 | en el plazo de un mes, recurso de reposición ante el propio Ayuntamiento, de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, y contencioso-administrativo ante la jurisdicción de dicho orden en el plazo de dos meses.Sin perjuicio de lo anterior, podrá interponerse reclamación especial en materia de contratación pública ante el ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra contra los actos enumerados en el artículo 122.2 de la Ley Foral 2/2018 |