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Aclaraciones realizadas del anuncio

 
Aclaración nº 1.- Visita a instalaciones objeto del contrato19/06/2017
La reunión de inspección de las instalaciones objeto del contrato se celebrará el día 22 de junio de 2017, JUEVES, a las 10 horas de la mañana, partiendo de la sede de la Casa Consistorial, Plaza de los Fueros nº 3 de Noáin.

Aclaración nº 2.- Criterios de adjudicación19/06/2017
En la cláusula 7.1 del Pliego, Criterios Sociales hasta 17 puntos, se aclara que se dará la mayor puntuación a quien realice la mejor oferta, valorándose el resto de forma directamente proporcional.

Aclaración nº 3.- Preguntas diversas sobre el Pliego19/06/2017
Una empresa efectúa diversas preguntas sobre el personal a subrogar:

1. Fecha de nacimiento.

Por la ley de protección de datos no podemos dar datos personales que no influyen en el coste del trabajador, por lo que no podemos facilitar la fecha de nacimiento de los trabajadores.

2.- Convenio al que están adscritos los trabajadores y pactos de la empresa existentes.

El convenio al que están adscritos los trabajadores de limpieza, es al Convenio Provincial de Navarra de Limpieza.

3.- Porcentaje de jornada contratada.

El porcentaje de jornada es el resultante entre la jornada semanal de cada trabajador ( indicado en la tabla ) y la jornada semana máxima ( 39,26 horas a la semana).

4.- Horario de jornada de trabajo.

Las dos trabajadoras con Nocturnidad, tienen 1 hora de nocturnidad (de 5:00 a 6:00) al día.

Aclaración nº 4.- Sobre horas mínimas de limpieza diaria, semanal y anual de diferentes edificios (Páginas 62 y 63 del Pliego)19/06/2017
- En el COLEGIO PÚBLICO SAN MIGUEL, donde dice:
JORNADA SEMANAL 125,81
JORNADA DIARIA 25,162
DIAS AÑO 190
HORAS AÑO 4.780,78
DE LUNES A VIERNES

Debe constar:
JORNADA SEMANAL 122,40
JORNADA DIARIA 24,48
DIAS AÑO 190
HORAS AÑO 4651
DE LUNES A VIERNES

- En el COMEDOR., donde dice:
JORNADA SEMANAL 20,64
JORNADA DIARIA 1,5
DIAS AÑO 170
HORAS AÑO 255,00
DE LUNES A VIERNES

Debe constar:
JORNADA SEMANAL 19,00
JORNADA DIARIA 3,80
DIAS AÑO 170
HORAS AÑO 646,00
DE LUNES A VIERNES

Asimismo se informa que en la página 63 vuelve a hablar sobre el COMEDOR y esta instalación está duplicada y no debe constar.

Aclaración nº 5.- Fórmula oferta económica (páginas nº 11/74 y 12/74)20/06/2017
Se publica esta aclaración sobre la fórmula que figura en estas páginas, ya que aunque la misma es correcta al figurar en dos páginas distintas puede conducir a error.


7.2.- Oferta económica. 50 puntos.

Criterios de valoración de la oferta económica: 45 puntos se repartirán proporcionalmente entre las ofertas con una baja de hasta el 20%.

Las bajas superiores al 20%, además de obtener el total de puntuación del tramo anterior se repartirán proporcionalmente los 5 puntos restantes.

La puntuación de la oferta económica se obtendrá de la siguiente fórmula:

p= 2,25*b b <= 20
p=45 + 1/16*(b-20) b > 20

Siendo:

p = Puntuación económica obtenida por cada oferta.
b = % de baja de la cantidad ofertada con respecto al valor de licitación máximo.

Los criterios para apreciar las ofertas anormalmente bajas serán los recogidos en el artículo 91 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos.

Aclaración nº 6.- Planos instalaciones26/06/2017
Se informa a todos los interesados que los planos de las distintas instalaciones se pueden descargar en la siguiente dirección de Dropbox:

https://www.dropbox.com/sh/1dytxv3rk29cnhi/AACFXT8tzCPbIqdc7wrLtX3ba?dl=0

Aclaración nº 7.- Pregunta sobre criterios sociales, apartado b)27/06/2017
Una empresa solicita que se aclare cual es el factor para identificar la mejor oferta, si es la que más actividades realice o las que más hora realice en su conjunto.

Respuesta: Se considerará la mejor oferta la que proponga mayor número de actividades.

Aclaración nº 8.- Pregunta sobre criterios sociales, apartado d)27/06/2017
Una empresa solicita que se aclare cual es el factor para identificar la mejor oferta, si es la que más actividades realice o las que más horas realice en su conjunto.

Respuesta: Se valorará según el interés público de la actividad.

Aclaración nº 9.- Aclaraciones sobre diversos aspectos del personal a subrogar27/06/2017
Se solicita la siguiente información:

1.- Porcentaje anual de contratación de cada uno de los trabajadores de subrogar.

2.- Horas anuales que tienen contratadas cada uno de los trabajadores a subrogar.

3.- Horario de trabajo y calendario anual de cada uno de los trabajadores a subrogar.

4.- Desglose de las horas que se destinan a cada uno de los centros.

Se adjunta dos tablas explicativas de dichos datos, haciendo constar que la relación y características del personas adscrito al contrato susceptible de subrogación, facilitada por la actual adjudicataria del contrato, al igual que las tablas que aparecen en el Pliego que se publicó en el Portal de Contratación se facilitan se facilitan a efectos informativos sin perjuicio de la revisión de dichos datos por parte de la empresa entrante con la empresa cesante, por cuanto el Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) no se hace responsable de la veracidad de los datos contenidos en la información, debiendo ser la propia empresa licitadora la que deberá comprobar las circunstancias laborales del personal con posible subrogación.

tablas personal limpieza.pdf      Tamaño: 33,98 kb

Aclaración nº 10.- Aclaración sobre cobro por plus de desplazamiento y plus de nocturnidad.27/06/2017
1.- Una empresa pregunta el plus de desplazamiento que cobran dos empleados a subrogar.

El plus de desplazamiento que se paga es de 5,58 ¤/día trabajado por este concepto.

2.- La misma empresa pregunta sobre el acuerdo de la empresa actual con los trabajadores a subrogar para no cobrar las horas de nocturnidad.

No existe acuerdo escrito con los trabajadores que no cobran nocturnidad.

Las dos trabajadoras que cobran nocturnidad cobran según marca el Convenio, 1,30 ¤/hora trabajada.

Aclaración nº 11.-27/06/2017
Se quiere aclarar que en las condiciones particulares de limpieza de edificios municipales, en el punto 2, Horarios, en los que se especifica que el comedor en vez de 10 meses se trabajan 9, en el Colegio Público San Miguel, Instituto de E.S.O. Elortzibar, Escuela de Música y Biblioteca solo se presta 10 meses al año este servicio, los trabajadores que prestan estos servicios de limpieza en estas instalaciones son fijos discontinuos.

Se quiere hacer constar que todos los datos que se facilitan son efectos informativos, sin perjuicio de la revisión de dichos datos por parte de la empresa entrante con la empresa cesante, por cuanto el Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) no se hace responsable de la veracidad de los datos contenidos en la información, debiendo ser la propia empresa licitadora la que deberá comprobar las circunstancias laborales del personal con posible subrogación.

Aclaración nº 12.-29/06/2017
Una empresa solicita fecha de nacimiento de los trabajadores.

No se facilita estos datos por ser contrario a la Ley de Protección de Datos. No obstante se remite relación de los años de nacimiento de los trabajadores.

Se quiere hacer constar que todos los datos que se facilitan son a efectos informativos, sin perjuicio de la revisión de dichos datos por parte de la empresa entrante con la empresa cesante, por cuanto el Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) no se hace responsable de la veracidad de los datos contenidos en la información, debiendo ser la propia empresa licitadora la que deberá comprobar las circunstancias laborales del personal con posible subrogación.

doc01525520170629122333.pdf      Tamaño: 27,05 kb

Aclaración nº 1329/06/2017
Una empresa solicita que se posponga el fin de plazo de finalización de ofertas hasta después de recibir documentación y aclaraciones solicitadas durante el plazo de 15 días.

Otra empresa solicita que comience el plazo de 40 días naturales para la presentación de ofertas una vez obtenida la información solicitada.

En virtud de la cláusula 10 del pliego de condiciones económico-administrativas que rigen en la presente licitación ?las aclaraciones sobre el contenido del contrato serán contestadas hasta seis días antes de la fecha límite de presentación de ofertas siempre que se hayan solicitado con la debida antelación y publicadas en el Portal de Contratación de Navarra.? Dicha cláusula tiene amparo en el artículo 27 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos.

Por lo que y en virtud de la mencionada cláusula no procede aumentar el plazo de presentación de ofertas quedando como fecha máxima de presentación el 11/07/2017 a las 23:59.




Se quiere hacer constar que todos los datos que se facilitan son a efectos informativos, sin perjuicio de la revisión de dichos datos por parte de la empresa entrante con la empresa cesante, por cuanto el Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) no se hace responsable de la veracidad de los datos contenidos en la información, debiendo ser la propia empresa licitadora la que deberá comprobar las circunstancias laborales del personal con posible subrogación.

 
 
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