 | Reclamación especial en materia de contratación pública ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra, en el plazo de diez días naturales, art. 124 de la LF 2/2018, de Contratos Públicos, o bien, recurso de alzada ante el consejero de UITD, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, art. 126 de la LF 11/2019, de la Adm CFN y del SPIF, y 121 y 122 de la Ley 39/2015, del PACAP. |