| Los pliegos de contratación, actos de trámite o definitivos dictados en la presente licitación podrán ser objeto de reclamación ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos, conforme a lo dispuesto en los artículos 122 y siguientes de la ley Foral de Contratos Públicos, para lo que es requisito imprescindible que los licitadores y licitadoras faciliten un correo electrónico para la realización de notificaciones a través de medios telemáticos. |