES SOBRE LA LICITACIÓN DEL ACUERDO MARCO13/10/2021
PREGUNTA:
1. Los precios se marcan por intervalos. ¿Quién marca el precio final de cada uno de los trabajos y con qué criterio? ¿El porcentaje ofertado de descuento aplica sobre el que se acuerde en cada una de las piezas realizadas?
RESPUESTA:
El precio final se marca por el servicio de comunicación atendiendo al trabajo concreto encargado (nivel de dificultad, creatividad, etc). El porcentaje de descuento que se oferte aplica para cada encargo.

PREGUNTA:
2. No nos queda claro lo del euskera. Parece que el precio de las traducciones al euskera corre por parte del estudio, ¿es así? En muchos casos es una cantidad importante e imposible de saber ahora para valorar los trabajos.
RESPUESTA:
En el lote 1, la adjudicataria procederá únicamente a la traducción de los anuncios de publicidad. En el lote 1 y en el lote 2, la traducción de los encargos corre en principio por cuenta del Ayuntamiento de Pamplona, salvo en casos puntuales de necesidad.

ACLARACIONES SOBRE LA LICITACIÓN13/10/2021
En el lote 1 tenemos varias dudas sobre lo que presentar:

PREGUNTA:
Se marca que el precio de página de folleto es 50¤. En el lote 2 el precio mínimo de un díptico en 500¤. ¿Es un error lo del lote 1?

RESPUESTA:
Los precios son correctos. En el caso del lote 1, teniendo en cuenta que son trabajos de ?grandes campañas?, la idea creativa va valorada en un apartado y los demás elementos de desarrollo de dicha idea son valorados con otro precio.

PREGUNTA:
La solvencia técnica para el lote 1 se solicitará únicamente a la empresa adjudicataria, ¿es correcto?
RESPUESTA:
Es correcto

PREGUNTA:
Para presentarse al lote 1 hay que hacer el plan de comunicación y el de medios de la campaña y se valora con puntuación. Pero en el tarifario en ningún momento figura como una tipología de trabajo que se vaya a realizar.
¿Tiene sentido solicitarlo? Ya sé que no somos nadie para cuestionarlo pero que casi la mitad de esa puntuación (30 de 70) corresponde a esos trabajos.
RESPUESTA:
Los criterios de adjudicación son los recogidos en el apartado L.1.

ACLARACIÓN SOBRE LA LICITACIÓN13/10/2021
En el lote 2 tenemos varias dudas sobre lo que presentar:


PREGUNTA:
¿En el cartel tienen que aparecer los cursos?
RESPUESTA:
El condicionado recoge que se debe aportar el diseño de un cartel ?en DINA-2 para la promoción de la inscripción a los cursos?

PREGUNTA:
¿El tríptico tiene que ser de un tamaño determinado o podemos proponer? Hay bastante texto y en uno estándar no creemos que entre.
RESPUESTA:
El condicionado no fija tamaño para el tríptico.

PREGUNTA:
El logo no es para la casa de juventud. ¿Pero cuál es el literal del logo? ¿Existe ese literal (nombre) o hay que inventarlo? ¿Una parte de él tiene que ser el logo oficial de Pamplona?
RESPUESTA:
El condicionado recoge que ?el logo deberá identificar al Ayuntamiento y deberá estar pensado para la comunicación con el público juvenil. Se trata de proponer una imagen para la comunicación del Ayuntamiento de los temas/servicios de juventud (no sólo de la Casa de la Juventud)?

ACLARACIONES SOBRE LA LICITACIÓN15/10/2021
PREGUNTA:
En el apartado G del contrato sobre Solvencia económica o financiera, para el lote 2 se indica la presentación del volumen anual de negocio de los últimos tres ejercicios (2018, 2019 ,2020). Nuestra agencia se creó en 2019 y cumplimos de sobra todos los parámetros marcados de volumen de negocio y solvencia técnica para los años 2019, 2020 y 2021. ¿Podríamos presentarnos?

RESPUESTA:
La LFCP establece en el artículo 16.2, para acreditar la solvencia económica o financiera: ?Una declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades similar al del objeto del contrato, referida como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades de quien vaya a licitar, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.?

Y El apartado G de las CPC dice:
-Para el lote 2: Declaración responsable, firmada por el representante legal de la entidad, sobre el volumen anual de negocio referido a los tres últimos ejercicios concluidos (2018, 2019 y 2020). Se considerará que la licitadora posee solvencia económica y financiera para la ejecución de este contrato cuando acredite un volumen de negocio, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, no inferior a 50.000 euros (IVA excluido).

En consecuencia, aplicando el citado artículo de la LFCP, es admisible, en función de la fecha de creación o inicio de las actividades, presentar los documentos correspondientes a los ejercicios en activo, debiendo ser el volumen global de negocios del año en curso en el que se disponga no inferior a 50.000 euros (IVA excluido).

ACLARACIONES SOBRE LA LICITACIÓN18/10/2021
PREGUNTA
Sobre el diseño del logo: ¿buscáis un branding completo con el nombre para los temas/servicios de juventud, o solamente un símbolo?

RESPUESTA
Con respecto al logo que debe presentarse, el pliego únicamente recoge que ?El logo deberá identificar al Ayuntamiento y deberá estar pensado para la comunicación con el público juvenil. Se trata de proponer una imagen para la comunicación del Ayuntamiento de los temas/servicios de juventud (no sólo de la Casa de la Juventud)?

PREGUNTA
Sobre el folleto/cartel: ¿Hay que incluir todos los cursos del Anexo V, en castellano y euskera, o solamente el bloque de ?Cursos culturales y de desarrollo personal y profesional??

RESPUESTA
El condicionado recoge que se debe aportar el diseño de un cartel ?en DINA-2 para la promoción de la inscripción a los cursos?

ACLARACIONES SOBRE LA LICITACIÓN19/10/2021
PREGUNTA:
¿Se puede justificar la solvencia técnica con justificantes de la experiencia en la empresa anterior? ¿Se puede justificar la solvencia financiera mediante otros medios establecidos en la ley de contratos? Me refiero, en concreto a: a) Declaraciones formuladas por entidades financieras y, en el caso de profesionales, un justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.


RESPUESTA
Con relación a la solvencia económica o financiera, el artículo 16 LFCP establece en el apartado 4: ?Si por una razón justificada quien vaya a licitar no se encuentra en condiciones de presentar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el órgano de contratación considere adecuado?.
Con relación a la solvencia técnica o profesional: sí

ACLARACIONES SOBRE LA LICITACION22/10/2021
PREGUNTA:

¿Podrían enviarme el briefing del lote 1 del Acuerdo Marco por favor?


RESPUESTA:

La información es la que aparece en el cuadro de características del contrato.

aclaración22/10/2021
PREGUNTA:

¿Podrían enviarme el briefing del lote 1 del Acuerdo Marco por favor?

RESPUESTA:

La información es la que aparece en las Condiciones Particulares del Contrato.

ACLARACIONES SOBRE LA LICITACIÓN25/10/2021
PREGUNTA:

En relación al lote 2, y concretamente al tema del logotipo:
· ¿Se trata de hacer un logotipo nuevo que conviva con el ya existente ?Pamplona Joven / Iruña Gaztea??
· ¿Se va a seguir utilizando el logo Pamplona Joven / Iruña Gaztea?
· En el caso de que vayan a funcionar los dos, el nuevo que pedís y el ya existente, para qué queréis utilizar cada uno de ellos?

RESPUESTA:
Las condiciones particulares del contrato no menciona en ningún momento el logo de ?Pamplona Joven / Iruña Gaztea?. La propuesta no tiene que convivir con él. De hecho, el nuevo logotipo vendría a sustituirlo.

ACLARACIÓN SOBRE LA LICITACIÓN29/10/2021
PREGUNTA:
· La marca de juventud a día de hoy es ?Pamplona Joven/ Iruña Gaztea? . Entendemos perfectamente, como has respondido, que la nueva marca a desarrollar es en sustitución de la actual. Pero nuestra duda es: ¿el nombre para el logo debe ser PAMPLONA JOVEN - IRUÑA GAZTEA? o ¿puede y debe ser otro nombre?

RESPUESTA:
Las Condiciones Particulares del Contrato no establecen ninguna obligatoriedad al respecto

aclaraciones a la licitación29/10/2021
PREGUNTA:
¿Las propuestas deben ser ciegas o podemos incluir el logotipo de la agencia?

RESPUESTA:
Ni el Pliego de Prescripciones Técnicas ni las Condiciones Particulares del Contrato contemplan nada sobre este extremo.

PREGUNTA:
Para poder decidir bien el nombre para la nueva marca (las actividades para jóvenes del ayuntamiento de Pamplona) es necesario saber si siempre va ir junto al logotipo del Ayuntamiento de Pamplona o si se va a utilizar de manera independiente.

RESPUESTA:
El Condicionado no lo especifica, por lo que es opcional.

PREGUNTA:
¿Existe un traducción oficial en euskera de ?Casa de la Juventud?? ¿Al referirse a ella hay que hacerlo siempre en los dos idiomas?

RESPUESTA:
Gaztediaren Etxea. No es necesario referirse a ella en los dos idiomas siempre

Aclaración sobre la licitación02/11/2021
PREGUNTA:
Para el lote 2, ¿hay una extensión máxima de hojas para cada uno de los materiales que se deben presentar: cartel, folleto tríptico, post para Instagram y logotipo?

RESPUESTA:
No. No se contempla ninguna extensión máxima.

ACALARACIONES SOBRE LA LICITACIÓN04/11/2021
PREGUNTA:
La documentación relativa a la Solvencia económica y financiera, técnica o profesional no hay que incluirla, y que se pedirá solo a las empresas que propongáis como adjudicatarias.
¿Es así?

RESPUESTA:
Así es

PREGUNTA:
En el contrato del acuerdo marco se pide
- Memoria con la relación nominal del personal que se adscribe a la ejecución del contrato, tipo de contrato, edad y curriculum vitae.

Nuestra duda es si ese documento debe reflejar la relación nominal actual de la plantilla o debe concretarse la adhesión a la plantilla de menores de 30 y los contratos indefinidos que puntúan en criterios sociales

De ser así, ¿es necesario poner nombres y apellidos de esos posibles trabajadores a futuro?

RESPUESTA:
Las CCC establecen, en el apartado I.3Sobre C, que, en el documento, se indicará la participación de profesionales jóvenes en el contrato, la adscripción de personas con contrato indefinido y si tienen implantadas medidas de conciliación entre la vida personal, laboral y familiar (Criterios sociales).
En función de lo anterior, la relación nominal del personal que se adscribe a la ejecución del contrato, tipo de contrato, edad y curriculum vitae debe contener los datos de los/as trabajadores/as adscritos al contrato, ya sean de plantilla o nuevas contrataciones.
No se pide la relación nominal de toda la plantilla, solo del personal específicamente adscrito a este contrato.

PREGUNTA:
Cuando se habla de "identificar al ayuntamiento?, ¿la parte gráfica debe identificar al ayuntamiento de pamplona o algún otro elemento representativo de la ciudad?

RESPUESTA:
El condicionado no especifica nada al respecto

ACLARACIONES04/11/2021
PREGUNTA:
Con la respuesta no entendemos si en la relación nominal del personal que se adscribe a la ejecución del contrato, hay que poner quiénes van a ser esas personas que haremos indefinidas y la persona menor de 30 con nombres y apellidos o si en la relación nominal debemos señalar al personal actual que se adscribiría al contrato.

A parte de no entender si hay que reflejar el personal actual o el posible a futuro (ya que esas contrataciones van a depender de la adjudicación del contrato y de momento no podemos asegurarles nada) nos surge una duda? si quienes tenemos pensado contratar luego por lo que sea (encuentra otro trabajo, por ejemplo ) no se formaliza? ¿qué pasa?

RESPUESTA:
Hay que reflejar solo el personal que se va a adscribir al contrato, ya sea de plantilla o que se vaya a contratar. La decisión es de la licitadora: si va a adscribir al contrato solo personal de su plantilla actual o si piensa contratar a personas para este contrato, o si va a emplear algunas personas de la plantilla y otras van a ser nuevas contrataciones. En todos los casos, la relación nominal que ha de presentar se debe referir exclusivamente a las personas adscritas al contrato.

Para el caso de ? ?si quienes tenemos pensado contratar luego por lo que sea (encuentra otro trabajo, por ejemplo ) no se formaliza? ¿qué pasa?? El Pliego de Prescripciones Técnicas dispone que estas personas deberán contar con experiencia acreditada en gestión de publicidad. Se deberá acreditar mediante la presentación del curriculum vitae del personal que se vaya a adscribir a la ejecución del contrato. En todo caso, el contratista procederá a la sustitución del personal preciso, de forma que la ejecución del contrato quede siempre asegurada.

Ello quiere decir, que para el caso de que alguna de las personas que se comprometen a adscribir al contrato, no es posible por el motivo que sea, deberán adscribir otra persona de las mismas características

 
 
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