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Aclaraciones realizadas del anuncio

 
Corrección de error en el precio de licitación.27/11/2018
Donde pone 19.388,43 Euros
Debería poner:
193.388,43 ¤ (IVA excluido)
Este precio figura de manera correcta en el Pliego Regulador.

Respuesta a las preguntas realizadas por la empresa IDOM el 5 de diciembre de 201810/12/2018
Se adjuntan documentos de respuesta a las preguntas realizadas por la empresa IDOM el 5 de diciembre de 2018.

Respuesta a preguntas realizadas por la empresa IDOM el 5(...)      Tamaño: 167,18 kb
ITSIruña - Planning Phase I.PDF      Tamaño: 216,51 kb

Respuesta a las preguntas realizadas por la empresa TEKIA IGENIEROS S.A.18/12/2018
Transcribimos el artículo 18 de la Ley Foral 2/2018, de Contratos Públicos que tomamos como base para las respuestas:

Artículo 18. Valoración de la solvencia económica y técnica de quien licite, por referencia a otras empresas.

Para acreditar su solvencia, quien licite podrá basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquellas acrediten que tienen efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos.

En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, quien licita deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los subcontratistas para la ejecución del contrato, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Asimismo deberá acreditar, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 16 y 17, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del contrato.

(Deben tener también en cuenta el último párrafo del punto 7 del pliego regulador, así como el artículo 107 de la referida Ley foral al que este remite).

En caso de presentación de oferta contando con la colaboración de una empresa subcontratada nominada en la oferta presentada,

1. ¿Se permitiría incluir certificados de buena ejecución de empresa y nominales del equipo de trabajo correspondientes a la empresa subcontratada?

Si, dado que la solvencia puede integrarse con medios de la entidad subcontratada.

2. ¿ Podría adscribirse personal de la empresa subcontratada al equipo de trabajo?

Por la misma razón, la respuesta es que sí, siempre que cumplan los requisitos de solvencia exigidos en el Pliego regulador.

Resolución de problemas para la presentación telemática de las ofertas.20/12/2018
En determinados apartados relativos al sobre 3 se producen problemas al tratar de introducir los datos en los formularios. Estos problemas parece que pueden resolverse poniendo un 1 en los criterios que dan problemas.
Ello es posible porque conforme a las normas en caso de discrepancia entre los formularios de PLENA y la documentación que anexan los licitadores, prevalece ésta última.

Operativa para anexar la documentación correspondiente al sobre 3 en la aplicación PLENA.,20/12/2018
Por razones operativas, se recomienda adjuntar toda la documentación del sobre 3 en el apartado del criterio precio.

 
 
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