(ir al contenido)
ES | EU

Aclaraciones realizadas del anuncio

 
1ª ACLARACIÓN19/02/2019
Recibida solicitud de aclaración acerca del contenido del SOBRE A .- Documentación General, se adjunta en formato editable: Anexo II.- Declaración de identificación / Anexo IV.- Declaración responsable de capacidad de contratar

Anexo_II.docx      Tamaño: 648,02 kb
Anexo_IV.docx      Tamaño: 647,90 kb

2ª ACLARACIÓN19/02/2019
Recibida solicitud de aclaración sobre la valoración de los criterios sociales, se indica que se tendrá en cuenta la disposición de planificación en materia de conciliación de la vida laboral y de igualdad entre mujeres y hombres. En caso de que la empresa licitadora concurra de manera conjunta o mediante subcontratación, se valorará la planificación disponible aplicable a cada integrante del equipo. Esta información se indicará en la ?Oferta técnica?, tal y como se recoge en el punto 3 de la estipulación 3.5.2. Sobre B. Criterios cualitativos y se fundamentará mediante una copia simple de cada documento de planificación en la ?Justificación de criterios?.
A este respecto, se señala que para este apartado, y para el conjunto del Pliego de condiciones reguladoras, se entiende por empresa (licitadora/adjudicataria/subcontratada) las personas naturales o jurídicas con capacidad de obrar.

3ª ACLARACIÓN19/02/2019
Recibida solicitud de aclaración sobre el modo de subir a PLENA la ?Justificación de criterios? del Sobre B, se indica que deberá incluirse en dicho Sobre, como documento independiente al de la Oferta Técnica.

4ª ACLARACIÓN22/02/2019
Recibida consulta sobre si los Planes de ordenación de montes servirían para justificar la solvencia técnica o profesional en la materia de ordenación del territorio y/o urbanismo, procede indicar:

El plan de ordenación de montes constituye un documento de planificación forestal, pudiendo definirse como el conjunto de escritos, cálculos y planos que se elaboran para identificar, estimar y planificar el aprovechamiento racional de todos los recursos del monte, la interrelación entre ellos, a la vez que toma en consideración su influencia sobre los distintos factores implicados, asegurando el mantenimiento de los procesos ecológicos y la biodiversidad genética.

En consecuencia el plan de ordenación de montes no tiene carácter de instrumento de ordenación territorial, no sirviendo para acreditar la solvencia técnica o profesional requerida en el pliego de condiciones reguladoras en materia de ordenación y/o urbanismo.

5ª ACLARACIÓN22/02/2019
Debido a problemas con el sistema de presentación de la oferta, se plantea la consulta de si se puede subir a PLENA la documentación de cada Sobre en un único pdf. por Sobre.
Procede señalar que sí se puede adjuntar en un solo pdf, la documentación de cada Sobre.

6ª ACLARACIÓN22/02/2019
Se plantea la duda en relación a la documentación del Sobre B, de cómo presentar la Justificación de criterios. Procede señalar que según se indica en el Pliego de condiciones reguladoras, se debe presentar en un documento independiente la documentación que acredite el cumplimiento de los criterios relacionados en la oferta técnica: Experiencia del equipo y Criterios sociales.

7ª ACLARACIÓN01/03/2019
Se procede a la sustitución en la Mesa de Contratación de la persona técnica designada por NASUVINSA.

 
 
Logo Navarra