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Aclaraciones realizadas del anuncio

 
Aclaración respecto a la Adscripción del personal al contrato11/11/2019
Solicitada por un interesado en la licitación aclaración al Pliego Regulador se procede a dar respuesta a su solicitud:

Respecto a la autorización del profesional para ser adscrito a la ejecución del contrato, no se considera válido el acuerdo de prestación de servicios, confidencialidad y protección de datos del profesional respecto a la entidad licitadora, sino que la autorización de cada profesional al lictador para ser adscrito al contrato deberá ser expresa para la ejecución del contrato concreto objeto de esta licitación, tal y como se indica en el Anexo III.

Aclaración sobre la acreditación de residencia mínima prevista en la Cláusula 3ª del Pliego Regulador.11/11/2019
Solicitada por un interesado en la licitación aclaración al Pliego Regulador, se procede a dar respuesta a su solicitud:

Respecto a la pregunta de cómo acreditar la residencia mínima (5 ó 3 años) en alguno de los paises en los que el español tiene consideración de lengua oficial, será válido cualquier documento oficial expedido por una autoridad que acredita esa condición (certificado de residencia, empadronamiento?).

Aclaración sobre requisitos exigidos para el idioma wolof y su puntuación27/11/2019
Se ha recibido consulta de un posible licitador en los siguientes términos:

?Me gustaría saber exactamente qué requisitos exige el idioma wolof, si se puntúa y, si así fuera, cómo y cuánto?

Se realizan varias aclaraciones al respecto.

- En cuanto a los requisitos que se exige para el idioma wolof:
Remitimos a lo especificado en la cláusula 3 de las prescripciones técnicas del Pliego regulador. En ella se indica que para el Grupo 2 (grupo al que pertenece dicho idioma) la acreditación de la formación/experiencia puede hacerse por uno de los siguientes medios:
a) Licenciatura o Grado en Filología o en Traducción/interpretación, titulaciones de escuelas de idiomas o cualquier otra titulación de nivel similar
b) Ser oriundo o nacional del país en el que se hable el idioma propuesto y acreditar una residencia mínima de 5 años en alguno de los países en los que el español tenga consideración de lengua oficial.


- En cuanto a la puntuación de dicho idioma:
Tal y como dispone la Cláusula 11 del Pliego Regulador, es un requisito de solvencia técnica la adscripción al contrato de 2 profesionales para el idioma wolof , según la remisión que dicha cláusula hace a la Cláusula 3.2 de Prescripciones Técnicas. Por lo tanto estos profesionales forman parte equipo mínimo exigido para la correcta ejecución del contrato dada la demanda que tal idioma tiene en la prestación del servicio. Por lo tanto, el incumplimiento de tal requisito de solvencia sería motivo de exclusión del licitador o, en su caso, de resolución del contrato (extremo que se especifica expresamente en la cláusula 3.2 de Prescipciones). En consecuencia, al formar parte del criterio de solvencia no se puntúa como criterio de adjudicación.

Solicitud de aclaración extemporánea09/12/2019
Recibida solicitud de aclaraciones de un licitador a través de PLENA el día 4/12/2019 a las 9:44 horas, no se atiende por ser extemporánea y realizarse fuera del cauce y requisitos establecidos en la cláusula 8 del Pliego regulador.

 
 
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