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Aclaraciones realizadas del anuncio

 
ACLARACIÓN A VARIAS DUDAS SOBRE EL PLIEGO05/06/2015
Una empresa pregunta lo siguiente:
-¿en qué tipo de papel se imprime la revista (tipo: estucado, couché, offset, etc.; gramaje: 80, 90, 100, 115, 135, 150 gr/m2?)?
- ¿qué tipo de encuadernación lleva la revista (grapado, pegado, simplemente plegado?)
-¿habría posibilidad de pasar a recoger con un servicio de mensajería algunas muestras de esta revista, para valorarlas con nuestros técnicos?

Se responde:
-Papel con certificación PEFC, la más alta certificación ecológica posible en papelería.
-Encuadernación: grapado ( 2 grapas por ejemplar)
-Pueden pasarse por el Centro Cultural a recoger ejemplares del BIM de 9 a 21 horas de lunes a viernes , hasta el 12 de junio que empieza el horario de verano de 8 a 15 horas.

Aclaración nº 112/06/2015
Pregunta nº 1.- Una empresa señala si que pese a tener una amplia experiencia en edición de publicaciones no cumple exactamente los requisitos solicitados en el Pliego regulador de esta adjudicación, preguntando si bastaría tener un único cliente en vez de dos, que fuese Ayuntamiento siendo suficiente en ese caso la aportación de un certificado del editor de la realización de la publicación de otras revistas.

Respuesta: La Mesa de Contratación valorará las propuestas presentadas una vez se reuna acabado el plazo de presentación de proposiciones, valorando las mismas en base a las cláusulas aprobadas y publicadas que rigen la presente contratación.

Pregunta nº 2: La misma empresa pregunta por qué se exige como solvencia técnica el certificado de buena ejecución de al menos 2 clientes en lugar de un solo cliente.

Respuesta: La Unidad Gestora, al amparo de lo establecido en el artículo 14 de la Ley Foral 6/2006, de Contratos de Navarra, ha valorado que la solvencia técnica y profesional adecuada para la ejecución de este servicio es la solicitada en el Pliego de Cláusulas Administrativas y Técnicas que rige este procedimiento y que ha sido debidamente publicado.

Modificación de diferentes cláusulas del Pliego de Condiciones.12/06/2015
Habiéndose detectado un error de transcripción en el Pliego de Condiciones Administrativas y Técnicas publicado, se procede al amparo del artículo 105 de la Ley 30/1992, L.R.J.A.P. y P.A.C., a rectificar dichos errores:

Pliego de Cláusulas Administrativas:

PRIMERA MODIFICACIÓN:

Cláusula 5!ª:

Solvencia Técnica y profesional:

La solvencia técnica y profesional deberá acreditarse por los siguientes medios:
a) Certificado de buena ejecución de, al menos, dos clientes al que el adjudicatario haya realizado, en los TRES últimos años, un trabajo de elaboración de un boletín de información municipal editado por un ayuntamiento de importe igual o superior a 59.465,00 euros (IVA excluido), indicándose importe, fecha, persona de contacto y descripción general del boletín municipal.

SEGUNDA MODIFICACIÓN:

Cláusula 18ª. RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

2. Tener suscrita y mantener a su cargo una póliza de responsabilidad civil durante el tiempo de vigencia del contrato que cubra los posibles daños y perjuicios ocasionados por el desarrollo del servicio, con una cobertura NO INFERIOR A 300.000 EUROS. El adjudicatario deberá remitir anualmente al Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz) la documentación acreditativa de las sucesivas prórrogas de las pólizas de seguros citadas, así como la justificación del pago de la prima correspondiente.

Pliego de Prescripciones Técnicas:

TERCERA MODIFICACIÓN:

II. CARACTERÍSTICAS DEL OBJETO DEL CONCURSO.

Las principales características del objeto del concurso son las siguientes:

- Publicación en revista tamaño A-4.
- Paginación: 24 páginas de media por ejemplar.
- NÚMERO DE EJEMPLARES POR NÚMERO: 3.800.
- Periodicidad: trimestral (4 al año).
- Tintas: cuatricromía portadas e interior.

Corrección de errores sobre ACLARACIÓN DE MODIFICACIÓN DE DIFERENTES CLÁUSULAS DEL PLIEGO DE CONDICIONES15/06/2015
En la primera modfiicación publicada el día 12 de junio de 2015, donde consta:

Clausula 5ª:
Solvencia Técnica y profesional:

La solvencia técnica y profesional deberá acreditarse por los siguientes medios:
a) Certificado de buena ejecución de, al menos, dos clientes al que el adjudicatorio haya realizados, en los TRES últimos años, un trabajo de elaboración de un boletín de información municipal editado por un ayuntamiento de importe igual o superior a 59.465,00 euros (IVA excluido), indicándose importe, fecha, persona de contacto y descripción general del boletín municipal.

Debe constar:

Clausula 5ª:

Solvencia Técnica y profesional:

La solvencia técnica y profesional deberá acreditarse por los siguientes medios:
a) Certificado de buena ejecución de, al menos, dos clientes al que el adjudicatorio haya realizados, en los TRES últimos años, un trabajo de elaboración de un boletín de información municipal editado por un ayuntamiento de importe igual o superior a 44.598,75 euros (IVA excluido), indicándose importe, fecha, persona de contacto y descripción general del boletín municipal.

Requisito sobre depósito de fianza provisional en este procedimiento25/06/2015
Una empresa pregunta si es necesaria la presentación de fianza provisional en el procedimiento ya que únicamente se hace mención a la misma en la página 8, documentación a incluir en el SOBRE 1, y si no sería suficiente presentar la declaración responsable.

RESPUESTA: Tal y como consta en la base 8 del Pliego, y concretamente en la página nº 8, en la documentación a incluir en el sobre nº 1 de la oferta debe constar el depósito de fianza provisional equivalente al 2% del valor estimado del contrato.

Añadir que también se hace referencia a la garantía provisional en la bae nº 11 punto 3. del Pliego de Condiciones, por lo que reiteramos procede su depósito en alguna de las formas que permite la legislación vigente.

 
 
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