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Aclaraciones realizadas del anuncio

 
Pregunta nª 1: Los puntos A.2 y B pueden ser sustituidos por el registro oficial de contratistas de la COMUNIDAD AUTONOMA DE EUSKADI?27/03/2017
En el pliego de cláusulas administrativas particulares pone lo siguiente:

?La presentación de la documentación señalada en los dos apartados anteriores podrá sustituirse por el correspondiente certificado de inscripción de la empresa en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Foral de Navarra (Registro regulado en los artículos 21 a 24 del Decreto Foral 236/2007, de 5 de noviembre. Boletín Oficial de Navarra número 149, de 30 de noviembre de 2007)?

Por tanto, de no acreditar la inscripción de la empresa en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Foral de Navarra, deberá presentarse la documentación que se especifica en los Apartados A y B del contenido del Sobre Nº 1.

Pregunta nº 2 Aclaración de oficio:28/03/2017
Se recuerda a todos los licitadores que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.3 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos, el contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial del ámbito más inferior existente en el sector en el que se encuadre la actividad de la empresa contratista.
En virtud del mismo precepto, la oferta económica deberá ser adecuada para que la entidad seleccionada haga frente al coste derivado de la aplicación del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del convenio más los costes de Seguridad Social.

Pregunta nº 3 Aclaración de oficio:28/03/2017
En la Cláusula 29 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, donde dice ?Consejero de Políticas Sociales, debe decir ?Consejera de Cultura, Deporte y Juventud.

Pregunta nª 4: El documento que hay que adjuntar para la acreditación de solvencia técnica o profesional07/04/2017
El documento que hay que adjuntar para la acreditación de solvencia técnica o profesional, el ANEXO II, mi idea es que sea el contrato que tengo con el INDJ, pero claro, hay que cumplimentar por vuestra parte,
Lo haréis? o es mucho lío, ya que somos tantas empresas??. Es que como contrato con rutas y así no tengo nada, son todo discrecionales.

Respuesta
Esta certificación no será necesaria en el caso de servicios que hayan sido realizados para el INDJ, en cuyo caso deberá hacerse mención a los servicios prestados a este Organismo Autónomo , indicando el periodo y la cantidad en euros IVA excluido. (La facturación individual o en conjunto deberá haber sido superior a 15.000 ¤ IVA excluido).

Pregunta nº 5 En el Pliego de Cláusulas Administrativas, concretamente en la página 6 donde hace referencia al Bloque 2 Deportes Adaptados.07/04/2017
En el pliego se expone que los autobuses que participen en el transporte de adaptados deberán cumplir con lo dispuesto tanto en la Ley Foral 5/2010, de 6 de abril, sobre accesibilidad universal y diseño para todas las personas, como en el Decreto Foral 5/1900, de 15 de marzo por el que se aprueba el Reglamento para la eliminación de las barreras físicas y sensoriales en los transportes. Los autobuses adaptados, según la información que determina su ficha técnica ITV, tienen capacidad para un número determinado de PMR. Ni Ley Foral 5/2010, de 6 de abril, ni en el Decreto Foral 5/1900, de 15 de marzo se hace referencia explícita al número de plazas PMR que deben de llevar los autobuses. Por lo tanto la pregunta es:

¿Los autobuses adaptados que participen en los JDN cuantas plazas PMR tienen que poder transportar?

Respuesta:
El número de usuarios con movilidad reducida dependerá de las demandas y necesidades de los usuarios para cada servicio. El número de plazas de PMR máximo a solicitar en un servicio será aquel que se pueda realizar en un autobús de al menos 55 plazas, según la ficha técnica ITV del vehículo y la normativa vigente para el transporte de persona con movilidad reducida.

Pregunta nº 6: En el sobre principal del Acuerdo Marco, en el que va el tema administrativo y el económico, ¿hay que poner la ruta a la que concurre?.21/04/2017
Pregunta nº 6: En el sobre principal del Acuerdo Marco, en el que va el tema administrativo y el económico, ¿hay que poner la ruta a la que concurre?.

Respuesta:
No.
Según la cláusula 10ª (Presentación de Proposiciones-Normas para la presentación de ofertas) la documentación se presenta en un sobre único, en cuyo exterior figure la leyenda ?Acuerdo Marco para la contratación del servicio de transporte por autobús para el programa Juegos Deportivos de Navarra? y el nombre del licitador/a. Dicho sobre incluirá otros dos, debiendo estar todos ellos cerrados, identificados en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurren y firmados por el/la licitador/a o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.

Los sobres contendrán la siguiente leyenda y documentos:

SOBRE Nº 1: ?DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA ACUERDO MARCO TRANSPORTE JDN?
SOBRE Nº 2: ?OFERTA ECONÓMICA?

El/La licitador/a incluirá en este sobre su propuesta económica, redactada de conformidad con el modelo de oferta que se adjunta como ANEXO 5. En el citado anexo están recogidas todas las rutas del Acuerdo Marco.

Pregunta nº 7: ¿Una única empresa adjudicataria puede subcontratar y/o recibir colaboración de otras empresas en la ejecución de los servicios?.21/04/2017
Respuesta:
Las empresas adjudicatarias tendrán que disponer de dos autobuses por ruta a las que se presenten. En el caso de que las necesidades de los servicios demandados por el INDJ fueran superiores a esos dos autobuses por ruta se podría recibir colaboración de otra empresa.
CLÁUSULA 9ª-: REQUISITOS MÍNIMOS DE SOLVENCIA
Los licitadores deberán reunir los siguientes requisitos:
?.......se considera necesario, para realizar satisfactoriamente el servicio solicitado, que las empresas seleccionadas acrediten la propiedad de un número mínimo de 2 AUTOBUSES (con una capacidad mínima cada uno de 55 plazas) POR CADA UNA DE LAS RUTAS A LAS QUE SE PRESENTEN para la realización del concreto servicio. Esta exigencia se mantendrá en caso de prorrogarse el presente Acuerdo Marco?

Pregunta nº 8: En el caso de que haya habido algún recurso ¿se pospone el plazo final de entrega?21/04/2017
Respuesta
No procede ampliar el plazo debido a que la reclamación no se interpuso contra el acto de adjudicación.

ACUERDO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRASPORTE EN AUTOBUS PARA LOS PARTICIPANTES EN LOS JUEGOS DEPORTIVOS DE NAVARRA24/05/2017
ANULACIÓN ACTO DE APERTURA DE OFERTA ECONÓMICA:
El acto de apertura de la oferta económica, cuya celebración estaba prevista para el 25 de mayo de 2017 a las 09:00 horas en el Salón de Actos de la Casa del Deporte, QUEDA SUPENDIDO de forma indefinida hasta la resolución de la reclamación en materia contractual interpuesta por la Asociación Navarra de Empresarios de Transporte por Carretera y Logística (ANET). Se informará puntualmente, en su caso, de la fecha definitiva del acto de apertura de ofertas.

ANULACIÓN ACTO DE APERTURA DE OFERTA ECONÓMICA.doc      Tamaño: 23,50 kb
ANULACIÓN ACTO DE APERTURA DE OFERTA ECONÓMICA.doc      Tamaño: 23,50 kb

 
 
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